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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2014 (30/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Viernes 30 de mayo de 2014 524126 de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en el marco del Proyecto N° 00087130 “Apoyo a la generación de capacidades para la organización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10, sus actividades y eventos conexos”, de acuerdo al siguiente detalle: Gabriel Quijandría Acosta Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 2,144.19 Viáticos US$ 1,480.00 Eduardo Jaime José Durand López-Hurtado Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 2,580.79 Viáticos US$ 1,184.00 Rosa Mabel Morales Saravia Viáticos US$ 2,368.00 Ernesto Francisco Ráez Luna Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 1,648.59 Viáticos US$ 2,072.00 Vanessa Cecilia Morales Tremolada Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 1,967.19 Viáticos US$ 1,776.00 Maria Isabel Torres Llacho Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 1,967.19 Viáticos US$ 1,776.00 Tania Ysabel Zamora Ramos Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 1,809.14 Viáticos US$ 1,776.00 Kenneth Alberto Peralta Nario Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 1,897.63 Viáticos US$ 2,368.00 Rafael Alfredo Gold Aráoz Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 1,648.59 Viáticos US$ 1,776.00 Lizandro Arturo Caballero Luna Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 2,144.19 Viáticos US$ 1,480.00 Claudia María Galvez-Duran Besnard Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 2,144.19 Viáticos US$ 1,480.00 Mariana Elisa Vega Jarque Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 1,648.59 Viáticos US$ 2,368.00 Eliana Julia Rojas Torres Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 1,649.84 Viáticos US$ 1,776.00 Mirko Ivo Serkovic Werner Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 1,807.89 Viáticos US$ 4,736.00 Roberto Miguel Piselli Alvarado Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 2,528.94 Viáticos US$ 4,144.00 Artículo 5º.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, las/los representantes del MINAM cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1º de la presente resolución, deberán presentar un Informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente, así como entregar un ejemplar de los materiales de trabajo obtenidos. Artículo 6º.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 7º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1089996-1 CULTURA Autorizan viaje de personal del Ministerio de Cultura a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 013-2014-MC Lima, 29 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica, que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, este último tiene como áreas programáticas de acción, el Patrimonio Cultural de la Nación, Material e Inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identifi car, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo; Que, mediante carta de fecha 19 de marzo de 2014, el Subdirector General de Cultura de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, cursa invitación al Perú para participar en la Quinta Sesión de la Asamblea General de los Estados Parte de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, la cual tendrá lugar en la sede de la UNESCO, ubicada en la ciudad de París, República Francesa, del 2 al 5 de junio de 2014; Que, a través del Informe N° 176-2014-DGPC- VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural de fecha 2 de mayo de 2014, manifi esta que en la reunión antes mencionada se debatirán temas de sumo interés para el país como es la propuesta de establecer un nuevo órgano evaluador de las candidaturas a las listas previas en la Convención, al registro de Buenas Prácticas, de las solicitudes de asistencia internacional, así como también, la elección de los nuevos miembros del comité Intergubernamental, proponiendo la participación de un técnico de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; Que, en vista de la importancia de la referida reunión y el interés institucional de participar en la Quinta Sesión de la Asamblea General de los Estados Parte de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, se estima conveniente autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Miguel Ángel Hernández Macedo, del 31 de mayo al 6 de junio de 2014; Que, los gastos por concepto de pasajes y viáticos serán asumidos con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura; Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y que deberá indicarse expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con