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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2014 (16/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 62

El Peruano Viernes 16 de mayo de 2014 523368 precedente todas las actividades y disposiciones de las entidades de la administración pública están sometidas al principio de publicidad; Que, en los numerales 2) y 3) del artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, señala “que el estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la administración pública y tienen la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad …”; Que, el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003- PCM, establece que la entidad pública deberá identifi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet; Que, el inciso c) del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece “la obligación de la máxima autoridad de la Entidad designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia”; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 434-2013-MDLP- ALC se resuelve designar a don WILFREDO LEONID ROJAS HUAMÁN. Sub Gerente de Estadística e Informática de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de La Perla; como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de la Perla, a que se refi ere el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 163-2014- MDLP-ALC se resuelve dar por concluida a partir del 06 de Mayo del 2014 la designación de don: WILFREDO LEONID ROJAS HUAMAN en el Cargo de Confi anza de Sub Gerente de Estadística e Informática de la Municipalidad Distrital de La Perla; dándosele las gracias por los servicios prestados. Que, don WILFREDO LEONID ROJAS HUAMÁN no tiene vínculo laboral con esta entidad en tal sentido resulta necesario designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal de Internet de esta comuna a que se refi ere el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 inciso 6) artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha al ING: ALEJANDRO CARLOS CHUQUIMANGO ALCA; Sub Gerente de Estadística e Informática como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de la Perla, a que se refi ere el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Artículo Segundo.- Disponer que los funcionarios y servidores públicos de esta comuna proporcionen la información y documentación que solicite el responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia dentro de los plazos establecidos bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 434-2013-MDLP-ALC de fecha 05 de Diciembre del 2013. Artículo Cuarto.- Notifi car la presente Resolución a las instancias administrativas y al interesado para los fi nes pertinentes. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Acalde 1082684-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Aprueban transferencia en calidad de donación de predio de propiedad de la Municipalidad, a favor de la Asociación UPIS El Molino ACUERDO DE CONCEJO Nº 031-2014-MPC Cañete, 21 de abril de 2014. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE; VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de abril de 2014, al pedido de la Regidora Lourdes Inés Morales Esterripa, sobre la transferencia de predio denominado Sub Lote B - 2, ocupado por el Centro poblado Los Molinos a favor de la Asociación de UPIS El Molino, ubicado en la jurisdicción del distrito de San Luís, provincia de Cañete, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración; Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los acuerdos son decisiones que, toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, de las atribuciones del concejo municipal en su numeral 25) artículo 9º de la Ley Nº 27972, está la de aprobar la donación o la cesión en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de entidades públicas o privadas sin fi nes de lucro y la venta de sus bienes en subasta pública; Que, en la estación de pedidos la Regidora Lourdes Inés Morales Esterripa, solicita la aprobación de la trasferencia en calidad de donación del lote denominado Sub Lote B-2, del fundo denominado Don Luis, de propiedad de la Municipalidad Provincial de Cañete, a favor de la Asociación UPIS El Molino. Que, el expediente de la materia cuenta con el Informe Legal Nº 136-2014-GAJ-MPC, de fecha 02 de abril del 2014, presentado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, en el dentro de sus conclusiones opina sobre que es factible la aprobación de la transferencia por donación del bien inmueble municipal de 12,270.77 m2 ubicado en el sub lote 02, lado Este de la Carretera Panamericana Sur, del Fundo Don Luís, distrito de San Luís, provincia de Cañete, que actualmente se encuentra ocupado por terceros poseedores pertenecientes a la Asociación UPIS El Molino; desmembrándose dicha área del área total, conforme a lo señalado de la clausula primera y segunda de la escritura de compra y venta de fecha 18 de noviembre del 2008, cuyos linderos, memoria descriptiva, medidas perimétricas y planos de trazado se especifi can en el memorándum Nº 336-2014-GODUR-MPC de la Gerencia de Obras Desarrollo Urbano y Rural, cuya tasación se encuentra valorizado en S/. 1’717.907.80 (Un Millón Setecientos Diecisiete Mil Novecientos Siete con 80/100 nuevos soles). Que, a fojas 22 al 32, del expediente Nº 483-2014, obra la Inscripción Registral, de la Asociación UPIS El Molino, inscrita con la Partida Nº 21177072, el que a la fecha cuenta con la vigencia del nombramiento del presidente, documento que resulta indispensable para el procedimiento que inicia de parte la Municipalidad Provincial de Cañete. Que, en cuanto a la memoria descriptiva de independización del predio de la materia se ha establecido,