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El Peruano Viernes 7 de noviembre de 2014 537094 Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario Ofi cial “El Peruano”, en el plazo de treinta (30) días contados a partir de su notifi cación, la cual estará a cargo de los interesados. Artículo 4.- Transcríbase la presente resolución a la Ofi cina Registral de Lima y Callao para los efectos de la inscripción del proceso de Modifi cación de Resolución de Habilitación Urbana de Ofi cio, y a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) para su conocimiento y fi nes. Artículo 5.- Notifíquese a los interesados la presente resolución y encárguese su cumplimiento a la Gerencia de General de Desarrollo Urbano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 1160008-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Rectifican el Art. 1 de la Ordenanza Municipal Nº 013-2014-MPC ORDENANZA Nº 037-2014-MPC Cañete, 28 de octubre del 2014. LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE VISTOS: El Expediente Nº 6321-14, de fecha 09 de Junio del 2014, presentado por el administrado Empresa IESA S.A., solicitando rectifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 013-2014-MPC, que aprueba la Modifi cación del Plan Urbano del Distrito de Chilca, mediante el procedimiento de anexión al área Urbana, para los predios de propiedad de la empresa recurrente; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, este procedimiento se rige por los Principio de Legalidad, del Debido Procedimiento y de Verdad Material, entre otros que señala la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. Que, según el Artículo 201º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General establece que “Los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los Administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. La rectifi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 013-2014- MPC, de fecha 30 de abril del 2014, se acordó APROBAR LA MODIFICACIóN DEL PLAN URBANO DEL DISTRITO DE CHILCA, MEDIANTE LOS PROCEDIMIENTOS DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN, para los predios de propiedad de IESA S.A, inscritos en las partidas electrónicas 21015719, 2101578, 2101577, que cuentan con un área de 10,094.24 m2, 10,094.24 m2 y 10,094.24 m2, respectivamente, ubicados en Huertos de Oro de San Hilarión Mz. J-1 lotes Nº 02, 03, 04 en el Distrito de Chilca, Provincia de Cañete, Departamento de Lima. Que, de la revisión de la Ordenanza Municipal Nº 013-2014-MPC, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el día 14 de mayo de 2014, se aprecia que se consignó erróneamente las partidas electrónicas de los predios de propiedad IESA S.A. debiendo ser los correctos: 21000805 (Mz. J-1 Parcela 2), 21015718 (Mz. J-1 Parcela 3) y 21015719 (Mz. J-1 Parcela 4), tal como se desprende de las copias certifi cadas expedidas por la Zona Registral Nº IX –Sede Lima. Que, mediante Informe Legal Nº 528-2014-AJ-MPC, de fecha 29 de mayo del 2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica, teniendo en cuenta la documentación generada, opina, que resulta rectifi car a pedido de parte el artículo Primero de la Ordenanza Nº 013-2014-MPC, de fecha 30 de abril del 2014. Que, a través del Dictamen Nº 027-2014-CODUR-MPC, de fecha 26 de setiembre del 2014, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural ha dictaminado de manera favorable por la propuesta de rectifi cación de las Partidas Electrónicas erróneas consignadas en la Ordenanza Nº 013-2014-MPC, que aprueba la modifi cación del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, mediante el procedimientos administrativos de anexión al área urbana y asignación de zonifi cación, para los predios de propiedad de IESA S.A. Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto mayoritario del Pleno del Concejo, se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA: Artículo 1º.- RECTIFICAR, a pedido de parte, el Artículo 1º, de la Ordenanza Municipal Nº 013-2014-MPC, de fecha 30 de abril del 2014, quedando redactado de la siguiente manera: Artículo 1º.- Aprobar la Modifi cación del Plan Urbano del Distrito de Chilca, mediantes los Procedimientos de Anexión Urbana, para los predios de propiedad de IESA S.A., para los predios inscritos en las partidas electrónicas 21015719, 21015718, 21000805, que cuentan con un área de 10,094.24 m2, 10,094.24 M2, y 10,094.24 m2, respectivamente ubicados en Huertos de Oro de San Hilarión Mz. J-1, Lotes Nº 02, 03, 04, en el Distrito de Chilca, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, y asignarle la siguiente zonifi cación: ZONIFICACIÓN : GRAN INDUSTRIA (I-3). NIVEL DE SERVICIO : MOLESTA CON CIERTO GRADO DE PELIGROSIDAD. LOTE MÍNIMO : 2,500.00 M2. FRENTE MÍNIMO : 30.00 ml. ALTURA : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACIÓN URBANA COEFICIENTE DE : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACIÓN URBANA. EDIFICACIÓN ÁREA LIBRE : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACIÓN URBANA. USO COMPATIBLE : 20.00 % CON (INDUSTRIA LIVIANA). 10.00 % CON INDUSTRIA ELEMENTAL Y COMPLEMENTARIA. ÁREA DE APORTES REGLAMENTARIOS: PARQUES ZONALES : 1.00 %. OTROS FINES : 2.00 % Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General, para que a través de la Sub Gerencia de Imagen Institucional, la presente ordenanza sea publicada en el portal de la Municipalidad Provincial de Cañete por el término de 30 días y publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARÍA M. MONTOYA CONDE Alcaldesa 1160696-1