TEXTO PAGINA: 42
El Peruano Martes 18 de noviembre de 2014 537800 Resolución de Alcaldía Nº 085-2014-MDSPP/A, del 19 de setiembre de 2014, la cual, dando cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Nº 1096-2014-JNE, declaró consentido el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 01-2014- MDSPP/ALC, del 17 de febrero de 2014, que declaró la vacancia de los regidores Mao Richar de la Cruz Gavilán y Julio César Acco Gavilán, de la citada comuna. CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notifi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verifi car la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar, además, si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento. 3. Con fecha 1 de agosto del 2014, mediante Resolución Nº 1096-2014-JNE, este órgano electoral declaró nulo el acto de notifi cación del Acuerdo de Concejo Nº 001-2014-MDSPP/ALC/, de fecha 17 de febrero de 2014, en la que consta el acuerdo de concejo que declaró la vacancia de Mao Richar de la Cruz Gavilán y Julio César Acco Gavilán, regidores de la Municipalidad de San Pedro de Palco, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, requiriendo al concejo municipal de la mencionada comuna, a efectos de que cumpla con el acto de notifi cación, respetando las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 4. Mediante Informe Nº 010-2014-SG-MDSPP, de fecha 16 de setiembre de 2014, la secretaria general de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Palco comunica que los referidos regidores fueron debidamente notifi cados, de manera personal, en su domicilio real, el 22 de agosto de 2014 (fojas 144 y 146), previo preaviso de fecha 21 de agosto de 2014 (fojas 143 a 145), y, al no encontrar a ninguna persona, se procedió a adherir sobre la puerta de ambas viviendas copia del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 01-2014-MDSPP/ALC, en el que consta la declaración de vacancia, en los cargos de regidores, de Mao Richar de la Cruz Gavilán y Julio César Acco Gavilán. 5. Asimismo, mediante Ofi cio Nº 073-2014-MDSPP/ ALC, recibido el 22 de octubre de 2014, se pone a conocimiento de este Supremo Tribunal Electoral que el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 01-2014-MDSPP/ ALC, de fecha 17 de febrero de 2014, quedó consentido, adjuntando la Resolución de Alcaldía Nº 085-2014- MDSPP/A, del 19 de setiembre de 2014, en el que se precisa que Mao Richar de la Cruz Gavilán y Julio César Acco Gavilán no interpusieron recurso impugnatorio en contra del referido acuerdo de concejo. 6. En tal sentido, en vista de que se ha acreditado la causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la LOM, y se ha dado cumplimiento al mandato establecido en la Resolución Nº 1096-2014-JNE, de fecha 1 de agosto de 2014, corresponde emitir la credencial correspondiente, de conformidad con el artículo 24 del mismo cuerpo legal, el cual establece que, en caso de vacancia de un regidor, este es remplazado por el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Por tal motivo, corresponde convocar a Eleuteria Santosa Since Rojas, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 47143595, candidata no proclamada del Movimiento Independiente Regional Todos con Ayacucho, y a Vicente Paúl Meza Rojas, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 28841667, candidato no proclamado del Partido Aprista Peruano, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial para las Elecciones Regionales, Municipales y Referéndum 2010, debiéndose otorgar la respectiva credencial que los faculten como tal. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la convocatoria de candidatos no proclamados, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Mao Richar de la Cruz Gavilán y Julio César Acco Gavilán, en el cargo de regidores del Concejo Distrital de San Pedro de Palco, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a Mao Richar de la Cruz Gavilán y a Julio César Acco Gavilán como regidores del Concejo Distrital de San Pedro de Palco, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, emitidas con motivo de las elecciones municipales del año 2010. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Eleuteria Santosa Since Rojas, identifi cada con DNI Nº 47143595 y a Vicente Paúl Meza Rojas, identifi cado con DNI Nº 28841667, para que asuman el cargo de regidores del Concejo Distrital de San Pedro de Palco, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2010-2014, debiéndose otorgar la respectiva credencial que los faculta como tales. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1165547-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan viaje de Gerente General del RENIEC a Panamá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 267-2014/JNAC/RENIEC Lima, 17 de noviembre de 2014 VISTOS: La Nota N° 042-RI-TE de fecha 29 de setiembre de 2014, remitida por la Directora de Relaciones Internacionales del Tribunal Electoral de la República de Panamá, la Hoja de Elevación N° 000046-2014/JNAC/ GA/RENIEC (13OCT2014) del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional, la Carta N° 000188-2014/SGEN/ RENIEC (23OCT2014) y el Proveído N° 010613-2014/ SGEN/RENIEC (12NOV2014) de la Secretaría General, los Memorandos N° 003632-2014/GPP/RENIEC (14NOV2014) y N° 003634-2014/GPP/RENIEC (14NOV2014) de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, los Informes N° 002952-2014/GPP/SGP/RENIEC (14NOV2014) y N° 002954-2014/GPP/SGP/RENIEC (14NOV2014) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Memorando N° 003438-2014/GAD/ RENIEC (31OCT2014) de la Gerencia de Administración, el Informe N° 002171-2014/GAD/SGCO/RENIEC (31OCT2014) de la Sub Gerencia de Contabilidad de la Gerencia de Administración, el Informe N° 2363-2014/