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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (25/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 62

El Peruano Martes 25 de noviembre de 2014 538356 ORDENANZA DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 446-MSS PARA LA REGULARIZACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS GENERADAS COMO PRODUCTO DE LA DECLARACIÓN VOLUNTARIA DEL CONTRIBUYENTE Artículo Primero.- Modifi car el literal b) del Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 446-MSS que aprueba la Regularización de Deudas Tributarias generadas como producto de la Declaración Voluntaria del contribuyente, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: “Artículo Tercero: CONDICIONES GENERALES Son requisitos para acogerse a los benefi cios dispuestos por la presente ordenanza: (…) b) En caso de inspección a solicitud de parte, ésta deberá presentarse hasta el 30 de noviembre de 2014, a efectos de realizar las inspecciones correspondientes hasta el 31 de diciembre de 2014. (…)” Artículo Segundo.- Prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 446-MSS, que aprobó la “Regularización de Deudas Tributarias generadas producto de la Declaración Voluntaria del contribuyente”, hasta el 31 de enero de 2015, tomando en cuenta los plazos señalados en el artículo primero de la presente ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Segunda.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, conforme al Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010- PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. Tercera.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza; así como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia sucesivamente, previo informe de la Gerencia de Administración Tributaria. Cuarta.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Tecnologías de la Información y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1168645-2 Convocan a elecciones de Representantes de las Juntas Vecinales Comunales del Distrito para el periodo 2015 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 27-2014-MSS Santiago de Surco, 17 de octubre del 2014 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTOS: El Informe Nº 63-2014-GPV-MSS de la Gerencia de Participación Vecinal, el Informe Nº 795-2014- GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales se propone la Convocatoria a Elecciones de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 28607, concordante con el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 401-MSS y su modifi catoria la Ordenanza Nº 444-MSS, que regula el procedimiento de Constitución, Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales; establece que el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía convoca a elecciones de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales, con una anticipación no menor de 60 días calendarios y antes del 31 de diciembre de cada año; Que, mediante Informe Nº 63-2014-GPV-MSS del 22.10.2014, la Gerencia de Participación Vecinal, remite el proyecto de Decreto de Alcaldía para la convocatoria a elecciones de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Santiago de Surco, en cumplimiento del Artículo 9º de la Ordenanza Nº 401-MSS y su modifi catoria la Ordenanza Nº 444-MSS; Que, con Informe Nº 795-2014-GAJ-MSS del 22.10.2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la emisión del Decreto de Alcaldía que disponga la convocatoria a elecciones de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales para el período 2015, teniendo en cuenta que los candidatos deberán adecuarse a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 401-MSS y su modifi catoria la Ordenanza Nº 444-MSS; Que, asimismo, señala que el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, refi ere en su Artículo 14º numeral 3, 3.2 sobre difusión de los proyectos de normas legales de carácter general, que se exceptúa su aplicación cuando: “la entidad por razones debidamente fundamentadas en el proyecto de norma, considere que la prepublicación de la norma es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al interés público”. En tal sentido, el cronograma electoral propuesto, es complemento de lo detallado en el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 401-MSS, publicada el 16.10.2011; Estando al Informe Nº 795-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las atribuciones conferidas en los Artículos 20º numeral 6) y 39º de la Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a Elecciones de Representantes de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Santiago de Surco, para el período 2015, conforme al siguiente Cronograma Electoral: CRONOGRAMA ELECTORAL Inscripción de Listas de Candidatos Presentación de petitorio en trámite Lunes 02 al lunes 16 febrero de 2015 Publicación del Listado Provisional de Candidatos Viernes 20 al miércoles 25 de febrero de 2015 Formulación de Tachas Jueves 26 de febrero al lunes 02 de marzo de 2015 Resolución de Tachas Martes 03 al lunes 09 de marzo de 2015 Publicación defi nitiva de Lista de Candidatos Martes 10 al viernes 20 de marzo de 2015 Acto Electoral Sábado 21 de marzo de 2015 de 09:00 – 13:00 hrs. Publicación de Resultados Lunes 23 de marzo de 2015