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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (10/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

El Peruano Lunes 10 de noviembre de 2014 537321 Artículo Tercero.- Las elecciones se llevarán a cabo en las capitales de departamento y ciudades del país en las que se acredite la participación de colegios de abogados para las elecciones convocadas. Artículo Cuarto.- Las elecciones se desarrollarán en la fecha señalada en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural, en el horario comprendido entre las 08:00 y las 16:00 horas. Artículo Quinto.- Poner en conocimiento del Consejo Nacional de la Magistratura, del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil el contenido de la presente Resolución Jefatural. Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario Ofi cial El Peruano y en uno de mayor circulación nacional, de conformidad con el artículo 2º del Reglamento para la elección del Consejero del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados del país, así como en el portal institucional www.onpe.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe 1161947-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Financiera Edyficar S.A. la apertura de oficinas especiales en los departamentos de Lima, Lambayeque y Arequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 7300-2014 Lima, 30 de octubre del 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i) VISTA: La solicitud presentada por Financiera Edyfi car S.A. para que se le autorice la apertura de tres (03) ofi cinas especiales, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, por la Resolución SBS Nº 6285- 2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y el Memorando Nº 878- 2014-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Financiera Edyfi car S.A. la apertura de tres (03) ofi cinas especiales con la siguiente ubicación: • Urb. Virgen de Cocharcas Mz. B Lote 20, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima. • Calle Progreso Mz. 27A Lote 13, Sector 1, Posesión Informal Cercado de Cayaltí, distrito de Cayaltí, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque. • Jirón 3 Mz. W Lote 21, Pueblo Joven 3 de Octubre, distrito de Socabaya, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FLORES SALAZAR Intendente General de Banca (a.i) 1161657-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Desafectan uso del suelo de inmueble del Pueblo Joven Juan Pablo II, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, asignándole la calificación de Residencial de Densidad Media (RDM) ORDENANZA Nº 1817 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de octubre de 2014 el Dictamen Nº 056-2014-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y el Dictamen Nº 086-2014-MML- CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales. Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DESAFECTA UN BIEN DE USO PÚBLICO EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO Artículo Primero.- Desafectar el uso del suelo de un área de 104.77m2, correspondiente al Lote Nº 9 de la Mz. “X” del Pueblo Joven Juan Pablo II, ubicado en el distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima; debiéndosele asignar la califi cación de Residencial de Densidad Media (RDM), en concordancia con lo establecido en la Ordenanza Nº1105-MML de fecha 05 de enero de 2008, en los. seguidos por la Sra. Matilde Huerto de Escobal. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para que en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Carabayllo y la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, en el uso de sus competencias, realice las acciones conducentes para la modifi cación y/o reajuste de la lotización, independización y/o subdivisión registrada del Pueblo Joven Juan Pablo II, con la fi nalidad que el citado procedimiento de desafectación, tenga los efectos legales respectivos en el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla, En Lima, 28 de octubre de 2014 HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1161265-1