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El Peruano Viernes 17 de octubre de 2014 534922 Pasajes aéreos: (Incluye TUUA) ($1,490 x 5) US$ 7 450,00 Viáticos: (13 días x $315 x 5) US$ 20 475,00 --------------------- Total US$ 27 925,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuada la Comisión Ofi cial, los servidores, cuyo viaje se autoriza, deberán presentar al Jefe del INDECI, un informe detallado describiendo las actividades realizadas, los resultados obtenidos durante el mismo y la rendición de los gastos efectuados. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1151548-4 Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de las Municipalidades Distritales de Cachachi y Jesús de la “Mancomunidad Municipal José Carlos Mariátegui - MMJCM” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 034-2014-PCM/SD Lima, 10 de octubre de 2014 VISTOS: El Ofi cio Nº 012-2014-MMJCM-PD, la Ordenanza Municipal N° 005-2014-CM-MDT de la Municipalidad Distrital de Cachachi, la Ordenanza Municipal N° 006- 2014-MDJ de la Municipalidad Distrital de Jesús y el Informe Nº 099-2014–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de dos (2) o más municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; Que, el numeral 14.1 del artículo 14° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de separación voluntaria de una municipalidad de una mancomunidad municipal: a) Opera con la ordenanza municipal de la municipalidad que se separa, b) No requiere aprobación del Consejo Directivo y c) Subsisten las obligaciones pendientes de cumplir por la municipalidad que se separa; Que, el literal f) del artículo 5° del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, señala que la separación es uno de los actos inscribibles en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 572-2011-PCM/SD se dispuso la inscripción de la “Mancomunidad Municipal José Carlos Mariátegui – MMJCM”; luego, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 026-2012-PCM/SD se dispuso la inscripción de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Jesús. Esta mancomunidad municipal está integrada por las Municipalidades Distritales de Asunción, Cospán, Jesús y San Juan de la Provincia de Cajamarca, y Cachachi de la Provincia de Cajabamba, en el Departamento de Cajamarca; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Asunción y presidente de la “Mancomunidad Municipal José Carlos Mariátegui – MMJCM” solicita la inscripción de la separación de esta entidad de las Municipalidades Distritales de Cachachi y Jesús; Que, por la Ordenanza Municipal N° 005-2014-CM- MDT la Municipalidad Distrital de Cachachi aprueba su separación de la “Mancomunidad Municipal José Carlos Mariátegui – MMJCM”; Que, por la Ordenanza Municipal N° 006-2014-MDJ la Municipalidad Distrital de Jesús aprueba su separación de la “Mancomunidad Municipal José Carlos Mariátegui – MMJCM”; Que, acorde con el Informe Nº 099-2014–PCM/SD- OGI-MIRA los documentos presentados para la inscripción del acto de separación cumplen con el procedimiento establecido en el artículo 14º del Reglamento de la Ley y en el artículo 5° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización que dispone la inscripción de la separación de las Municipalidades Distritales de Cachachi y Jesús de la “Mancomunidad Municipal José Carlos Mariátegui – MMJCM”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 046-2010-PCM; el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de la Inscripción de Separación Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de las Municipalidades Distritales de Cachachi y Jesús de la “Mancomunidad Municipal José Carlos Mariátegui – MMJCM”. Artículo 2º.- Conformación del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal José Carlos Mariátegui – MMJCM” está conformado como sigue: - Presidente: Segundo Manuel Vigo Muñoz, alcalde de la Municipalidad Distrital de Asunción. - Director: José Ronald Alcántara Infante, alcalde de la Municipalidad Distrital de Cospán. - Director: Juan Carlos Aranda Crisólogo, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan. Artículo 3º.- Registro de Anexo Inscribir las ordenanzas de las Municipalidades Distritales de Cachachi y Jesús que aprueban su separación de la “Mancomunidad Municipal José Carlos Mariátegui – MMJCM”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI Secretaria de Descentralización (e) 1151174-1