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El Peruano Viernes 17 de octubre de 2014 534929 UN MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 41 825 530.00), en el marco de lo dispuesto por el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 003-2014-PRODUCE; Que, por tanto, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas hasta por la suma de CUARENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 41 825 530.00), del pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, a favor del pliego 038: Ministerio de la Producción, en el marco del proceso de fusión de la Unidad Ejecutora 012: Unidad Coordinadora del Programa de Ciencia y Tecnología de la Presidencia del Consejo de Ministros a la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 003-2014-PRODUCE; De conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 003-2014-PRODUCE, artículo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Décima Tercera Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modifi catorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de CUARENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 41 825 530.00), del pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, a favor del pliego 038: Ministerio de la Producción, en el marco del proceso de fusión por absorción indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 012 : Unidad Coordinadora del Programa de Ciencia y Tecnología ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2160305 : Innovación para la Competitividad FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 22 735 213,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 11 219 878,00 ACTIVIDAD 5000444 : Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos 6 434 619,00 ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 410 691,00 2.5 Otros Gastos 1 658,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 23 471,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 41 825 530,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 038 : Ministerio de la Producción UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2160305 : Innovación para la Competitividad FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 22 735 213,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 11 219 878,00 ACTIVIDAD 5000444 : Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos 6 434 619,00 ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 410 691,00 2.5 Otros Gastos 1 658,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 23 471,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 41 825 530,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel programático dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modifi catorias. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo que forma parte de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específi ca; y, se presentará junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. Dicho Anexo se publica en el portal electrónico del Pliego Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se