Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2014 (28/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Martes 28 de octubre de 2014

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Que, en virtud de los compromisos asumidos por este Ministerio a traves del Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional de fecha 22 de MORDAZA de 2014 suscrito con el Banco de la Nacion en el MORDAZA de las actividades preparatorias para la realizacion de las Juntas de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional y considerando que la Titular del Ministerio forma parte del Consejo Directivo del "Proyecto Especial Juntas de Gobernadores BM/ FMI ­ 2015 Peru", se estima por conveniente delegar facultades especiales a la Directora General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Cultura, para que en nombre del Ministerio de Cultura pueda suscribir el Contrato de Servidumbre con Luz del Sur S.A.A. respecto del predio identificado como Lote 1 (Remanente) ubicado en la avenida MORDAZA MORDAZA Este Nº 2465, Distrito de San MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 45388557 del Registro de Predios de la Oficina Registral de MORDAZA, MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, que comprende el otorgamiento de una Servidumbre de Ocupacion para la construccion e instalacion de la mencionada subestacion y una Servidumbre de Electroducto y MORDAZA para la instalacion de las redes electricas de Media Tension que se requieran para su implementacion y funcionamiento, asi como las acciones y tramites administrativos que para la ejecucion de dicho contrato se requieran, tales como la firma de la respectiva Minuta y Escritura Publica del Contrato de Servidumbre y de los planos que acompanan al contrato como anexo; la suscripcion y/o MORDAZA de la carta y expediente que se debera presentar a Luz del Sur S.A.A. para la suscripcion del Contrato de Servidumbre; la MORDAZA del Expediente para la aprobacion de las obras civiles para la construccion de la subestacion; la MORDAZA de solicitudes para la autorizacion Municipal referida al inicio de las obras civiles; la aprobacion y/o suscripcion de los requisitos del Contrato de Servidumbre y del Expediente de obras civiles; y el levantamiento de las observaciones que se formulen a los referidos expediente tecnicos; De conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 0052013-MC, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 241-2012-EF, que declaro de interes nacional la realizacion de las Juntas de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondientes al ano 2015; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; el Decreto Supremo Nº 097-2013-EF, que dicto disposiciones sobre entidades comprendidas en lo dispuesto en la Quincuagesima Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2013 y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar facultades especiales a la Directora General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Cultura, para que en nombre del Ministerio de Cultura pueda suscribir el Contrato de Servidumbre con Luz del Sur S.A.A. respecto del predio identificado como Lote 1 (Remanente) ubicado en la avenida MORDAZA MORDAZA Este Nº 2465, Distrito de San MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 45388557 del Registro de Predios de la Oficina Registral de MORDAZA, MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, que comprende el otorgamiento de una Servidumbre de Ocupacion para la construccion e instalacion de la mencionada subestacion y una Servidumbre de Electroducto y MORDAZA para la instalacion de las redes electricas de Media Tension que se requieran para su implementacion y funcionamiento, asi como las acciones y tramites administrativos que para la ejecucion de dicho contrato se requieran, tales como la firma de la respectiva Minuta y Escritura Publica del Contrato de Servidumbre y de los planos que acompanan al contrato como anexo; la suscripcion y/o MORDAZA de la carta y expediente que se debera presentar a Luz del Sur S.A.A. para la suscripcion del Contrato de Servidumbre; la MORDAZA del Expediente para la aprobacion de las obras civiles para la construccion de la subestacion; la MORDAZA de solicitudes para la autorizacion Municipal referida al inicio de las obras civiles; la aprobacion y/o suscripcion de los requisitos del Contrato de Servidumbre

de la construccion e implementacion del "Gran Centro de Convenciones de Lima" y de la preparacion, organizacion y realizacion de las Juntas de Gobernadores del Grupo Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondientes al ano 2015"; Que, complementando la Disposicion Complementaria Final MORDAZA citada, mediante Decreto Supremo Nº 0972013-EF, publicado el 24 de MORDAZA de 2013, se dictaron disposiciones sobre entidades comprendidas en lo dispuesto en la Quincuagesima Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2013, estableciendo que El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y el Banco de la Nacion se encuentran comprendidos en lo dispuesto en la Quincuagesima Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano 2013, exclusivamente para efectuar las contrataciones de bienes, servicios y obras necesarios para la construccion e implementacion, entre otros y de ser necesario, del edificio que sera cedido temporalmente por el Banco de la Nacion, para cubrir las necesidades de infraestructura que requiere la celebracion de las Juntas de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondientes al ano 2015, a llevarse a cabo en la Republica del Peru; Que, mediante Carta EF/92.2600 Nº 177-2014 de fecha 12 de junio de 2014, el Banco de la Nacion solicito al Ministerio la autorizacion para la construccion de una subestacion de distribucion electrica que se ubicara dentro del terreno de propiedad del Ministerio y de acuerdo a la localizacion establecida por la Empresa Luz del Sur, la cual permitira atender las necesidades de energia del proyecto de la nueva sede del Banco de la Nacion que sera utilizada en un primer momento para la realizacion de las Juntas de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondientes al ano 2015; Que, en ese contexto, con fecha 22 de MORDAZA de 2014, el Ministerio de Cultura y el Banco de la Nacion suscribieron un Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional que tiene por objeto "(...) promover la cooperacion interinstitucional entre las partes para la adecuada implementacion de la subestacion de distribucion electrica subterranea que se ubicara en el predio de EL MINISTERIO con frente a la Av. MORDAZA MORDAZA Este, denominado Lote Nº 1, ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA Este Nº 2465, Av. Aviacion, Av. De la Arqueologia y MORDAZA del Comercio, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 45388557 del Registro de Predios de MORDAZA, con una medida en subterraneo de 6,00 metros de frente por 10,75 metros de fondo y profundidad de 6,00 metros, que abastecera de energia electrica las instalaciones de la Nueva Sede Institucional de EL BANCO, el mismo que sera utilizado en el desarrollo de las Juntas de Gobernadores del Grupo Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondientes al ano 2015"; Que, con Carta EF/92.2650 Nº 236-2014 de fecha 10 de setiembre de 2014, el Banco de la Nacion, en cumplimiento de los compromisos asumidos en el Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional descrito en el parrafo anterior, presenta el proyecto del Contrato de Servidumbre a suscribirse entre Luz del Sur S.A.A. y el Ministerio de Cultura, en calidad de propietario de la parte proporcional del bien que sera cedido en servidumbre, para la implementacion de la subestacion subterranea de distribucion electrica en referencia, el mismo que comprende una Servidumbre de Ocupacion para la construccion e instalacion de la mencionada subestacion y una Servidumbre de Electroducto y MORDAZA para la instalacion de las redes electricas de Media Tension; Que, asimismo, con Carta EF/92.2650 Nº 248-2014 de fecha 16 de setiembre de 2014, el Banco de la Nacion remite dos (2) planos originales en los que se indican las areas materia de las servidumbres a otorgarse a favor de Luz del Sur S.A.A., senalando que dichos documentos forman parte del Contrato de Servidumbre MORDAZA citado; Que, el ultimo parrafo del articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no MORDAZA privativas de su funcion, siempre que la normatividad lo autorice;

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