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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (23/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Domingo 23 de noviembre de 2014 538257 Coordinador Ejecutivo de Análisis Operativo del Departamento de Análisis Operativo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, para que participe en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 Nº SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor David Cifuentes Mendoza, Coordinador Ejecutivo de Análisis Operativo del Departamento de Análisis Operativo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la SBS, del 01 al 04 de diciembre de 2014, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por conceptos de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 616,99 Viáticos US$ 1 110,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1168191-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Modifican sectores catastrales contenidos en el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 035-MDA de la Municipalidad ORDENANZA Nº 362-MDA Ate, 7 de noviembre de 2014 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 07 de Noviembre del 2014, visto el Dictamen Nº 021-2014-MDA/CDUIP de la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Publica; y, CONSIDERANDO Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º (modifi cada por la Ley Nº 28607), establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece en sus artículos 73º, 74º, 75º, 76º, 78º, 79º, 80º, 81º, 82º, 83º, 84º, 85º, 86º, 87º, 88º y 97º; que las Municipalidades Distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, tienen la función especifi ca de aprobar el Plan Urbano rural o distrital, con sujeción al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia, con arreglo a lo dispuesto en la presente ley orgánica; Que, mediante Informe Nº 1090-2014/MDA-GDU- SGPUC, la Sub Gerencia de Planificación Urbana y Catastro en mérito al convenio con COFOPRI – ATE, se propone los nuevos sectores catastrales, que se realizó en concordancia con las orientaciones y proposiciones de la Ley Nº 28294, que crea el Sistema Nacional Integrado de Información Catastral y de los instrumentos técnico-normativos metropolitanos vigentes como la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y considerando la dinámica urbana de la realidad distrital producida en las ultimas cuatro (4) décadas; Que, mediante Memorándum Nº 454-2014/MDA- GDU, la Gerencia de Desarrollo Urbano considera factible la adecuación de la Ordenanza Nº 035-MDA conforme a la propuesta de nuevos Sectores Catastrales, específi camente en el artículo 8º en lo referido únicamente a los Sectores Catastrales que conforman las Zonas del Distrito; Que, mediante Informe Nº 934-2014-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta factible la adecuación de la Ordenanza Nº 035-MDA, a la propuesta de nuevos Sectores Catastrales, conforme a la facultad contenida en el inciso 8) del artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 27972); Que, mediante Dictamen Nº 021-2014-MDA/CDUIP de la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Pública recomienda aprobar la Ordenanza que Modifi ca los Sectores Catastrales contenidos en el artículo 8º de la Ordenanza Nº 035-MDA de la Municipalidad Distrital de Ate; solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobación correspondiente; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por unanimidad de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación de actas se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS SECTORES CATASTRALES CONTENIDOS EN EL ARTÍCULO 8º DE LA ORDENANZA Nº 035-MDA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE Artículo Primero.- APROBAR; la Adecuación de los nuevos Sectores Catastrales en mérito al Convenio de Delegación de Facultades y de Cooperación Interinstitucional entre el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal COFOPRI y la Municipalidad Distrital de Ate, la misma que fuera suscrita el 21 de agosto del 2013. Artículo Segundo.- MODIFICAR; el artículo 8º de la Ordenanza Nº 035-MDA de fecha 7 de Julio del 2003, respecto a la adecuación de los nuevos sectores catastrales que se realizó en concordancia con las orientaciones y proposiciones de la Ley Nº 28294, Ley que Crea el Sistema Nacional Integrado de Información Catastral, de acuerdo al siguiente cuadro: