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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (09/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Domingo 9 de noviembre de 2014 537218 los provenientes de exoneraciones de procesos de selección. b) Aprobar la reserva del valor referencial en los procesos de selección. c) Aprobar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen el valor referencial en procesos de selección para la ejecución de obras, hasta el límite máximo previsto por Ley. d) Aprobar la cancelación de los procesos de selección. e) Aprobar las Bases de los procesos de selección, incluyendo las provenientes de exoneraciones de procesos de selección. f) Designar a los miembros de los Comités Especiales, Comités Especiales Permanentes y Comités Especiales Ad Hoc. g) Autorizar la participación de expertos independientes en los Comités Especiales. h) Celebrar contratos de prestaciones complementarias de bienes y servicios. i) Suscribir contratos, órdenes de compra de servicio, referidas a contrataciones excluidas del ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado. j) Ejercer la representación legal del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR ante las entidades fi nancieras, para hacer efectiva la ejecución de las garantías presentadas por los contratistas. k) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios hasta por el máximo permitido por Ley. l)Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por Ley. m) Celebrar los contratos derivados de procesos de selección y de las exoneraciones, así como suscribir adendas de modifi cación o de resolución contractual, de corresponder. n) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual. o) Aprobar las resoluciones de contratos por caso fortuito o fuerza mayor, por el incumplimiento de los mismos cuando sea imputable al contratista, así como en otros supuestos previstos por Ley. p) Poner en conocimiento del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE los hechos producidos por proveedores, participantes, postores y contratista que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones, por infracción a las normas de contratación estatal. 2.2. En materia de bienes muebles e inmuebles a) Suscribir los contratos y sus respectivas adendas sobre derecho de uso a favor de terceros de los ambientes físicos a cargo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, de acuerdo a la normativa interna vigente. b) Realizar todo tipo de solicitudes, actos y trámites ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) destinados a inscribir, oponerse a la inscripción o, en general, cualquier otro tipo de actuaciones destinadas al registro de derechos reales del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR sobre bienes muebles o inmuebles o cualquier otro derecho u acto susceptible de inscripción; incluyendo, la modificación y rectificación de partidas registrales, presentar desistimientos, entre otros. c) Aceptar donaciones de bienes muebles e inmuebles en general provenientes de personas naturales o jurídicas domiciliadas en el país o en el extranjero, previa evaluación de la documentación respectiva y emisión del informe técnico legal correspondiente, excepto en los supuestos previstos en el artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N°.304- 2012-EF; el Decreto Supremo Nº 096-2007-ED, Reglamento para la Inafectación del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y los derechos arancelarios a las Donaciones; la Ley Nº 28905, Ley de facilitación del despacho de mercancías donadas provenientes del exterior y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-EF, que corresponden al Titular de la Entidad. 2.3. En materia de Proyectos de Inversión Pública a) Aprobar la liquidación de los proyectos de inversión pública de la Entidad que para tal efecto sean necesarios aprobar. b) Evaluar, observar, así como aplicar las penalidades en el proceso de aprobación de las liquidaciones, de los proyectos de inversión pública ejecutados por la Entidad. 2.4. En materia de acciones administrativas a) Suscribir contratos de carácter administrativo en representación del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre -SERFOR, lo que incluye la suscripción de los contratos de concesión de servicios y sus respectivas adendas. b) Supervisar y controlar la correcta implementación de las medidas de disciplina fi scal, racionalidad y austeridad del gasto público a ser ejecutadas por la entidad, contenidas en la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y demás normas complementarias vinculadas a la materia. c) Ejercer la representación legal del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre -SERFOR ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, para que gestione y autorice los asuntos y documentos ante la citada entidad en temas tributarios y aduaneros. d) Aprobar el reconocimiento de deuda y/u otras obligaciones; no constituyendo dispensa, exención o liberación de las responsabilidades de los funcionarios y/o servidores cuya conducta hubiese originado la confi guración del mismo. En dichos casos, la Ofi cina General de Administración dispondrá el inicio del deslinde de responsabilidades que correspondan, con conocimiento de la Secretaría General y del Órgano de Control Institucional. El reconocimiento de los adeudos se formalizará por Resolución expedida por la Ofi cina General de Administración, contando previamente con el informe del área usuaria, el Informe Técnico de la Ofi cina de Abastecimiento y la correspondiente disponibilidad presupuestal. Artículo 3°.- Delegar en el Director de la Ofi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, durante el Ejercicio Fiscal 2014, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001-1503: Administración Central – SERFOR del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre: a) Autorizar y resolver las acciones del personal comprendido en el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, que de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia, no sean de competencia exclusiva del Titular de la Entidad. Dicha facultad no incluye las de designación y/o remoción de servidores en cargos Directivos o de confi anza. b) Autorizar y resolver las peticiones de los pensionistas y ex trabajadores en materia de personal. c) Suscribir los contratos relativos a la prestación de los servicios regulados por el Decreto Legislativo Nº 1057 y Decreto Legislativo Nº 728; así como, sus adendas y resoluciones de los mismos. d) Suscribir convenios, Adendas y similares que tengan vinculación directa con el Sistema de Gestión de Recursos Humanos. Artículo 4°.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi ere la presente resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 5º.- El Secretario General y los Directores de la Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina de Recursos Humanos, deberán informar periódicamente sobre el ejercicio de las facultades delegadas mediante la presente resolución. Dicha información deberá ser consolidada por la Secretaría General, a fi n que sea alcanzada oportunamente a la Dirección Ejecutiva del SERFOR. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente resolución a la Secretaría General, a la Ofi cina General de Administración, a la Ofi cina General de Planeamiento y