Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2014 (25/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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5.3.2 Pautas y Criterios: - Debera verificarse que la demanda o solicitud sea de competencia de los Juzgados de Paz Letrados, Juzgados Especializados o MORDAZA Superiores conforme a la materia, grado, cuantia o territorio. - La demanda o solicitud debe indicar a que organo jurisdiccional va dirigido, de lo contrario se indicara al usuario que no procede efectuar su recepcion, senalandole ademas el organo jurisdiccional competente. - Cuando el usuario insista en presentar su demanda o solicitud, pese las indicaciones efectuadas, se realizara su ingreso, debiendose hacer la siguiente observacion en el sistema bajo responsabilidad: "Demanda/Solicitud ingresada previa sugerencia de que no compete al (senalar organo jurisdiccional) que se esta dirigiendo el documento". - El ingreso se efectua aleatoriamente entre los Juzgados de Paz Letrados, Juzgados Especializados o MORDAZA Superiores competentes indicados por el usuario en su demanda o solicitud. - La indicacion de la via procedimental en las demandas o solicitudes es obligatoria, de no senalarla el usuario no se recepcionara el documento, salvo que se trate de una demanda perteneciente a una medida cautelar fuera de MORDAZA en cuyo caso su ingreso se efectuara como escrito al numero de expediente e instancia correspondiente a aquella generando el cuaderno principal. - Cuando se trate de demandas nuevas, bajo responsabilidad, se debera ingresar en el sistema los datos completos del Documento Nacional de Identidad del demandante, tal como aparecen en el referido documento. Asimismo, tratandose de personas juridicas se debera consignar el nombre completo de la misma, prescindiendo del nombre del representante o apoderado. La aleatoriedad en el ingreso es obligatoria, salvo los siguientes casos: - Cuando se trate del ingreso de demandas al MORDAZA de la Convencion sobre aspectos civiles de la Sustraccion de menores en el Distrito Judicial de MORDAZA, deberan efectuarse al 16° Juzgado de Familia como organo jurisdiccional competente, segun lo dispuesto mediante R.A. 182-2003-P-CSJLI-PJ. - Cuando se trate del ingreso de demandas de Variacion de Regimen de Visitas o Variacion de Tenencia; se efectuara al Juzgado especializado que conoce del MORDAZA que las origina, debiendose bajo responsabilidad hacer la siguiente observacion en el sistema: "Demanda ingresada al (senalar organo jurisdiccional)... que conoce el MORDAZA N°.... que la origina". - Las Demandas de Interdicto de Recobrar por despojo judicial, se efectuara al Juzgado Civil que expidio la resolucion en virtud de la cual se ejecuto el despojo, debiendose bajo responsabilidad, hacer la siguiente observacion en el sistema: "Interdicto ingresado al... (senalar organo jurisdiccional)...". 5.4 DEVOLUCIONES: 5.4.1 Requisitos: - Oficio dirigido a los Juzgados de Paz Letrados o Juzgados Especializados de la Corte Superior de Justicia de Lima. - Foliacion numerica y literal completa y, en caso de defectos en la foliacion o foliacion incompleta, la respectiva MORDAZA de los mismos. 5.4.2 Pautas y Criterios: Segun que el expediente devuelto aparezca o no, registrado con un numero autogenerado en el sistema, su ingreso se realizara de las siguientes formas: a) Expedientes sin numero de autogenerado: - Devolucion del expediente principal: El ingreso se efectuara con "prevencion" al Juzgado correspondiente de origen que conocio el MORDAZA y que remitio el expediente, ello se determinara de la verificacion efectuada de los ultimos actuados o del oficio de remision

El Peruano Martes 25 de noviembre de 2014

que corre en el expediente y del cual aparece ademas si fue remitido con o sin acompanados. En los casos en que el organo jurisdiccional al cual se debe devolver el expediente MORDAZA sido convertido, reubicado y/o desactivado, se debera ingresar aleatoriamente el expediente entre los demas organos jurisdiccionales de la misma subespecialidad de aquel que conocio la causa; salvo que, exista algun mandato superior que disponga y especifique de que manera se realizara la redistribucion. Al hacerse el ingreso con "prevencion" al Juzgado de origen, bajo responsabilidad se observara en el sistema: "Devolucion de Expediente del Juzgado... (especificar organo jurisdiccional)... e ingresado con prevencion a su Juzgado de origen". - Devolucion de incidentes: Si la devolucion es unicamente de uno o mas incidentes, sin remitir el principal, su ingreso se realizara por pedido especial al Juzgado que conocio el principal, toda vez que bajo responsabilidad, en ningun caso procede generar numeros en el sistema para incidentes si previamente esta registrado en el principal. b) Expedientes con numero autogenerado: - Del expediente principal: Su ingreso se efectuara a su numero autogenerado, debiendo bajo responsabilidad, actualizar su ubicacion en el sistema. En el caso de los expedientes provenientes de las diferentes MORDAZA Superiores y Supremas, estos deberan ser devueltos en el sistema informatico en MORDAZA a traves de la bandeja de devolucion de expedientes. - De incidentes: Si la devolucion es unicamente de uno o mas incidentes, sin remitir el principal, su ingreso se efectuara a su numero de incidente autogenerado cuando cuente con este, debiendose actualizar su ubicacion en el sistema, bajo responsabilidad. En caso de no contar con numero autogenerado propio, su ingreso se efectuara al autogenerado del principal. 5.5 INHIBITORIAS: 5.5.1 Inhibitoria de Parte (Cuestionamiento de Competencia) a) Requisitos: - MORDAZA del arancel judicial, - MORDAZA de cedulas de notificacion, - MORDAZA de copias de la inhibitoria y de sus anexos, - Indicacion de la via procedimental. b) Pautas y criterios: - Se debe verificar que la inhibitoria sea competencia de los Juzgados de Paz Letrados o Especializados conforme a la cuantia, materia, el grado y el territorio. - Si se presentan inhibitorias que no correspondan a los organos jurisdiccionales competentes, se indicara al usuario que no procede efectuar su recepcion, indicandole asimismo, el organo jurisdiccional competente. - Cuando el usuario insista en presentar su inhibitoria a pesar de la indicacion efectuada, se procedera a realizar su ingreso, debiendo bajo responsabilidad, hacer la siguiente observacion en el sistema: "Inhibitoria ingresada previa sugerencia de que no compete a los Juzgados... (indicar especialidad)...". - El ingreso se efectua de forma aleatoria a los Juzgados competentes que conocen de la via procedimental indicada en la solicitud de inhibitoria. La aleatoriedad en el ingreso es obligatoria y, se efectua al Juzgado de la misma sub especialidad o grado jerarquico del MORDAZA del cual se origina la inhibitoria, salvo el siguiente caso:

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