Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2014 (16/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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LA ALCALDESA METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado por la Ordenanza N° 1334 y sus modificatorias, contiene todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer su interes o derechos; Que, la Gerencia de Cultura, a traves del Memorandum 1357-2013-MML-GC, solicitan a la Gerencia de Planificacion la eliminacion del procedimiento administrativo "Calificacion-Autorizacion de Espectaculos Publicos No Deportivos"; Que, la Gerencia de Asuntos Juridicos, a traves del Informe N° 95-2013-MML-GAJ, opina que la competencia de calificar los espectaculos publicos no deportivos corresponde al Ministerio de Cultura, por lo que en dicho extremo del Procedimiento, debe ser eliminado del MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, porque considera que es una MORDAZA burocratica, en tanto supone llevar a cabo un MORDAZA procedimiento ante una misma entidad; luego que el administrado ya obtuvo la Certificacion de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil para Espectaculos Publicos; Que, mediante el articulo 2° del Acuerdo de Concejo N° 340 del 18 de febrero del 2014, se encarga al Despacho de la Alcaldia la dacion de un Decreto de Alcaldia correspondiente a la eliminacion del procedimiento Calificacion-Autorizacion de Espectaculos Publicos No Deportivos del MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Gerencia de Planificacion, mediante Informe N° 04-2014-MML-GP-SDI-ASP, considera conforme lo requerido por la Gerencia de Cultura de eliminar el procedimiento administrativo "CalificacionAutorizacion de Espectaculos Publicos No Deportivos" del MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobado por Ordenanza N° 1334 y modificatorias, en tanto se sustenta en el Informe N° 95-2013-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Juridicos y en el articulo 2° del Acuerdo de Concejo N° 340 y lo dispuesto en la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en ese sentido, de conformidad con el numeral 36.3 del articulo 36° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o la simplificacion de los mismos, podran aprobarse por Resolucion Ministerial, MORDAZA Regional de Rango equivalente o Decreto de Alcaldia, segun se trate de entidades del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente, por lo que corresponde emitir el Decreto de Alcaldia que elimine del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA el procedimiento denominado Calificacion - Autorizacion de Espectaculos Publicos No Deportivos: De conformidad con la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades y la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Articulo Primero.- Eliminar del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado por la Ordenanza N° 1334 y sus modificatorias, en el rubro Gerencia de Cultura el procedimiento "Calificacion-Autorizacion de Espectaculos Publicos No Deportivos". Articulo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y el mismo sera publicado en el MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe) y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano. gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 1083778-1

El Peruano Viernes 16 de MORDAZA de 2014

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Aprueban el Reglamento del MORDAZA de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Lurigancho - Chosica para el Ano 2015
ORDENANZA Nº 199-MDL-CH Chosica, 22 de MORDAZA del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO-CHOSICA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURIGANCHO, en sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26300 Ley de Derechos de Participacion y Control Ciudadano, modificada por la Ley Nº 29313 en su articulo 2º sobre Derechos de Participacion de los ciudadanos establece los mecanismos de Participacion en el ambito de los Gobiernos Regionales y Locales y en su Articulo 3º regula los derechos de control ciudadano. Que, la Ley 28056 Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo en su articulo 1º establece que el MORDAZA del Presupuesto Participativo, promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion en la programacion de sus presupuestos, asi como en la vigilancia y fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos. Que, a traves del Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, se establecen los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecucion que permitan delimitar los Proyectos de Inversion publica, a ser considerados por los Gobiernos Locales en sus respectivos Procesos del Presupuesto Participativo modificado por el Decreto Supremo Nº 1322010-EF, modifica los articulos 3º, 4º y 5º correspondiente al MORDAZA del Presupuesto Participativo. Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 53º establece que las Municipalidades se rigen por sus Presupuestos Participativos anuales los cuales formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion, el articulo 97º, indica que los planes de desarrollo Municipal concertados y los presupuestos Participativos tienen un caracter orientador de la inversion, asignacion y ejecucion de los recursos Municipales; asimismo en su decima Sexta Disposicion Complementaria se dispone que las Municipalidades regularan mediante Ordenanza, los mecanismos de aprobacion de sus Presupuestos Participativos. Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 "Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en resultados y aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 0072010-EF/76.01 establece mecanismos y pautas para el desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Locales en el MORDAZA de la Ley del Presupuesto Participativo. Dicho MORDAZA debe estar orientado a resultados con la finalidad que los Proyectos de inversion esten claramente articulados a productos y resultados especificos que la poblacion necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran mas prioritarias para el desarrollo local evitando de este modo ineficiencias en la asignacion de recursos publicos. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime del Pleno del Concejo Municipal, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL REGLAMENTO DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE LURIGANCHO PARA EL ANO 2015 Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento del MORDAZA de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en

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