Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2014 (30/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Viernes 30 de MORDAZA de 2014

524131
SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar la permanencia en el exterior por Tratamiento Medico Altamente Especializado del Suboficial 3° EP MORDAZA MORDAZA CACCHA, identificado con DNI N° 44202669 y CIP N° 331159700, en el Hospital NASCOTT ORTHOTICS AND PROSTHETICS, de la MORDAZA de MORDAZA D.C. - Estados Unidos de MORDAZA, con efectividad del 02 al 28 de MORDAZA de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora: 003-Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Compensacion economica por Servicio en el Extranjero: Paciente: Suboficial 3° EP MORDAZA MORDAZA CACCHA US $ 2,220/31 x 27dias (Del 02 al 28 de MORDAZA de 2014) TOTAL DE GASTOS:

artefactos explosivos en ataque terrorista en el MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM)"; Que, con carta de fecha 02 de MORDAZA de 2014, el Hospital NASCOTT ORTHOTICS AND PROSTHETICS, hace de conocimiento de la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA que el Suboficial 3° EP MORDAZA MORDAZA CACCHA, se encuentra actualmente en terapia fisica, la misma que se extendera hasta el 28 de MORDAZA de 2014, debido a su estado de recuperacion; Que, mediante Fax N° 036/AGREMIL/SELOG del 05 de MORDAZA de 2014, el senor MORDAZA EP Agregado Militar Adjunto a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, comunica al Comandante General del Comando de Salud del Ejercito (COSALE), que las terapias fisicas del Suboficial 3° EP MORDAZA MORDAZA CACCHA, seran ampliadas hasta el 28 de MORDAZA de 2014; Que, con el documento del visto, el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, aprobo la recomendacion que autoriza la ampliacion de la permanencia en el extranjero del Suboficial 3° EP MORDAZA MORDAZA CACCHA, por un periodo de VEINTISIETE (27) dias, para continuar con el tratamiento medico altamente especializado en el Hospital NASCOTT ORTHOTICS AND PROSTHETICS de la MORDAZA de MORDAZA D.C, Estados Unidos de MORDAZA, durante el periodo comprendido del 02 al 28 de MORDAZA de 2014; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora Nº 003 Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, dentro de las modalidades de autorizaciones de viaje al exterior del personal militar y civil del Ministerio de Defensa, se encuentran contempladas los viajes por Tratamiento Medico Altamente Especializado, para aquellos casos en que el personal requiera recibir tratamiento medico especializado que no puede brindarse en el MORDAZA por enfermedades o patologias originadas durante el cumplimiento del servicio, de conformidad con los articulos 13º y 14º del Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG del 26 de enero de 2004, Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Que, el numeral 17.1 del articulo 17º de la Ley Nº 27444 - "Ley del Procedimiento Administrativo General", establece que la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion; Que el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 7782008-DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, senala que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por servicios en el extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independiente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004.DE/SG del 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministro de Defensa; la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024.2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, y a lo acordado con el senor Ministro de Defensa;

US$ US$

1,933.55 1,933.55

SON: MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES CON 55/100 DOLARES AMERICANOS.

Articulo 3º.- Los gastos que origine el cumplimiento de la presente autorizacion de ampliacion de viaje por tratamiento medico altamente especializado, se efectuaran con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Ejercito del Peru, Unidad Ejecutora Nº 003, de conformidad con la normativa vigente. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 5º.- El personal autorizado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion; asimismo, la presente Resolucion no faculta para firmar convenios o contrato alguno a nombre del Ejercito del Peru ni del Ministerio de Defensa. Articulo 7º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1090010-9

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Formalizan conclusion de asignacion de Gerente Publico en el cargo de Jefe de la Unidad Territorial MORDAZA del Programa Nacional FONCODES
RESOLUCION DE DIRECCION EJECUTIVA Nº 081-2014-FONCODES/DE MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2014

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