TEXTO PAGINA: 66
El Peruano Sábado 11 de octubre de 2014 534536 de Reclamos de Usuarios” (en adelante Reglamento de Reclamos). CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 019-2011-CD-OSITRAN, se aprobó el nuevo “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias” del OSITRAN (en adelante Reglamento del OSITRAN), y sus normas modifi catorias; Que, la implementación de los respectivos Reglamentos de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de las Entidades Prestadoras está regulada por la normatividad siguiente: a) La Ley y demás dispositivos legales y reglamentarias pertinentes; b) Los Contratos de Concesión; c) El “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias” del OSITRAN; d) El “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” de cada Entidad Prestadora aprobado por el OSITRAN; g) Las demás disposiciones que dicte el OSITRAN sobre el particular; Que, mediante la Carta N° CVSN-OSITRAN-032-2014 de fecha 30 de septiembre del 2014 remitida por la empresa Concesionaria Vial Sierra Norte S.A., la misma que fue recibida por OSITRAN el día 30 de septiembre del 2014, el Concesionario alcanza para su aprobación un proyecto de “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios”; Que, mediante Informe Nº 038-11-GAL-OSITRAN del 09 de Agosto 2011, la Gerencia de Asesoría Legal concluye sobre el proceso que deben seguir la difusión y aprobación de diversas normas en aplicación del D.S. Nº 001-2009-JUS, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 15-01-2009. Que mediante Resolución N° 35-11-GS/OSITRAN del 11 de noviembre de 2011, la Gerencia de Supervisión establece la Directiva para el Procedimiento de Aprobación de los Reglamentos de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de las Entidades Prestadoras. En dicha directiva se establece que las entidades prestadoras deberán presentar su proyecto de Reglamento de Reclamos al OSITRAN para su aprobación. Que, corresponde a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización del OSITRAN disponer la difusión del “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” de la empresa Concesionaria Vial Sierra Norte S.A., de acuerdo a las disposiciones vigentes: RESUELVE: Primero.- Aprobar la difusión del proyecto de “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” presentado por la empresa Concesionaria Vial Sierra Norte S.A. Segundo.- Autorizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Asimismo, disponer que la presente Resolución y el contenido del proyecto de “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” de la Entidad Prestadora Concesionaria Vial Sierra Norte S.A. sean publicados y difundidos en la página Web del OSITRAN y de la empresa Concesionaria Vial Sierra Norte S.A. Tercero.- El plazo para que los Usuarios e interesados puedan remitir al OSITRAN sus comentarios y observaciones sobre dicho proyecto de Reglamento de Reclamos presentado por la empresa Concesionaria Vial Sierra Norte S.A. es de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación, de la presente Resolución, en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Cuarto.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser remitidos a OSITRAN, a nombre del Sr. Wilfredo Becerra Silva, Jefe de Carreteras Norte y Centro de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, sito en Av. República de Panamá 3659 – San Isidro – Lima. Quinto.- Notifi car la presente Resolución a la empresa Concesionaria Vial Sierra Norte S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO JARAMILLO TARAZONA Gerente de Supervisión y Fiscalización OSITRAN 1147846-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 208-2014-PROMPERÚ/SG Lima, 26 de setiembre de 2014 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de sus funciones PROMPERÚ ha programado, conjuntamente con empresas peruanas exportadoras del sector textil – Confecciones, la “Misión Comercial Perú Moda en Sao Paulo” a realizarse en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, los días 16 y 17 de octubre de 2014, con el objetivo de exhibir y promover nuestras exportaciones de confecciones de tejido de punto y plano, en algodón, alpaca y mezclas, tomando en cuenta las ventajas arancelarias que ofrece el Acuerdo de Complementación Económica ACE 58, suscrito con el Brasil en el marco de la ALADI; Que, es importante la realización de tal Misión, porque permitirá internacionalizar a las empresas peruanas participantes y promover nuestra oferta exportable de prendas de tejido elaboradas principalmente con algodón, fi bra de alpaca y mezclas, en el mercado brasileño; Que, por tal razón, la Dirección de Promoción de las Exportaciones de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice la comisión de servicios de la señora Yesenia Infantes Marcelo, quien presta servicios en dicha Dirección, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, para que en representación de la Entidad, realice acciones de promoción de las exportaciones en la Misión Comercial antes señalada; Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, de la señora Yesenia Infantes Marcelo, del 13 al 18 de octubre de 2014, para que en representación de PROMPERÚ, lleve a cabo diversas acciones de promoción de exportaciones en la