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El Peruano Domingo 16 de noviembre de 2014 537730 proyectos del Estado así como sobre Asociaciones Público Privadas defi nidas de acuerdo al artículo 3º de la Ley; siendo que estas iniciativas no demandarán cofi nanciamiento público, y respecto a las garantías fi nancieras y garantías no fi nancieras, éstas se sujetarán a lo establecido en el artículo 4º de la Ley y el numeral 5.1 del artículo 5º del presente Reglamento; Que, el Artículo 23º Numeral 23.3 del Decreto Supremo Nº 127-2014-EF - Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012, sostiene que las iniciativas privadas autosostenibles serán declaradas de interés por acuerdo del máximo órgano del Organismo Promotor de la Inversión Privada; Que, el Artículo 10º Numeral 10.1 de la Ordenanza Nº 867 - Reglamento para la Promoción de la Inversión Privada en Lima Metropolitana, sostiene que el Gobierno Local, de conformidad con las normas vigentes en materia de Promoción de la Inversión Privada en Lima Metropolitana, se encuentra obligado a procurar la eliminación de los obstáculos y/o trabas que afecten o puedan afectar el proceso de promoción de la inversión privada en el ámbito de Lima Metropolitana, con la fi nalidad de lograr el desarrollo integral, armónico y sostenible de la provincia de Lima; Que, el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 171-MDSJL - Ordenanza que Declara de Interés Distrital la Promoción de la Inversión Privada, crea el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada (CEPRI) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el cual se encargará de la ejecución de uno o más procedimientos vinculados a la aplicación de las modalidades de participación de la inversión privada; Que, mediante Registro Nº 50477-C1-2014, el Consorcio Gran Chimú, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 127-2014-EF - Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012, presenta ante la Corporación Municipal una Iniciativa Privada denominada “Parqueo Ecológico Subterráneo - San Juan de Lurigancho”; Que, mediante Acta de Sesión Nº 001-2014-CEPRI, los miembros integrantes del Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada (CEPRI) aprueban Admitir a Trámite la Iniciativa Privada denominada “Parqueo Ecológico Subterráneo - San Juan de Lurigancho”, y disponen efectuar las gestiones pertinentes para la evaluación correspondiente; Que, mediante Registro Nº 50477-C1-2014 Anexo 1, el representante del Consorcio Próceres de la Independencia presenta documentación sustentatoria de los gastos generados por la elaboración de la iniciativa privada propuesta; Que, mediante Informe Nº 054-2014-GDU/MDSJL, la Gerencia de Desarrollo Urbano pone a conocimiento del Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada (CEPRI), que la propuesta contenida en la Iniciativa Privada denominada “Parqueo Ecológico Subterráneo - San Juan de Lurigancho”, cuenta con Opinión Favorable por parte de la Entidad Municipal a través de sus unidades orgánicas, por tener relevancia y consistencia en concordancia con las prioridades existentes en la jurisdicción de San Juan de Lurigancho; Que, mediante Memorándum Nº 275-2014-SII/ MDSJL, la Secretaría de Imagen Institucional comunica que se ha cumplido con la publicación en el portal institucional (página web) de la Entidad Municipal, de la información correspondiente a la iniciativa privada denominada “Parqueo Ecológico Subterráneo - San Juan de Lurigancho”; Que, mediante Acta de Sesión Nº 002-2014-CEPRI, los miembros integrantes del Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada (CEPRI), coinciden en afi rmar que la información brindada por el Gerente de Desarrollo Urbano contiene la documentación, análisis y evaluación de la iniciativa privada propuesta, conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 127-2014-EF - Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012, por lo que se acuerda recoger los informes practicados por las unidades orgánicas de la Corporación Municipal, y se recomienda su declaratoria de interés, y para ello, deberá elevarse al Concejo Municipal para que se emita el Acuerdo de Concejo que corresponda; Que, teniendo en cuenta la premisa consagrada por la Constitución Política del Estado, que la iniciativa privada es libre y se ejerce en una economía social de mercado, la Corporación Municipal promueve la inversión privada en el distrito de San Juan de Lurigancho; bajo cuyo contexto y enmarcado dentro de la normatividad vigente, la propuesta del Consorcio Gran Chimú corresponde a una iniciativa privada autosostenible, la cual resulta económica y socialmente benefi ciosa para la población de San Juan de Lurigancho, por cuanto su diseño y ejecución serán bajo cuenta y riesgo del proponente, además que solucionará el défi cit de playa de estacionamiento y permitirá ingresos al patrimonio municipal como puestos de trabajo; Que, en ese sentido, se advierte que la iniciativa privada ha seguido el procedimiento previsto por el Decreto Supremo Nº 127-2014-EF - Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012, normatividad aplicable para la propuesta presentada por el Consorcio Gran Chimú, correspondiendo al máximo órgano del Organismo de la Promoción de la Inversión Privada emitir pronunciamiento sobre la declaratoria de interés; lo cual, no resulta contradictorio a la oportunidad de efectuar las adiciones que se consideren pertinentes para alinear la iniciativa privada a los propósitos municipales, tal como lo señala el Artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 1012 y su Reglamento, ya que terceros podrán expresar su interés en ejecutar el proyecto; Que, asimismo, se ha tenido presente la información sobre los gastos incurridos en la formulación y elaboración de la propuesta de iniciativa privada, conforme a lo señalado en el Artículo 33º Numeral 33.2 del Decreto Supremo Nº 127-2014-EF, debiéndose precisar que será materia de reembolso sólo el 1% del valor total de la inversión; encargándose además al CEPRI de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, las actividades relacionadas a la promoción de la inversión privada en el marco de la legislación vigente; Estando a lo expuesto precedentemente, después del intercambio de ideas y en cumplimiento a lo dispuesto por los Artículos 39º y 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO APROBATORIO del Pleno del Concejo Municipal y, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Local la propuesta de Iniciativa Privada denominada “Parqueo Ecológico Subterráneo - San Juan de Lurigancho”, presentado por el Consorcio Gran Chimú mediante Registro Nº 50477-C1-2014, en la modalidad de iniciativa privada autosostenible y conforme al Anexo que forma parte del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- PRECISAR que teniendo en cuenta la información de los gastos incurridos en la formulación y elaboración de la propuesta de iniciativa privada denominada “Parqueo Ecológico Subterráneo - San Juan de Lurigancho”, presentada por el Consorcio Gran Chimú, se considerará como monto a reconocer a la misma en el caso de no ser la empresa adjudicataria, hasta la suma de S/. 43,000.00 (Cuarenta y Tres Mil con 00/100 Nuevos Soles), de acuerdo al Informe emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, monto que según los cálculos no supera el 1% del valor total del proyecto, conforme a lo señalado por el Artículo 33º Numeral 33.2 del Decreto Supremo Nº 127-2014-EF - Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012; y en caso que el adjudicatario sea el consorcio titular de la propuesta, no habrá ningún reembolso por parte de la Corporación Edil. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada (CEPRI) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, realizar las acciones establecidas en el “Reglamento Para la Tramitación y Evaluación de Iniciativas Privadas en Proyectos de Inversión Presentadas ante la Municipalidad de San Juan de Lurigancho”, aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 019-2012-A/MDSJL, y conforme al marco normativo en materia de Promoción de la Inversión Privada vigente, respecto de la iniciativa Privada en la modalidad de autosostenible denominada “Parqueo Ecológico Subterráneo - San Juan de Lurigancho”. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente declaratoria de interés de la iniciativa privada denominada “Parqueo Ecológico Subterráneo - San Juan de Lurigancho”, en el diario ofi cial “El Peruano” y otro de mayor circulación nacional, a costo del solicitante, así como en el portal institucional (página web) de la Corporación Municipal, a fi n que terceros interesados manifi esten su expresión de interés respecto a la propuesta del mismo proyecto u otro alternativos, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 23º Numeral 23.4 del Decreto