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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (17/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Viernes 17 de octubre de 2014 534931 PRODUCTO 3043981 : Viviendas protegidas de los principales condicionantes del riesgo en las áreas de alto y muy alto riesgo de enfermedades metaxénicas y zoonosis ACTIVIDAD 5000091 : Intervenciones en viviendas protegidas de los principales condicionantes del riesgo en las áreas de alto y muy alto riesgo de enfermedades metaxénicas y zoonosis GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 922 471,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 95 000,00 PRODUCTO 3043980 : Pobladores de áreas con riesgo de transmisión informada conoce los mecanismos de transmisión de enfermedades metaxénicas y zoonóticas ACTIVIDAD 5000090 : Información de los mecanismos de transmisión de enfermedades metaxénicas y zoonóticas en pobladores de áreas con riesgo GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 120 000,00 PRODUCTO 3043977 : Familia con prácticas saludables para la prevención de enfermedades metaxénicas y zoonóticas ACTIVIDAD 5000087 : Promoción de prácticas saludables para la prevención de enfermedades metaxénicas y zoonóticas en familias de zonas de riesgo GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 24 000,00 PRODUCTO 3043978 : Instituciones educativas que promueven prácticas saludables para la prevención de enfermedades metaxénicas y zoonóticas ACTIVIDAD 5000088 : Promoción de prácticas saludables para la prevención de enfermedades metaxénicas y zoonóticas en instituciones educativas GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 18 500,00 PRODUCTO 3043979 : Municipios participando en disminución de la transmisión de enfermedades metaxénicas y zoonóticas ACTIVIDAD 5000089 : Promoción de prácticas saludables para la disminución de la transmisión de enfermedades metaxénicas y zoonóticas GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 9 500,00 PRODUCTO 3043983 : Diagnóstico y Tratamiento de Enfermedades Metaxénicas ACTIVIDAD 5000093 : Evaluación, diagnóstico y tratamiento de enfermedades metaxénicas. GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 382 798,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 10 000,00 PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes ACTIVIDAD 5000085 : Monitoreo, supervisión, evaluación y control de metaxénicas y zoonosis GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 155 000,00 ----------------- TOTAL EGRESOS 2 737 269,00 ========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1151548-1 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar el incremento de la jornada laboral del profesor de nivel secundario DECRETO SUPREMO Nº 286-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, dispone que a partir del año 2014, la jornada laboral de 24 horas semanales del profesor de nivel secundario de la modalidad de educación básica regular, podrá incrementarse a razón de no más de dos horas pedagógicas semanales, autorizadas por la Dirección Regional de Educación o la que haga sus veces, si es que la necesidad del servicio lo requiere; asimismo, señala que la evaluación para determinar la necesidad del servicio se realiza por lo menos cada dos años; pudiendo un profesor alcanzar un máximo de treinta horas pedagógicas; Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014, que dicta medidas extraordinarias y urgentes adicionales en materia económica y fi nanciera para estimular la economía nacional, autoriza al Ministerio de Educación a realizar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, a fi n de fi nanciar el incremento de la jornada laboral del profesor de nivel secundario a que se refi ere la Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la