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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (10/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 37

El Peruano Lunes 10 de noviembre de 2014 537319 extraordinaria por el correspondiente concejo municipal con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros. En tal sentido, en vista de que se ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo antes mencionado y se ha acreditado la causal contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM, corresponde emitir las credenciales correspondientes. 3. De conformidad con el artículo 24, numeral 2, de la LOM, en caso de vacancia del regidor, este es reemplazado por el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. Así, corresponde convocar a Herminia Meneses Domínguez, candidata no proclamada de la organización política Juntos Sí Se Puede, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Huamanga, con motivo de las elecciones municipales de 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR el acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria del 19 de setiembre de 2014, que declaró, por unanimidad, la vacancia de Efraín Bermudo Yaranga, en el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Llochegua, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho, por la causal de fallecimiento establecida en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Efraín Bermudo Yaranga como regidor de la Municipalidad Distrital de Llochegua, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho, emitida con motivo de las elecciones regionales, municipales y referéndum del año 2010. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Herminia Meneses Domínguez, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 44712287, para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Llochegua, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, por lo que se le otorgará la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1161251-5 Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor del Concejo Distrital de Cahuapanas, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto RESOLUCIÓN Nº 3218-A-2014-JNE Expediente Nº J-2014-3219 CAHUAPANAS - DATEM DEL MARAÑÓN - LORETO ACREDITACIÓN DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiséis de octubre de dos mil catorce VISTO el escrito presentado el 23 de octubre de 2014 por Ricardo Pizango Tangoa, alcalde de la Municipalidad Distrital de Cahuapanas, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto, en el que comunica que se ha declarado la vacancia de Rubén Escobedo Tamabi, regidor de la citada comuna, por la causal prevista en el artículo 11, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES A través del acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 001, de fecha 10 de enero de 2014 (fojas 13 a 16), los integrantes del Concejo Distrital de Cahuapanas, por mayoría, aprobaron la solicitud de vacancia de Rubén Escobedo Tamabi, primer regidor de la referida comuna, presentada por Marden Óliver Tangoa Pizango. Con fecha 3 de octubre de 2014, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Cahuapanas, comunicó la referida vacancia; sin embargo, mediante el Ofi cio Nº 10662-2014-SG/JNE, de fecha 7 de octubre de 2014 (fojas 9), el Jurado Nacional de Elecciones solicitó al mencionado burgomaestre información sobre el procedimiento de vacancia. Dicho requerimiento fue atendido mediante el escrito presentado el 23 de octubre de 2014 (fojas 10). CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notifi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verifi car la legalidad del procedimiento de vacancia, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar, además, si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento. 3. De la revisión de autos se puede apreciar que el acuerdo de vacancia adoptado en el acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 001, de fecha 10 de enero de 2014, fue válidamente notifi cado al regidor Rubén Escobedo Tamabi el 2 de setiembre de 2014, conforme se puede apreciar de la cédula de notifi cación - notarial (fojas 12). 4. Asimismo, se advierte que el referido acuerdo de concejo municipal, que declaró la vacancia de Rubén Escobedo Tamabi en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Cahuapanas, ha quedado consentido por haber transcurrido más de quince días hábiles desde la fecha de su notifi cación al regidor afectado, sin que se presente medio impugnatorio alguno, según se señala en la Resolución de Alcaldía Nº 045-2014-MDC-A, de fecha 29 de setiembre de 2014 (fojas 17). 5. Por consiguiente, al haberse verifi cado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el artículo 11 de la LOM, corresponde aprobar la decisión del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente del accesitario llamado por ley. 6. Finalmente, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor, este es reemplazado por el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, por lo que, en este caso, se debe acreditar a Albino Hidalgo Curimuzu, identifi cado con DNI Nº 05621334, candidato no proclamado del Movimiento Independiente Loreto - Mi Loreto, a fi n de que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Cahuapanas, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto, por lo que corresponde otorgarle la respectiva credencial que lo faculte como tal. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, remitida por el Jurado Electoral Especial de Alto Amazonas, con motivo de las elecciones municipales del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR el acuerdo tomado en Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 01, en el que