Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2014 (26/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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SE RESUELVE: Primero.- Precisese que el plazo para la MORDAZA de los Anexos 1 y 2 de la Resolucion Ministerial N° 2482014-MEM/DM, a traves del Anexo VI de la Declaracion Anual Consolidada (DAC), vencera el 30 de marzo de 2015, debiendo para tal efecto, el titular de la actividad minera, solicitar a la Direccion General de Mineria, la reactivacion del referido Anexo VI, correspondiente a la Declaracion Anual Consolidada (DAC) del ano 2013. Segundo.- Dejese sin efecto la Resolucion Directoral N° 0160-2014-MEM/DGM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Director General de Mineria 1169565-1

El Peruano Miercoles 26 de noviembre de 2014

INTERIOR
Conforman Comision Sectorial encargada de elaborar el Proyecto de Ley de Uso de la Fuerza y el MORDAZA Manual de Derechos Humanos Aplicados a la Funcion Policial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1167-2014-IN MORDAZA, 25 de Noviembre de 2014

Comision Especial encargada de estudiar, formular, fusionar o actualizar la normatividad del Manual de Derechos Humanos Aplicados a la Funcion Policial; Que, el articulo 35º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones del Poder Ejecutivo son organos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalizacion, propuesta o emision de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades, y que sus conclusiones carecen de efectos juridicos frente a terceros; no tienen personeria juridica ni administracion propia y estan integradas a una entidad publica; asimismo, se senala que para otras funciones que no MORDAZA las indicadas en el parrafo precedente, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo; Que, en el numeral 1 del articulo 36º de la Ley mencionada precedentemente prescribe que las Comisiones Sectoriales son de naturaleza temporal y se crean mediante Resolucion Ministerial del titular a cuyo ambito de competencia corresponden; Que, en ese sentido, resulta pertinente conformar una Comision Sectorial encargada de elaborar el proyecto de Ley de Uso de la Fuerza, asi como el MORDAZA Manual de Derechos Humanos Aplicados a la Funcion Policial, para lo cual debera considerarse las propuestas formuladas por la Direccion General para la Seguridad Democratica del Ministerio del Interior y por la Comision conformada por la Resolucion Directoral Nº 372-2014-DIRGEN/EMGPNP, respectivamente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; y el Decreto Legislativo Nº 1149, Ley de la MORDAZA y Situacion del Personal de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE:

CONSIDERANDO: Que, el articulo 166 de la Constitucion Politica del Peru senala que la Policia Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno; prestar proteccion y ayuda a las personas y a la comunidad; garantizar el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio publico y del privado; prevenir, investigar y combatir la delincuencia; y, vigilar y controlar las fronteras; Que, la Cuarta Disposicion Final y Transitoria de la Constitucion Politica del Peru establece que las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitucion reconoce se interpretan de conformidad con la Declaracion Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Peru; de igual manera, el articulo V del Titulo Preliminar del Codigo Procesal Constitucional, dispone que el contenido y alcances de los derechos constitucionales protegidos por los procesos regulados en el referido Codigo deben interpretarse de conformidad con la Declaracion Universal de Derechos Humanos, los tratados sobre derechos humanos, asi como de las decisiones adoptadas por los tribunales internacionales sobre derechos humanos constituidos segun tratados de los que el Peru es parte; Que, la Organizacion de las Naciones Unidas ha adoptado los Principios Basicos sobre el Empleo de la Fuerza y de MORDAZA de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, asi como el Codigo de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley; Que, mediante el articulo unico de la Ley Nº 30151 se modifico el inciso 11 del articulo 20 del Codigo Penal, a efectos de establecer que esta exento de responsabilidad penal el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru que, en el cumplimiento de su deber y en uso de sus MORDAZA u otro medio de defensa, cause lesiones o muerte; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1452-2006IN se aprobo el Manual de Derechos Humanos Aplicados a la Funcion Policial, con el cual se procura impulsar y fortalecer las conductas de respeto y proteccion de los Derechos Humanos en las funciones y actividades que realiza la Policia Nacional del Peru; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 372-2014DIRGEN/EMG-PNP, modificada por Resolucion Directoral Nº 600-2014-DIRGEN/EMG-PNP, se conformo una Articulo 1.- Comision Sectorial Conformar la Comision Sectorial encargada de elaborar el Proyecto de Ley de Uso de la Fuerza y el MORDAZA Manual de Derechos Humanos Aplicados a la Funcion Policial, la cual estara integrada de la siguiente manera: · El Ministro del Interior, o su representante, quien la presidira. · El Viceministro de Orden Interno del Ministerio del Interior o su representante. · El Director General de la Direccion General para la Seguridad Democratica o su representante. · El Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica o su representante. · El Director General de la Policia Nacional del Peru o su representante. · El Jefe de Estado Mayor General de la Policia Nacional del Peru o su representante. · El Inspector General de la Policia Nacional del Peru o su representante. · El Director Nacional de Operaciones Policiales de la Policia Nacional del Peru o su representante. · El Director Ejecutivo de Educacion y Doctrina de la Policia Nacional del Peru. · El Director Ejecutivo de Apoyo al Policia de la Policia Nacional del Peru. · El Director Ejecutivo de Asesoria de Juridica de la Policia Nacional del Peru. Articulo 2.- Secretaria Tecnica. La Comision Sectorial contara con una Secretaria Tecnica a cargo de un Asesor del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion, que sera designado por el Ministro del Interior. Articulo 3.- Desarrollo de actividades La Comision Sectorial, para la elaboracion de los proyectos normativos a su cargo, debera considerar las propuestas formuladas por la Direccion General para la Seguridad Democratica del Ministerio del Interior y por la Comision conformada por la Resolucion Directoral Nº 372-2014-DIRGEN/EMG-PNP, respectivamente. La Comision en el desarrollo de sus actividades podra invitar a especialistas o asesores tecnicos en la materia, asi como a representantes de instituciones publicas y/o privadas e instituciones academicas y representantes de la sociedad civil, para el cumplimiento de sus fines.

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