Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2014 (11/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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10253 del ex Fundo MORDAZA MORDAZA e inscrito en la Ficha Nº300668, continuada en la Partida Nº 43710222 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, sobre el cual se localiza la Urbanizacion Brisas de MORDAZA MORDAZA, ubicado en esta jurisdiccion, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- DISPONER la inscripcion de la Habilitacion MORDAZA de conformidad con el Plano signado con el Nº 086-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE AREAS
AREA BRUTA AREA AFECTA POR VIAS METROPOLITANAS AREA UTIL DE VIVIENDA (141 LOTES) AREA RECREACION PUBLICA (Parque Nº1) AREA DE COMPENSACION AREA PENDIENTE DE HABILITACION MORDAZA AREA DE VIAS LOCALES 49,700.00 m2 17,606.90 m2 23,797.08 m2 336.22 m2 1,956.81 m2 219.67 m2 5,783.32 m2

El Peruano Sabado 11 de octubre de 2014

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con lo regulado en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa que se materializa a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de acuerdo al articulo 200º numeral 4 de la Carta Magna; Que, el articulo 195º numeral 4) y el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, y el articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­Ley Organica de Municipalidades ­ establecen que las municipalidades tienen competencia mediante Ordenanzas, para administrar sus bienes y rentas, asi como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, el articulo 52º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que es competencia de los gobiernos locales, administrar exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, MORDAZA estas ultimas, derechos, licencias o arbitrios y por excepcion los impuestos que la ley les asigne; Que, asimismo, el articulo 41º de la misma MORDAZA senala que excepcionalmente los gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren, estableciendo que en el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo; Que, en atencion a las facultades descritas precedentemente, los gobiernos locales se encuentran facultados para establecer politicas y estrategias que incentiven a los contribuyentes a cumplir sus obligaciones tributarias, y de esta forma garantizar el financiamiento de servicios publicos a favor de la comunidad. Que, en merito a los fundamentos y normas legales glosadas, la Gerencia de Rentas, propone la aprobacion de incentivos tributarios mediante un MORDAZA de induccion, que permita actualizar y proseguir con las estrategias para la incorporacion de nuevos contribuyentes, captando a los titulares de predios omisos o subvaluadores a fin de que regularicen y/o formalicen sus propiedades inmobiliarias en la jurisdiccion del distrito de Surquillo. Que, como consecuencia de la aplicacion de la presente ordenanza se obtendra un ensanchamiento de la base tributaria de contribuyentes, asimismo permitira una adecuada informacion respecto de las areas de los predios incorporados a la base, y que finalmente redundara en una equitativa distribucion del costo de las tasas por arbitrios municipales segun el predio y sus caracteristicas, entre los vecinos del distrito. Asimismo, se contribuiria en la recaudacion del Impuesto Predial, que forma parte de la meta del primer semestre establecida en el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal y de esta forma acceder a los recursos destinados por el gobierno. Estando a los fundamentos expuestos, y a las normas legales citadas, contando con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 301-2014-GAJ-MDS de fecha 24 de MORDAZA de 2014, asi como el Informe Nº 043-2014-GR-MDS de fecha 25 de MORDAZA de 2014 emitido por la Gerencia de Rentas; en cumplimiento de los dispositivos legales detallados en los considerandos y en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, articulo 9º y articulo 40º del mismo cuerpo legal y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal aprobo por mayoria la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL BENEFICIO TRIBUTARIO "CUMPLE YA" PARA ASENTAMIENTOS HUMANOS DEL DISTRITO DE SURQUILLO Articulo 1º.- FINALIDAD.- La presente ordenanza tiene por finalidad aprobar el Beneficio Tributario

Articulo Tercero.- APROBAR la Independizacion e inscripcion en la SUNARP, a favor del Estado y bajo administracion de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, del Aporte Reglamentario destinado a Recreacion Publica, constituido por el MORDAZA 1 de la Urbanizacion Brisas de MORDAZA MORDAZA, con un area de 336.22 m². Articulo Cuarto.- REMITIR a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA MORDAZA certificada de la resolucion municipal, Memoria Descriptiva y de los Planos de Ubicacion y Localizacion, Plano Perimetrico, Plano Catastral y Plano de Lotizacion Nº 086-2014-SGCyHUGDU-MDSMP, para su conocimiento. Articulo Quinto.- COMUNICAR la presente resolucion a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­SBN, para los fines que corresponda. Articulo Sexto.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el diario oficial El Peruano, en un plazo que no debe exceder los 30 dias siguientes de notificada la misma, a cargo de los propietarios del predio objeto de la Habilitacion MORDAZA de Oficio. Articulo Setimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Administracion Tributaria, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informatica y Desarrollo Tecnologico, para que, de acuerdo a sus competencias, incorporen la Habilitacion MORDAZA de Oficio a que se refiere el articulo Primero de la presente resolucion, al Plano MORDAZA del Distrito de San MORDAZA de Porres, asi como registrar los predios resultantes en el Registro de Contribuyentes de esta corporacion municipal. Articulo Octavo.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente acto administrativo a la parte interesada e instancias administrativas que correspondan. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BEAS MORDAZA (e) Alcaldia 1147956-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Crean beneficio tributario denominado "Cumple Ya" a favor de contribuyentes con predios ubicados en Asentamientos Humanos del distrito
ORDENANZA Nº 319-MDS Surquillo, 28 de agosto de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de fecha 28 de agosto de 2014 el Dictamen Nº 004-2014-CR-CM-MDS de fecha 13 de agosto de 2014 emitido por la Comision de Rentas; y,

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