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El Peruano Lunes 3 de noviembre de 2014 536661 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1158559-2 SALUD Acreditan al Laboratorio de Histocompatibilidad del Hospital Nacional “Cayetano Heredia” para el soporte de las actividades de extracción y trasplante de órganos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 815-2014/MINSA Lima, 31 de octubre del 2014 Visto, el Expediente Nº 14-082244-001, que contiene los Informes Nº 017 y 027-2014-ONDT/MINSA, de la Organización Nacional de Donación y Trasplantes; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28189, Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos, regula las actividades y procedimientos relacionados con la obtención y utilización de órganos y/o tejidos humanos, para fi nes de donación y trasplante, y su seguimiento; Que, el artículo 40º del Reglamento de la Ley Nº 28189, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2005-SA, establece que la extracción y/o trasplante de órganos o tejidos de donantes vivos o cadavéricos, sólo se realizarán en establecimientos de salud que dispongan de una organización y régimen de funcionamiento interior que permita asegurar la ejecución de tales operaciones en forma efi ciente y satisfactoria; Que, el artículo 47º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y sus modifi catorias, establece que la Organización Nacional de Donación y Trasplantes - ONDT, es la responsable de las acciones de rectoría, promoción y coordinación de los aspectos relacionados a la donación y trasplante de órganos y tejidos en el territorio nacional, según lo establecido por la Ley Nº 28189 y su Reglamento; Que, la Segunda Disposición Complementaria Modifi catoria del Decreto Legislativo Nº 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, modifi ca los artículos 54º y 57º del Reglamento de la Ley 28189, Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos, precisando que la Organización Nacional de Donación y Trasplantes –ONDT, es la responsable de las acciones de rectoría, promoción y coordinación de los aspectos relacionados a la donación y trasplante de órganos y tejidos en el territorio nacional. Asimismo, señala como uno de los objetivos de la ONDT, el estandarizar el proceso de donación y trasplante mediante la acreditación de establecimientos de salud públicos y privados, dedicados a la actividad de donación y trasplante; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 999-2007/ MINSA, del 29 de noviembre de 2007, se aprobó la NTS Nº 061-MINSA/DGSP V.01 “Norma Técnica de Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud Donadores-Trasplantadores”, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 289-2012/MINSA, del 11 de abril de 2012, que tiene como objetivo establecer las normas para la acreditación de los Establecimientos de Salud Donadores – Trasplantadores; Que, el primer párrafo del numeral 6.5 de la mencionada Norma Técnica de Salud señala que las solicitudes de acreditación de los establecimientos de salud y de los laboratorios de histocompatibilidad se formularán ante la ONDT; Que, mediante Ofi cio Nº 504-2014/II-DG/HNCH, del 29 de agosto de 2014, el Director General del Hospital Nacional “Cayetano Heredia”, solicitó la acreditación del Laboratorio de Histocompatibilidad, de acuerdo a los requisitos establecidos en la NTS Nº 061-MINSA/DGSP V.01.; Que, a través del Informe del visto, el Director Ejecutivo de la ONDT precisa que la referida solicitud ha sido aprobada por su Consejo Directivo mediante Acta de fecha 16 de octubre de 2014, y en cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 999-2007/ MINSA y su modifi catoria, corresponde acreditar al Laboratorio de Histocompatibilidad del Hospital Nacional “Cayetano Heredia” para el soporte de las actividades de extracción y trasplante de órganos; Estando a lo informado por la Organización Nacional de Donación y Trasplantes; Con los visados del Director Ejecutivo de la Organización Nacional de Donación y Trasplantes, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditar al Laboratorio de Histocompatibilidad del Hospital Nacional “Cayetano Heredia” para el soporte de las actividades de extracción y trasplante de órganos, por un periodo de tres (3) años. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1158409-1 Acreditan a la Clínica la Luz S.A.C. como Establecimiento de Salud Donador - Trasplantador de Córneas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 816-2014/MINSA Lima, 31 de octubre del 2014 Visto el Expediente Nº 13-041595-001, que contiene el Informe Nº 015-2014- ONDT/MINSA, de la Organización Nacional de Donación y Trasplantes;