Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2014 (30/05/2014)
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TEXTO DE LA PÁGINA 9
El Peruano Viernes 30 de MORDAZA de 2014
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Articulo 3°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA de Transparencia Estandar del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 1089625-2
departamento de Loreto; por el plazo de noventa (90) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la mencionada Resolucion Ministerial; Que, en el MORDAZA del articulo 8° de la Ley N° 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental, el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, de oficio o a pedido del Gobierno Regional y con opinion de los organismos que participaron en la decision de la declaratoria de emergencia ambiental, puede determinar la prorroga o el levantamiento de la referida emergencia; Que, segun la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, toda referencia hecha al Consejo Nacional del Ambiente CONAM, o a las competencias, funciones y atribuciones que este venia ejerciendo, se entendera como efectuada al Ministerio del Ambiente MINAM; Que, del Acta de la Cuarta Reunion Plenaria para la atencion y seguimiento de la DEA Tigre, se observa como uno de los acuerdos adoptados recomendar al MINAM y al Gobierno Regional de MORDAZA realizar las acciones destinadas a la prorroga de la mencionada emergencia ambiental, por un plazo adicional de noventa (90) dias habiles; Que, de acuerdo a lo expresado en el Informe Tecnico N° 0215-2014-MINAM/VMGA/DGCA de la Direccion General de Calidad Ambiental y en el Informe Tecnico N° 003-2014-GRL-GR.RR.NN.yGMA, la evaluacion de la ejecucion del Plan de Accion Inmediato y de Corto Plazo permite estimar un avance de 50%, por lo que atendiendo a las recomendaciones de los representantes de las instituciones involucradas en la declaratoria de emergencia ambiental, se propone la prorroga de la misma; Que, estando a lo senalado en los considerandos precedentes, resulta necesaria la prorroga de la declaratoria de emergencia ambiental de la parte alta de la MORDAZA del rio Tigre, que involucra diez comunidades indigenas: Marsella, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, San MORDAZA de Bartra, Vista MORDAZA, MORDAZA Remanente, MORDAZA Cannan, MORDAZA MORDAZA, El MORDAZA, 12 de Octubre, Paiche Playa, ubicadas a lo largo de la MORDAZA del rio Tigre; asi como los sitios contemplados en el Plan Ambiental Complementario PAC para el Lote 1AB que se detallan a continuacion: Locacion San MORDAZA, Locacion Forestal, Ex Refineria Marsella, Locacion Bartra, Locacion Shiviyacu, MORDAZA Tigre 1 X (CI MORDAZA Remanente), ubicados en la provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por un plazo de noventa (90) dias habiles; Con el visado del Viceministerio de Gestion Ambiental, la Secretaria General, la Direccion General de Calidad Ambiental y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental, su modificatoria Ley Nº 29243, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2008-PCM; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar con eficacia al 11 de MORDAZA de 2014, la Declaratoria de Emergencia Ambiental de la parte alta de la MORDAZA del rio Tigre, que involucra diez comunidades indigenas: Marsella, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, San MORDAZA de Bartra, Vista MORDAZA, MORDAZA Remanente, MORDAZA Cannan, MORDAZA MORDAZA, El MORDAZA, 12 de Octubre, Paiche Playa, ubicadas a lo largo de la MORDAZA del rio Tigre; asi como los sitios contemplados en el Plan Ambiental Complementario PAC para el Lote 1AB que se detallan a continuacion: Locacion San MORDAZA, Locacion Forestal, Ex Refineria Marsella, Locacion Bartra, Locacion Shiviyacu, MORDAZA Tigre 1 X (CI MORDAZA Remanente), ubicados en la provincia de MORDAZA, departamento de Loreto; por un plazo de noventa (90) dias habiles. Articulo 2°.- La ejecucion del Plan de Accion Inmediato y de Corto Plazo, aprobado por Resolucion Ministerial N° 370-2013-MINAM, continuara a cargo de las entidades publicas y privadas involucradas en su ejecucion y cumplimiento, en coordinacion con el Gobierno Regional de Loreto.
Autorizan viaje de profesional de la Oficina de Cooperacion y Negociaciones Internacionales del MINAM a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL N° 153-2014-MINAM MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2014 Visto, el Memorando N° 094-2014-MINAM/SG/OCNI de 19 de MORDAZA de 2014, de la Oficina de Cooperacion y Negociaciones Internacionales; el Memorando N° 0962014-OPP-SG/MINAM de 29 de enero de 2014, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 133-2014-MINAM/SG/OGA de 19 de MORDAZA de 2014, de la Oficina General de Administracion; la Ficha de Solicitud de Autorizacion Viaje; y demas antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 165-2014-MINCETUR/ VMCE recibido el 14 de MORDAZA de 2014, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR, comunica al Ministerio del Ambiente MINAM, que en el MORDAZA de la implementacion del Capitulo de Medio Ambiente del Acuerdo de Promocion Comercial (APC) entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, se ha coordinado una reunion de trabajo tecnica bilateral, la cual se realizara en la MORDAZA de MORDAZA D.C. - Estados Unidos de MORDAZA, del 2 al 3 de junio de 2014; solicitando disponer la participacion de un representante del MINAM; Que, el Acuerdo de Promocion Comercial (APC) entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA se MORDAZA en la MORDAZA de MORDAZA D.C. el 12 de MORDAZA de 2006; el mismo, entro en vigencia el 01 de febrero de 2009 y fue aprobado por el Congreso de la Republica mediante Resolucion Legislativa Nº 28766, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de junio de 2006 y ratificado mediante Decreto Supremo Nº 030-2006-RE, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 30 de junio de 2006; Que, la mencionada reunion de trabajo tiene como objeto discutir temas especificos vinculados, entre otros, a la implementacion de la Secretaria establecida en el articulo 18.8 del Capitulo de Medio Ambiente del APC Peru EEUU, el cual se materializara en un acuerdo bilateral, un acuerdo trilateral que alojara a la mencionada Secretaria y de decisiones del Consejo de Asuntos Ambientales; Que, el articulo 10º, numeral 10.1, inciso a), de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, exceptuandose los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; Que, en tal sentido, la asistencia y participacion de la senora MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA Del MORDAZA ChavezHerrera, Especialista en Negociaciones Ambientales de la Oficina de Cooperacion y Negociaciones Internacionales del Ministerio del Ambiente MINAM, en el mencionado evento, se encuentra subsumida en la excepcion establecida por el articulo 10º, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 30114, en razon a que el viaje se efectuara en el MORDAZA del Acuerdo de Promocion Comercial (APC) y