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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (23/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 21

El Peruano Domingo 23 de noviembre de 2014 538255 Artículo Segundo.- Considerando lo señalado en la solicitud de autorización presentada por la Financiera, precisar que la ofi cina principal de la Financiera corresponde a la ubicada en la Av. Javier Prado Este Nº 4483-4487, urbanización Neptuno, distrito de Santiago de Surco, departamento de Lima, dado que fue autorizada como ofi cina principal a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Nuestra Gente S.A.A., sociedad absorbente en el proceso de fusión que dio origen a la Financiera. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 1167886-2 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de agencia en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 7640-2014 Lima, 13 de noviembre de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. - CMAC Cusco S.A., para que se le autorice la apertura de una Agencia ubicada en la Avenida Cayma Nº 612, en el distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la citada Agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 6285-2013 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de una Agencia ubicada en la Avenida Cayma Nº 612, en el distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 1168207-1 Autorizan viaje de funcionario a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS Nº 7758-2014 Lima, 19 de noviembre de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por el Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en la VI Conferencia sobre Educación Económica y Financiera de América Latina y el Caribe, organizada con la colaboración de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y su Red Internacional para la Educación Financiera (INFE), que se llevará a cabo los días 27 y 28 de noviembre de 2014, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; CONSIDERANDO: Que, la VI Conferencia sobre Educación Económica y Financiera de América Latina y el Caribe, dirigida a funcionarios de entidades miembros del Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA), ministerios de educación, reguladores bancarios, banca comercial y organismos multilaterales y de cooperación, tiene como objetivo analizar experiencias recientes de estrategias nacionales de educación fi nanciera y la evaluación de su impacto, las aportaciones de la economía de la conducta a la educación fi nanciera, la educación fi nanciera en las escuelas, el papel del sector privado en la implementación de la educación fi nanciera, los vínculos entre educación, inclusión y estabilidad fi nancieras, entre otros; Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en benefi cio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor Juan Carlos Chong Chong, Jefe del Departamento de Educación e Inclusión Financiera de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera, para que participe como expositor con el tema “Métodos y Plataformas Utilizados en EEF: El Rol del Sector Público y de la SBS de Perú en Educación Financiera” del citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 Nº SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Juan Carlos Chong Chong, Jefe del Departamento de Educación e Inclusión Financiera de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera de la SBS, del 26 al 29 de noviembre de 2014, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por conceptos de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: