Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2014 (16/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA 16 de noviembre de 2014

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Aprobar el texto de la Adenda No. 1 al Contrato de Concesion para el diseno, financiamiento, despliegue, operacion y mantenimiento del proyecto "Red Dorsal Nacional de Fibra Optica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro", el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2°.- Autorizacion para suscribir la Adenda Nº 1 al Contrato de Concesion para el diseno, financiamiento, despliegue, operacion y mantenimiento del proyecto "Red Dorsal Nacional de Fibra Optica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro" Autorizar al Viceministro de Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Adenda a que se refiere el articulo anterior, asi como los documentos que resulten necesarios para su formalizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1165197-1

Que, dicha clausula preve que las Partes expresamente convienen que el Concedente podra negociar y acordar con el Concesionario modificaciones al Contrato, siempre que ello sea necesario y este debidamente sustentado, entre otros; Que, en virtud a lo establecido en el numeral 49.2 del Capitulo XI del Contrato de Concesion, el Concesionario presenta la solicitud de modificacion contractual respecto a la numeral 2.67 de la clausula 2, los numerales 3.1.2 y 3.1.3 de la clausula 3, el numeral 4.1.3 de la clausula 4, el numeral 14.7.1 de la clausula 14, el numeral 26.3 de la clausula 26, el numeral 28.1 de la clausula 28, el numeral 30.4 de la clausula 30, los numerales 33.1 y 33.2 de la clausula 33, los numerales 34.1 y 34.5 de la clausula 34, el numeral 35.3 de la clausula 35, el numeral 50.1 de la clausula 50, el numeral 51.1 de la clausula 51, el numeral 61.3 de la clausula 61 y el literal B del Anexo 5 del Contrato de Concesion; y, la incorporacion del numeral 61.4 en la clausula 61 y el literal K en el Anexo 5 del Contrato de Concesion, presentando una propuesta de Adenda No. 1 a dicho Contrato; Que, teniendo en cuenta las normas anteriormente citadas, mediante Oficio Nº 011-2014/PROINVERSION/ DPI/SDGP/JPTE.11 de fecha 3 de noviembre de 2014, PROINVERSION emitio la opinion solicitada por el Concedente respecto de la propuesta de Adenda No. 1 al Contrato de Concesion sometida a su consideracion, contenida en el Informe Nº 02-2014/DPI/SDGP/JPTE.11; Que, mediante Oficio Nº 1076-GG.GPRC/2014 de fecha 10 de noviembre de 2014, OSIPTEL emitio la opinion solicitada por el Concedente respecto de la propuesta de Adenda No. 1 al Contrato de Concesion sometida a su consideracion, contenida en el Informe Nº 530-GPRC/2014; Que, mediante Oficio Nº. 289-2014-EF/15.01 de fecha 13 de noviembre de 2014, el Ministerio de Economia y Finanzas emitio la opinion solicitada por el Concedente respecto de la propuesta de Adenda No. 1 al Contrato de Concesion sometida a su consideracion, contenida en el Informe Nº 098-2014-EF/68.01; Que, mediante los Informes Nº 1924-2014-MTC/27 de fecha 11 de noviembre de 2014 y Nº 1949-2014-MTC/27 de fecha 13 de noviembre de 2014, la Direccion General de Concesiones en Telecomunicaciones sustenta tecnica, financiera y legalmente la propuesta de Adenda No. 1 al Contrato de Concesion; Que, el articulo I de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo consagra el MORDAZA de legalidad, senalando que las autoridades, funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo estan sometidos a la Constitucion Politica del Peru, a las leyes y a las demas normas del ordenamiento juridico, y desarrollan sus funciones dentro de las facultades que les esten conferidas; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, establece en el articulo 6 que el Ministro es la mas alta autoridad politica del Sector; formula, ejecuta y supervisa la aplicacion de las politicas nacionales, en MORDAZA con la politica general del Gobierno; asimismo, el literal k) del articulo 7 dispone que el Ministro puede delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su funcion de Ministro de Estado; Que, el literal j) del articulo 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, senala que los Viceministros tienen como funcion especifica aquellas que les delegue el Ministro en el ambito de su competencia; Que, en consecuencia es necesario aprobar el texto de la Adenda No. 1 al Contrato de Concesion, asi como autorizar al funcionario que lo suscribira en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29370, el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC y el Decreto Supremo N° 059-96-PCM; Con la opinion favorable de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobacion del texto de la Adenda No. 1 al Contrato de Concesion para el diseno, financiamiento, despliegue, operacion y mantenimiento del proyecto "Red Dorsal Nacional de Fibra Optica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro"

Autorizan a la empresa Corporacion Lady MORDAZA Sociedad Anonima Cerrada -Corporacion Lady MORDAZA S.A.C., la ampliacion de local ubicado en el departamento de Tacna
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4256-2014-MTC/15 MORDAZA, 20 de octubre de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 147067, 167724 y 175475, presentados por la empresa denominada CORPORACION LADY MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CORPORACION LADY MORDAZA S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1693-2012MTC/15 de fecha 03 de MORDAZA de 2012, se autorizo a la empresa denominada CORPORACION LADY MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CORPORACION LADY MORDAZA S.A.C., con RUC Nº 20532825637 y domicilio en Urbanizacion "Villa Hermosa" Manzana "E" Lote Nº 4 del Centro Poblado San MORDAZA, Distrito de MORDAZA, Provincia Mariscal MORDAZA y Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III, y de la Clase B Categoria II-c; asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor, los Cursos de Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2751-2012MTC/15 de fecha 19 de MORDAZA de 2012, se autorizo a La Escuela, para impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3011-2013MTC/15 de fecha 22 de MORDAZA de 2013, se autorizo a la Escuela la ampliacion de local ubicado en: Lote Nº 08, Mz. M, Sector 4, MORDAZA Sucre Nº 503, Barrio MORDAZA MORDAZA, Distrito Ilave, Provincia El Collao y Departamento de Puno; Que, mediante Parte Diario Nº 147067 de fecha 20 de agosto de 2014, La Escuela solicita autorizacion de ampliacion de local ubicado en Conjunto Habitacional MORDAZA Ugarte I etapa Mz. L 4 Lt. 4, Distrito MORDAZA

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