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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (07/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 99

El Peruano Viernes 7 de noviembre de 2014 537089 deje sin efecto su designación como Auxiliar Coactivo del SAT, dispuesta mediante Resolución Jefatural N.º 001- 004-00001664, y la encargatura dispuesta por Resolución Jefatural N.º 001-004-00003291. Estando a lo dispuesto por el inciso e) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado por Ordenanza N.º 1698; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación de la señora Patricia Geiser Caballero Morán como Auxiliar Coactivo, dispuesta mediante Resolución Jefatural N.º 001-004-00001664, a partir del 1 de noviembre de 2014. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la encargatura de Ejecutor Coactivo de la señora Patricia Geiser Caballero Morán, dispuesta mediante Resolución Jefatural N.º 001-004-00003291, a partir del 1 de noviembre de 2014. Artículo Tercero.- Designar a la señora Patricia Geiser Caballero Morán como Especialista Ejecutor Coactivo II (CAP N.º403), a partir del 1 de noviembre de 2014. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN MANUEL CAVERO SOLANO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 1160415-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Autorizan realización de Matrimonios Comunitarios DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2014-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO; La Ordenanza Nº 329-MDC de fecha 15.03.2011; el Expediente Nº 7938-2014 de fecha 29.05.2014; el Expediente Nº 8531-2014 de fecha 09.06.2014; el Expediente Nº 8742 – 2014 de fecha 12.06.2014; el Informe Nº 015-2014-SGECF-SG/MDC de fecha 07.07.2014, el Expediente Nº 10064-2014 de fecha 16.07.2014; el Expediente Nº 10190-2014 de fecha 17.07.2014;el Informe Nº 021-2014-SGECF-SG/MDC de fecha 17.07.2014 emitido por la Sub Gerencia de Estado Civil y Familia; CONSIDERANDO: Que, mediante Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado mediante Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, nuestra Constitución Política del Perú, establece en su Artículo 4º la promoción del matrimonio, reconociéndolo como instituto natural y fundamental de la sociedad. En ese sentido los gobiernos locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como instituto siendo la familia célula fundamental de la sociedad; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15.03.2011 se aprobó la Ordenanza Nº 329-MDC que faculta al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Comas, para que mediante Decreto de Alcaldía pueda establecer las fechas de los próximos Matrimonios Civiles Masivos a realizarse en el Distrito de Comas, durante el periodo de la presente gestión municipal; Que, mediante Expediente Nº 7938-2014, presentado por la Iglesia Evangélica Unidas, solicita se dé las facilidades para el primer matrimonio masivo Evangélico; Que, mediante Expediente Nº 8531-2014, presentado por la Iglesia Bíblica Apostólica “Emmanuel”, solicita se dé las facilidades para el primer matrimonio masivo Civil y Religioso por aniversario; Que, mediante Expediente Nº 8742-2014, presentado por Operación San Andrés ONG, solicita se dé las facilidades para ofi ciar el matrimonio Civil; Que, mediante el Informe Nº 015-2014-SGECF- SG/MDC emitido por la Sub Gerencia de Estado Civil y Familia, señala que es de opinión, decretar la autorización de matrimonios comunitarios los mismos que deberán cumplir las normas y los requisitos correspondientes según el caso, al amparo del marco jurídico; Que, el Expediente Nº 10064-2014, presentado por DIGALIMENTA S.A.C., solicita “Matrimonio Comunitario” como parte de promoción, integración y el fortalecimiento de las familias; Que, el Expediente Nº 10190-2014, presentado por el Hospital I Marino Molina SCIPPA solicita “Matrimonio Civil comunitario institucional” de asegurados y personal para el fortalecimiento de las familias; Que, el Informe Nº 021-2014-SGECF-SG/MDC emitido por la Sub Gerencia de Estado Civil y Familia, señala que se adjunte el presente, al informe Nº 15-2014-SGECF-SG/ MDC, así como agregar al cronograma de matrimonios comunitarios los mismos que deberán cumplir las normas y los requisitos correspondientes según el caso, al amparo del marco jurídico; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 329-MDC y los Artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la realización de Matrimonios Comunitarios, según el cronograma siguiente: FECHA LUGAR 13 DE SETIEMBRE IGLESIA EVANGELICAS UNIDAS 20 DE SETIEMBRE EMPRESA DE DIGALIMENTA S.A.C. 07 DE NOVIEMBRE HOSPITAL I MARINO MOLINA SCIPPA 28 DE NOVIEMBRE IGLESIA BIBLICA APOSTOLICA EMMANUEL 06 DE DICIEMBRE OPERACIÓN SAN ANDRES Artículo Segundo.- Establecer como pago único por derecho de trámite la suma de S/. 70.00 Nuevos Soles. Artículo Tercero.- Encárguese a la Sub Gerencia de Estado Civil y Familia, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Dado en el local de la Municipalidad de Comas, a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil catorce. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 1160631-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban exoneración de proceso de selección por desabastecimiento inminente para la contratación del servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos ACUERDO DE CONCEJO Nº 066-2014/MDLV La Victoria, 5 de noviembre de 2014 El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO: en sesión extraordinaria de fecha, el Memorándum Nº 1110-2014-GPP/MLV de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de fecha 03 de