Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2014 (18/11/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

537788

El Peruano Martes 18 de noviembre de 2014

EDUCACION
Aprueban MORDAZA Tecnica denominada "Normas para la ubicacion de los profesores que no accedieron a plazas de director o subdirector a traves de la Evaluacion Excepcional prevista en la Decima Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial"
RESOLUCION DE SECRETARIA GENERAL Nº 2074-2014-MINEDU MORDAZA, 17 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el articulo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, establece que el Ministerio de Educacion es el organo de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, cultura, recreacion y deporte, en concordancia con la politica general del Estado; Que, la Decima Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED y modificado por Decreto Supremo N° 003-2014-MINEDU, establece que los profesores que vienen ejerciendo funciones de directivos en instituciones educativas publicas de gestion directa o en instituciones educativas publicas de gestion privada por convenio, en Educacion Basica o Tecnico Productiva, en virtud de resoluciones emitidas por las instancias de gestion educativa descentralizadas, en el MORDAZA de las normas derogadas por la Decima Sexta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, seran evaluados, excepcionalmente, en las habilidades requeridas para el desempeno en el cargo, a fin de asignarles la plaza de director o subdirector por un periodo de tres anos, conforme a la normatividad vigente; Que, conforme a lo dispuesto en la referida disposicion los profesores que: i) no aprueben la mencionada evaluacion excepcional, ii) MORDAZA retirados del procedimiento de evaluacion, iii) no se presenten a la evaluacion excepcional, o iv) no cumplan los requisitos establecidos por el Ministerio de Educacion para ejercer funciones de director o subdirector, permaneceran desempenando dicha funcion, segun corresponda, hasta el termino del ano 2014; retornando al cargo de docente de aula en la institucion educativa de origen o en una similar de la jurisdiccion de la UGEL a la que pertenece la referida institucion, a partir del inicio del ano escolar 2015. De no ser posible la reubicacion del profesor en ninguna institucion educativa de la referida UGEL, este sera ubicado en otra institucion educativa similar de la UGEL mas cercana en la misma region; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 214-2014MINEDU, se convoca al procedimiento excepcional de evaluacion para los profesores que se desempenan como director o subdirector en instituciones educativas publicas, en virtud a lo dispuesto en la Decima Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial; Que, con Resolucion Ministerial N° 423-2014-MINEDU de fecha 08 de setiembre de 2014, se aprueba la relacion definitiva de profesores que superaron el procedimiento excepcional de evaluacion previsto en la Decima Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial; Que, asimismo, a traves de la mencionada resolucion, se declaro vacantes las plazas ocupadas por los profesores que no aprobaron el procedimiento excepcional de evaluacion, las de aquellos que fueron retirados del referido procedimiento y las plazas de los profesores que no se presentaron a la citada evaluacion excepcional, las

cuales como Anexo 2 forman parte integrante de dicha resolucion; y, asimismo, se suspendio el procedimiento de evaluacion excepcional respecto de los profesores y plazas indicados en el Anexo 3 de la Resolucion Ministerial en mencion, mientras cuenten con medida cautelar vigente; los mencionados Anexos fueron modificados con las Resoluciones Ministeriales N° 430-2014-MINEDU y Nº 471-2014-MINEDU; Que, a traves del Oficio Nº 1039-2014-MINEDU/VMGPDIGEDD, el Director General de la Direccion General de Desarrollo Docente remitio al Viceministerio de Gestion Pedagogica el Informe Nº 153-2014-MINEDU/VMGPDIGEDD-DITD, elaborado por la Direccion de Trayectoria y Bienestar Docente, el cual sustenta la necesidad de establecer el procedimiento y criterios tecnicos para la ubicacion de los profesores que no accedieron a plazas de director o subdirector a traves de la evaluacion excepcional prevista en la Decima Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial; De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley N° 26510; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, y sus modificatorias; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion aprobado por Decreto Supremo N° 0062012-ED; la Resolucion Ministerial N° 204-2014-MINEDU, que aprueba las "Normas para la Evaluacion Excepcional prevista en Decima Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial"; la Resolucion Ministerial N° 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ denominada "Elaboracion, aprobacion y tramitacion de dispositivos normativos y actos resolutivos en el Ministerio de Educacion"; y las facultades delegadas mediante Resolucion Ministerial N° 014-2014-MINEDU y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la MORDAZA Tecnica denominada "Normas para la ubicacion de los profesores que no accedieron a plazas de director o subdirector a traves de la Evaluacion Excepcional prevista en la Decima Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presente MORDAZA Tecnica a la Direccion General de Desarrollo Docente, dependiente del Viceministerio de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", encargandose a la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion su publicacion y la de su Anexo en el Sistema de Informacion Juridica de Educacion ­ SIJE, ubicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (http://www.minedu.gob.pe/), en la misma fecha. Registrese, comuniquese y publiquese. DESILU MORDAZA CHEMPEN Secretaria General 1165750-1

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Modifican Bases para la entrega del "Premio por la Paz" aprobadas por R.M. Nº 121-2012-MIMP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 398-2014-MIMP MORDAZA, 14 de noviembre de 2014

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.