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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (29/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 97

El Peruano Sábado 29 de noviembre de 2014 538967 Nº 27972 – LOM que señala que: “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”; en estricto desempeño de sus atribuciones como autoridad local establecidas en el numeral 3) del artículo 79º de la LOM, en cuanto organización del espacio físico y uso del suelo; Que, con Informe Nº 065-2014-FEVS-SGCHU-GDU- MDSMP de fecha 28 de Octubre de 2014, emitido por abogado de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, recomienda emitir el acto administrativo correspondiente, aprobando el pedido de Habilitación Urbana Ejecutada, conforme a los artículos 38º y 39º del Reglamento, y otros conforme al Proyecto que adjunta el Informe Nº 0334-2014-MAGI-SGCHU-GDU-MDSMP, Notifi cándose conforme a Ley; De conformidad con la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General; Reglamento Nacional de Edifi caciones, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones – Ley Nº 29090 y modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2013-VIVIENDA modifi cado por Decreto Supremo Nº 012- 2013-VIVENDA, Ordenanza Nº 341-MML, Ordenanza Nº 1015-MML y Ordenanza Nº 1754-MML; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “RDM”, del inmueble con un área de 39,624.87 m2, constituido por la Parcela Nº 25 (Unidad Catastral Nº 10634) del Ex - Fundo Naranjal, inscrito en la Ficha Nº 307214 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, continuado en la Partida Electrónica Nº 43980335 de la Ofi cina Registral de Lima y Callao - SUNARP, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Horizonte de Naranjal I Etapa, de conformidad con el Plano con Nº 120-2014-SGCHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DECLARAR cumplidas las obras de agua potable, alcantarillado y electrifi cación, quedando pendiente de ejecución de pistas y veredas, ornamentación de parque, y señalización. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a CONSTRUCTORA INMOBILIARIA LESTHER S.A.para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses las Obras de Habilitación Urbana correspondiente a la pavimentación de pistas y veredas, ornamentación de parque, y señalización. Las obras deberán sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, de acuerdo a las especifi caciones siguientes: Diseño.- Se basará en el cuadro de áreas siguiente: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCION AREA (m2) Área Bruta 39,624.87 Área de Vivienda 26,540.90 Área de Recreación Pública 2,296.54 Área de Vías 10,787.43 TOTAL 39,624.87 TELECOMUNICACIONES: Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, el interesado deberá coordinar con la empresa de Telefonía correspondiente, para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. PAVIMENTOS: Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”, fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurara una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f’c=175Kg/ cm2 de 0.10 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20m, y el acabado será con mezcla cemento-arena fi na en porción 1:2 de un (01) centímetro de espesor. Los Radios de abanicos en las esquinas serán de 6.00m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad f’c=175Kg/cm2 y de dimensiones 0.15 x 0.30m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado fi nal igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30m. Rampas y Bermas para personas con discapacidad.- En los lugares señalados en el plano de trazado y lotización, se construirán rampas en las bermas, que conectarán los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE – U.190 “ADECUACION URBANISTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero del 2001. Artículo Cuarto.- CONSIDERAR esta habilitación urbana de tipo Progresivo, dejando diferido las obras faltantes que se aprueban de acuerdo a lo señalado en el Artículo 17, del Capítulo II, Norma TH.010 del Reglamento Nacional de Edifi caciones. Artículo Quinto.- DSPONER la preindependización y anotación preventiva en el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima; que hacen un total de 173 lotes para Uso de Vivienda. Artículo Sexto.- DISPONER a la Constructora Inmobiliaria Lesther S.A. la redención en dinero por el défi cit correspondiente al Ministerio de Educación (792.49 m2), serán cancelados antes de la Recepción de Obras de habilitación urbana, quedando en garantía el predio resultante constituido por los lotes 10, 11, 12, 13, 14, y 15 de la Manzana E, y el lote 35 de la manzana A, del Programa de Vivienda Horizonte de Naranjal I Etapa. Artículo Séptimo.- REMITIR una copia del FUHU, de los planos de trazado y lotización, la Memoria Descriptiva y la Resolución correspondiente a la Municipalidad Metropolitana de Lima –para conocimiento- a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para la inscripción del lote resultante y al Ministerio de Educación para su conocimiento. Artículo Octavo.- DISPONER la Publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano” para su publicación, en un plazo que no debe exceder de los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo de los propietarios del predio objeto de la Habilitación Urbana. Artículo Noveno.- PONER EN CONOCIMIENTO a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico, de acuerdo a sus competencias, incorporar la Habilitación Urbana a que se refi ere el artículo primero