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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (17/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Viernes 17 de octubre de 2014 534926 3. El producto estará contenido en envases nuevos y de primer uso. 4. Inspección fi tosanitaria en el punto de ingreso al país. 5. El Inspector del SENASA tomará una muestra para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del SENASA quedando el cargamento retenido hasta la obtención de los resultados del análisis. El costo del diagnóstico será asumido por el importador. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOISES PACHECO ENCISO Director General 1150575-1 CULTURA Otorgan la distinción “Personalidad Meritoria de la Cultura”, en mérito a importante labor de promoción y difusión de la música peruana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 372-2014-MC Lima, 16 de octubre de 2014 VISTO, el Informe Nº 433-2014-DGIA-VMPCIC/MC, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciendo entre sus funciones la de conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, de conformidad con el numeral 78.14 del artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, corresponde a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes emitir opinión técnica y recomendación para el otorgamiento de reconocimiento al mérito a los artistas que aporten al desarrollo cultural del país, solicitando los informes correspondientes a los órganos de línea del Ministerio; Que, asimismo, el numeral 82.15 del artículo 82 de la norma antes referida, establece que la Dirección de Artes tiene entre sus funciones, la de emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país; Que, de acuerdo al artículo 11 de la Directiva Nº 001- 2011-MC, sobre Declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de Reconocimientos, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC y sus modifi catorias, el Ministerio de Cultura, mediante Resolución Ministerial, reconoce a personas naturales y/o jurídicas, previo estudio en cada caso particular, con alguna de las distinciones siguientes: Personalidad Meritoria de la Cultura, Repositorio Vivo de la Memoria Colectiva, Medalla de Honor de la Cultura Peruana y Director Honorario; Que, mediante Informe Nº 839-2014-DIA-DGIA- VMPCIC/MC del 18 de setiembre de 2014, la Dirección de Artes sugiere el otorgamiento de la distinción como Personalidad Meritoria de la Cultura al señor José Arturo Torres Ventocilla, conocido como “Pepe Torres”, por su importante labor de promoción y difusión de la música peruana; al ser un destacado compositor e intérprete de la guitarra, principalmente en los géneros de música clásica, criolla y andina; con una extensa escritura de partituras y arreglos musicales, además de haber promovido la enseñanza de la misma desde su reconocida escuela; Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, mediante el Informe Nº 433-2014-DGIA- VMPCIC/MC del 23 de setiembre de 2014, emite opinión favorable para el reconocimiento del señor José Arturo Torres Ventocilla, conocido como “Pepe Torres”, como Personalidad Meritoria de la Cultura; Que, en ese sentido, se ha considerado distinguir como Personalidad Meritoria de la Cultura al señor José Arturo Torres Ventocilla, conocido como “Pepe Torres”, por su importante labor de promoción y difusión de la música peruana; Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Directora General de la Dirección de Promoción y Difusión Cultural, actualmente Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Directiva Nº 001-2011/MC, Directiva sobre la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el Otorgamiento de Reconocimientos, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, al señor José Arturo Torres Ventocilla, conocido como “Pepe Torres”, en mérito a su importante labor de promoción y difusión de la música peruana, al ser un destacado compositor e intérprete de la guitarra principalmente en los géneros de música clásica, criolla y andina. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, para que proceda con el trámite que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1151404-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal del Ejército del Perú a Puerto Rico, por motivo de tratamiento médico altamente especializado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 603-2014-DE/EP Lima, 16 de octubre de 2014 VISTOS: La Hoja de Recomendación Nº 023 Y-6.a.4/15.00 y la Hoja de Recomendación N° 024 Y-6.a.4/15.00, de fechas 03 de octubre de 2014, respectivamente, del Comando de Salud del Ejército. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema N° 107-2014-DE/ del 12 de marzo de 2014, se resolvió autorizar el viaje al exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado, al Tte Crl EP Max Eduardo ESPINOZA SÁNCHEZ, con diagnóstico: Cuadriplejia Espástica ASIA B Secuelar por Traumatismo Vertebromedular a nivel C6-C7 (G82.4 CIE 10 OMS) y al Cap EP Elard SALINAS JAGUANDE, con diagnóstico: Paraplejia fl ácida nivel neurológico T4 ASIA A post Traumatismo Vertebromedular a nivel D6 por proyectil de arma de fuego (G82 CIE 10 OMS), intestino y vejiga neurogénica (N32 CIE 10 OMS) y portador de ileostomía (Z93.2 CIE 10 OMS), para realizar la Segunda Fase de Terapia Electroneuromedular, en la CLÍNICA PAIN CENTER DR. OSVALDO FONT – TERAPIA ELECTRONEUROMEDULAR, acompañados por el Tco2 EP Raúl MAQQUERHUA ÁLVAREZ y por el Tco2 EP