Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2014 (16/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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precedente todas las actividades y disposiciones de las entidades de la administracion publica estan sometidas al MORDAZA de publicidad; Que, en los numerales 2) y 3) del articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, senala "que el estado adoptara medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las entidades de la administracion publica y tienen la obligacion de entregar la informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad ..."; Que, el articulo 5º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003PCM, establece que la entidad publica debera identificar al funcionario responsable de la elaboracion de los portales de Internet; Que, el inciso c) del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, establece "la obligacion de la MORDAZA autoridad de la Entidad designar al funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia"; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 434-2013-MDLPALC se resuelve designar a don MORDAZA LEONID MORDAZA HUAMAN. Sub Gerente de Estadistica e Informatica de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de La Perla; como responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Distrital de la MORDAZA, a que se refiere el articulo 5º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 163-2014MDLP-ALC se resuelve dar por concluida a partir del 06 de MORDAZA del 2014 la designacion de don: MORDAZA LEONID MORDAZA MORDAZA en el Cargo de Confianza de Sub Gerente de Estadistica e Informatica de la Municipalidad Distrital de La Perla; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Que, don MORDAZA LEONID MORDAZA MORDAZA no tiene vinculo laboral con esta entidad en tal sentido resulta necesario designar al funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Internet de esta comuna a que se refiere el articulo 5º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 inciso 6) articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir de la fecha al ING: MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALCA; Sub Gerente de Estadistica e Informatica como responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Distrital de la MORDAZA, a que se refiere el articulo 5º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Articulo Segundo.- Disponer que los funcionarios y servidores publicos de esta comuna proporcionen la informacion y documentacion que solicite el responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de transparencia dentro de los plazos establecidos bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolucion de Alcaldia Nº 434-2013-MDLP-ALC de fecha 05 de Diciembre del 2013. Articulo Cuarto.- Notificar la presente Resolucion a las instancias administrativas y al interesado para los fines pertinentes. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Acalde 1082684-1

El Peruano Viernes 16 de MORDAZA de 2014

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Aprueban transferencia en calidad de donacion de predio de propiedad de la Municipalidad, a favor de la Asociacion UPIS El Molino
ACUERDO DE CONCEJO Nº 031-2014-MPC Canete, 21 de MORDAZA de 2014. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE; VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 15 de MORDAZA de 2014, al pedido de la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Esterripa, sobre la transferencia de predio denominado Sub Lote B - 2, ocupado por el Centro poblado Los Molinos a favor de la Asociacion de UPIS El Molino, ubicado en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, provincia de Canete, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion; Que, el articulo 41º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala que los acuerdos son decisiones que, toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, de las atribuciones del concejo municipal en su numeral 25) articulo 9º de la Ley Nº 27972, esta la de aprobar la donacion o la cesion en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de entidades publicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta publica; Que, en la estacion de pedidos la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Esterripa, solicita la aprobacion de la trasferencia en calidad de donacion del lote denominado Sub Lote B-2, del fundo denominado Don MORDAZA, de propiedad de la Municipalidad Provincial de Canete, a favor de la Asociacion UPIS El Molino. Que, el expediente de la materia cuenta con el Informe Legal Nº 136-2014-GAJ-MPC, de fecha 02 de MORDAZA del 2014, presentado por la Gerencia de Asesoria Juridica, en el dentro de sus conclusiones opina sobre que es factible la aprobacion de la transferencia por donacion del bien inmueble municipal de 12,270.77 m2 ubicado en el sub lote 02, lado Este de la Carretera Panamericana Sur, del Fundo Don MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia de Canete, que actualmente se encuentra ocupado por terceros poseedores pertenecientes a la Asociacion UPIS El Molino; desmembrandose dicha area del area total, conforme a lo senalado de la clausula primera y MORDAZA de la escritura de compra y venta de fecha 18 de noviembre del 2008, cuyos linderos, memoria descriptiva, medidas perimetricas y planos de trazado se especifican en el memorandum Nº 336-2014-GODUR-MPC de la Gerencia de Obras Desarrollo MORDAZA y Rural, cuya tasacion se encuentra valorizado en S/. 1'717.907.80 (Un Millon Setecientos Diecisiete Mil Novecientos Siete con 80/100 nuevos soles). Que, a fojas 22 al 32, del expediente Nº 483-2014, obra la Inscripcion Registral, de la Asociacion UPIS El Molino, inscrita con la Partida Nº 21177072, el que a la fecha cuenta con la vigencia del nombramiento del presidente, documento que resulta indispensable para el procedimiento que inicia de parte la Municipalidad Provincial de Canete. Que, en cuanto a la memoria descriptiva de independizacion del predio de la materia se ha establecido,

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