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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (03/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Lunes 3 de noviembre de 2014 536660 el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público y lo dispuesto por el literal c) del artículo 9 y el artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 1132, se ha determinado que el costo del benefi cio de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) asciende a la suma total de CIENTO CINCUENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 152 707 208,00), que benefi ciaría a 2751 (dos mil setecientos cincuenta y uno) efectivos policiales que han pasado a la situación de retiro durante el primer y segundo trimestre del año 2014; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 152 707 208,00), a favor del pliego Ministerio del Interior, destinada al fi nanciamiento del pago de la compensación por tiempo de servicios de los efectivos policiales que han pasado a la situación de retiro durante el primer y segundo trimestre del año 2014, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1132, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; considerando que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del citado pliego en el presente año fi scal; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 152 707 208,00), a favor del pliego Ministerio del Interior, destinada a fi nanciar el pago de la compensación por tiempo de servicios del personal policial de la Policía Nacional del Perú, correspondiente al primer y segundo trimestre del año fi scal 2014, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1132, de acuerdo a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, conforme al siguiente detalle: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ACTIVIDAD 5 000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público En Nuevos Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 152 707 208,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 152 707 208,00 ============ A LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del Interior UNIDAD EJECUTORA 002 : Dirección de Economía y Finanzas de la PNP ACCIONES CENTRALES FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios ACTIVIDAD 5000003: Gestión Administrativa GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 152 707 208,00 --------------------- TOTAL PLIEGO 152 707 208,00 ============= TOTAL EGRESOS 152 707 208,00 ============= Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. PUBLICACIÏN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los artículos 51º y 109º de la Constitución Política del Perú. LA DIRECCION