Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2014 (26/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Miercoles 26 de noviembre de 2014

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de la vigencia del presente decreto supremo. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingreso, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del Credito Suplementario a los que se hace referencia en el numeral 1.1 del articulo 1 del presente decreto supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4.- Del refrendo El presente decreto supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusion Social y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de noviembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1169642-1

(FONIE), aprobado mediante Decreto Supremo N° 0042013-MIDIS; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 957 344,00), a favor de los pliegos, Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y Ministerio de Energia y Minas, para financiar la ejecucion de treinta (30) proyectos de agua, saneamiento y electrificacion rural, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS: En Nuevos Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados (Articulo 23 de la Ley N° 29951, Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales ­ FONIE ) 40 957 344,00 -------------------TOTAL INGRESOS 40 957 344,00 =========== EGRESOS: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central : MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO : Programa Nacional de Saneamiento Rural : Recursos Determinados : Programa Nacional de Saneamiento Rural : Acciones Comunes : Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Rural 39 754 028,00 39 754 028,00 ===========

037 005

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 PROGRAMA PRESUPUESTAL0083 PRODUCTO ACTIVIDAD 3000001 5001778

GASTOS DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias : SUB TOTAL PLIEGO 037 SECCION PRIMERA PLIEGO

: Gobierno Central 016 : MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS UNIDAD EJECUTORA 005 : Direccion General de Electrificacion Rural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados PROGRAMA PRESUPUESTAL0046 : Acceso y uso de la Electrificacion Rural PROYECTO 2196762 : Ampliacion del Servicio de Energia Electrica en las localidades del distrito de Quisqui ­ MORDAZA MORDAZA GASTOS DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias : 1 203 316,00 SUB TOTAL PLIEGO 016 1 203 316,00 =========== TOTAL EGRESOS 40 957 344,00 ===========

ENERGIA Y MINAS
Encargan a PROINVERSION la conduccion del MORDAZA de licitacion hasta la adjudicacion de la Buena Pro del Proyecto "Linea de Transmision 220 kV MORDAZA - Los Heroes y Subestaciones Asociadas"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 504-2014-MEM/DM MORDAZA, 21 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 20º de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica (en adelante Ley de la Generacion Eficiente), el Sistema de Transmision del Sistema Electrico Interconectado Nacional (en adelante SEIN) esta integrado por las instalaciones del Sistema Garantizado de Transmision (en adelante SGT), del Sistema Complementario de Transmision (en adelante SCT), del Sistema Principal de Transmision (en adelante SPT) y del Sistema MORDAZA de Transmision (en adelante SST); Que, el articulo mencionado en el parrafo anterior establece que forman parte del SGT y del SCT aquellas instalaciones cuya puesta en operacion comercial se produce en fecha posterior a la promulgacion de la Ley de la Generacion Eficiente, mientras que forman parte del SPT y del SST, aquellas instalaciones calificadas como tales al MORDAZA de la Ley de Concesiones Electricas (en adelante LCE) y cuya puesta en operacion comercial se produjo MORDAZA de su promulgacion; Que, en cumplimiento de lo establecido en el literal a), numeral V, del articulo 139º del Reglamento de la

1.2 Los Pliegos habilitados en la Seccion Primera del numeral 1.1 del presente articulo, los montos del credito suplementario por proyectos, asi como las respectivas codificaciones, se detallan en el Anexo "Credito Suplementario para financiar intervenciones con recursos del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales ­ FONIE", que forma parte integrante del presente decreto supremo y que es publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social (www.midis. gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en el presente Credito Suplementario aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario

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