Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2014 (11/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano Sabado 11 de octubre de 2014

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las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinacion con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, publica o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el articulo 8º de la Ley Nº 26497Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Chaquil, Distrito de La MORDAZA, Provincia de MORDAZA MORDAZA, Departamento de MORDAZA, a la cual hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado expediente para la regularizacion de delegacion de funciones registrales, habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico en materia registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, organo encargado de supervisar y controlar el MORDAZA de autorizacion de delegacion de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegacion referida, a fin de establecer la vinculacion funcional, cuya difusion debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el caracter publico del registro; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 01598-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del articulo 44° de la Ley N° 26497; asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegacion, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Chaquil, Distrito de La MORDAZA, Provincia de MORDAZA MORDAZA, Departamento de Cajamarca. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad senalada en el articulo 1°, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia Tecnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, proporcionara los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Chaquil, Distrito de La MORDAZA, Provincia de MORDAZA MORDAZA, Departamento de Cajamarca; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdiccion pertenece, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 1148761-1

Modifican R.J. N° 196-2002-JEFRENIEC, en lo que respecta a la ubicacion geografica de la Comunidad MORDAZA de Bajo Pupuntas, ahora comprendido en el distrito de MORDAZA, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas
RESOLUCION JEFATURAL N° 238-2014/JNAC/RENIEC MORDAZA, 10 de octubre de 2014 VISTOS: El Informe N° 000315-2014/GPRC/SGIRC/RENIEC (01JUL2014) de la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000557-2014/GRC/ RENIEC (10JUL2014) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000080-2014/GPRC/RENIEC (29SEP2014) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral esta conformado por el conjunto de organos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinacion con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, publica o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el articulo 8º de la Ley Nº 26497Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, mediante la Guia de Procedimientos GP341-GPRC/SGIRC/003, Delegaciones de Funciones Registrales e Incorporacion al Sistema Registral de Oficinas de Registros del Estado Civil de Comunidades Nativas, aprobada por Resolucion Secretarial N° 093-2012-SGEN/RENIEC, se han regulado los procedimientos registrales relativos a Comunidades Nativas cuyas OREC han sido incorporadas al Sistema Registral; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA de Bajo Pupuntas, Distrito de El Cenepa, Provincia de Condorcanqui, Departamento de Amazonas, se encuentra incorporada al Sistema Registral por Resolucion Jefatural N° 1962002-JEF-RENIEC de fecha 20 de MORDAZA de 2002; Que, conforme a los informes de vistos, el registrador civil de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad MORDAZA aludida, solicito la modificacion de ubicacion geografica del Distrito de El Cenepa a MORDAZA, Provincia de Condorcanqui, Departamento de Amazonas, peticion reiterada por el Gobierno Regional de Amazonas, anexando los documentos correspondientes; habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico de Registros del Estado Civil; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, organo encargado de supervisar y controlar el MORDAZA de autorizacion de delegacion de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde modificar la Resolucion Jefatural N° 196-2002-JEF-RENIEC de fecha 20 de MORDAZA de 2002 en lo que respecta a la ubicacion geografica de la Comunidad MORDAZA de Bajo Pupuntas,

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