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El Peruano Viernes 17 de octubre de 2014 534938 de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en misión de estudios, a partir del 18 al 30 de octubre, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, del siguiente personal policial: - Coronel de la Policía Nacional del Perú Oscar Agustín Durand Garate, - Coronel de la Policía Nacional del Perú Edward Fausto Iparraguirre Pulcha, - Coronel de Servicios de la Policía Nacional del Perú Edith Elena Palomino Camacho, - Comandante de la Policía Nacional del Perú Milwar Berly Alarcón López, - Comandante de la Policía Nacional del Perú Carlos Alberto Li Zapata, - Comandante de la Policía Nacional del Perú Carlos Demetrio Mosso Carmona, - Comandante de la Policía Nacional del Perú Fernando Martin Peña Rodríguez, - Comandante de la Policía Nacional del Perú Alberto Miguel Rojas Méndez, - Comandante de la Policía Nacional del Perú José Enrique Ruiz Benavente, - Comandante de la Policía Nacional del Perú Rómulo Orlando Varillas Avendaño, - Comandante de la Policía Nacional del Perú Víctor Manuel Vargas Jiménez, - Comandante de Servicios de la Policía Nacional del Perú Irma Alejandrina Pajuelo Casimiro, - Mayor de la Policía Nacional del Perú Luis Alberto Musayon Díaz, - Mayor de la Policía Nacional del Perú Ana Rosa Portocarrero Tafur, - Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Madeleine Eva Consuelo Gonzales, - Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Oscar Iván Fernández Monasi, - Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Víctor Antonio Peche Gamarra, - Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Yina Marina Rodríguez Falconi, - Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Elmer Oswaldo Suarez Díaz, - Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Luis Raúl Mallqui Cedano, - Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Boris Panduro Budiel, - Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Raúl Emilio Levizaca Cayllahua, - Subofi cial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú Pedro Francisco Barrios Lazo; y, - Subofi cial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Luis Manuel Chafl oque Neciosup; Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos, pasajes aéreos y Tarifa Única de Uso de Aeropuerto que ocasione el viaje al que se hace referencia en el artículo precedente, se efectuarán a cargo de la Unidad Ejecutora 002, Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional Del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Pers. T/C Total S/. Viáticos US$ 370.00 12 X 24 = US$ 106,560.00 2.879 306,786.24 Pasajes US$ 689.00 X 24 = US$ 16,536.00 2.879 47,607.14 354,393.38 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal designado deberá presentar ante el titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas documentada por los viáticos asignados. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1151548-7 Prorrogan la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en los departamentos de Arequipa, Puno y Madre de Dios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 196-2014-IN Lima, 16 de octubre de 2014 VISTO, el Ofi cio N° 1796-2014-IN-DM de fecha 13 de octubre de 2014; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 44° de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; Que, mediante Resolución Suprema N° 079-2014-IN del 21 de abril de 2014, se autorizó la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en los departamentos de Arequipa, Puno y Madre de Dios, del 21 de abril al 20 de mayo de 2014; con el fi n de asegurar el control del orden interno y evitar actos de violencia o cualquier ilícito penal que se pudiera cometer con ocasión de las movilizaciones promovidas por la minería ilegal e informal; Que, el plazo mencionado precedentemente fue prorrogado por Resoluciones Supremas N°s. 090-2014- IN, 106-2014-IN, 127-2014-IN, 142-2014-IN y 158- 2014-IN, del 21 de mayo al 20 de junio de 2014, del 21 de junio al 20 de julio de 2014, del 21 de julio al 19 de agosto de 2014, del 20 de agosto al 18 de setiembre de 2014, y del 19 de septiembre al 18 de octubre de 2014, respectivamente; Que, a través del Ofi cio del visto, y en atención al requerimiento efectuado por la Policía Nacional del Perú, el señor Ministro del Interior ha solicitado al señor Presidente de la República la prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas para los departamentos de Arequipa, Puno y Madre de Dios del 19 de octubre al 17 de noviembre de 2014, con el objeto de garantizar el control y mantenimiento del orden interno y público en el territorio nacional, debido a eventuales movilizaciones promovidas por la minería ilegal e informal; Que, el numeral 4.3 del artículo 4, concordante con los artículos 21, 22, 23, 24 y 25 del Decreto Legislativo N° 1095, que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional, dispone que las Fuerzas Armadas pueden actuar en apoyo a la Policía Nacional del Perú en caso de Tráfi co Ilícito de Drogas, Terrorismo, Protección de Instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país y servicios públicos esenciales, así como en otros casos constitucionalmente justifi cados, en que la capacidad de la Policía sea sobrepasada en el control del orden interno, sea previsible o existiera el peligro de que esto ocurriera; Que, en consecuencia, resulta conveniente disponer la prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas en