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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (23/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Domingo 23 de noviembre de 2014 538260 Artículo Tercero.- DISPONER la independización e inscripción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) a favor del Estado y bajo administración de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, el Aporte Reglamentario destinado para recreación pública denominados Parque N° 1 con un área de 1,020.10 m2 y Parque N° 2 con un área de 2,158.15 m2. Artículo Cuarto.- REMITIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia certifi cada de la presente norma municipal, Memoria Descriptiva y de los Planos de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano Catastral y Plano de Lotización N°128-2014-SGCyHU- GDU-MDSMP, para su conocimiento. Artículo Quinto.- COMUNICAR a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN – para los fi nes que corresponda. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, en un plazo que no debe exceder los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo de los propietarios del predio objeto de la Habilitación Urbana de Ofi cio. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico para que, de acuerdo a sus competencias, incorporen la Habilitación Urbana de Ofi cio a que se refi ere el artículo Primero de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito de San Martín de Porres, así como registrar los predios resultantes en su Registro de Contribuyentes. Artículo Octavo.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente acto administrativo a la parte interesada e instancias administrativas que correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 1167778-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Aprueban Reglamento, Cronograma de Actividades y Convocan al Proceso de Presupuesto Participativo Específico “Programa de Municipios Escolares” para el Ejercicio Fiscal 2015 del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 020-2014-ALC/MVES Villa El Salvador, 13 de noviembre de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTO: El Informe Nº 051-2014-2014-GDIS-MVES de fecha 05.11.2014, suscrito por la Gerente de Desarrollo e Inclusión Social, el Informe Nº 1079-2014-OAJ/MVES de fecha 12.11.2014 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y el Memorándum Nº 2253-2014-GM/MVES de fecha 13.11.2014 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordando con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 53º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece: “Las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos Anuales, como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El Presupuesto Participativo forma parte del sistema de planifi cación. (…)”; Que, en la segunda disposición fi nal del Reglamento Marco del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo 2015, Basado en Resultados de Villa El Salvador, aprobado mediante Ordenanza Nº 308-2014- MVES de fecha 21.10.2014, establece los Presupuestos Participativos Específi cos, siendo uno de ellos: EL PROGRAMA DE MUNICIPIOS ESCOLARES, con el objetivo de buscar sostenibilidad de los procesos participativos, formando líderes democráticos y cívicos, en el marco del Plan Distrital Concertado de Acción por la Infancia y la Adolescencia de Villa El Salvador 2007- 2021; Que, con Memorándum Nº 352-2014-OPRP/MVES la Ofi cina de Planeamiento, Racionalización y Presupuesto, remite el Acta de Reunión del Equipo Técnico Municipal y los representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD, documento con el que se acordó aprobar el Reglamento y Cronograma de Actividades de los Presupuestos Participativos Específi cos 2015; Que, mediante Informe Nº 051-2014-GDIS/MVES, la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social remite propuesta del Reglamento y Cronograma del Presupuesto Participativo del “PROGRAMA DE MUNICIPIOS ESCOLARES”, estableciendo la metodología del proceso del Presupuesto Participativo Especifi co 2015; Que, con Informe Nº 1079-2014-OAJ-MVES la Ofi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable, señalando que es viable la aprobación mediante Decreto de Alcaldía, el citado Reglamento; Estando a lo Expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º, y el art.42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ESPECÍFICO “PROGRAMA DE MUNICIPIOS ESCOLARES” PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR, el mismo que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma de Actividades del PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ESPECÍFICO “PROGRAMA DE MUNICIPIOS ESCOLARES” PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR, el mismo que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- CONVOCAR al PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ESPECÍFICO “PROGRAMA DE MUNICIPIOS ESCOLARES”; para el fi nanciamiento y la Implementación de Actividades concertadas a través de la ejecución del Plan Operativo Institucional del Programa de la Subgerencia de Educación, Cultura, Deportes y Juventud para el Año Fiscal 2015, de conformidad con los considerandos expuestos en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social a través de la Subgerencia de Educación, Cultura, Deportes y Juventud, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; y a la Gerencia Municipal y a la Ofi cina de Planeamiento Racionalización y Presupuesto la supervisión de su cumplimiento. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico y Estadística la publicación del presente Decreto y sus anexos en el portal institucional: www.munives.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1167820-1