Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2014 (28/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Martes 28 de octubre de 2014

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y otros, que por leyes organicas o especiales, tenga que obtener la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A. para cumplir con las exigencias de proteccion del ambiente y de seguridad asociadas a sus instalaciones dentro del area descrita en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema constituira titulo suficiente para la correspondiente inscripcion de la servidumbre otorgada en los Registros Publicos. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas y el Ministro de Agricultura y Riego. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego ANEXO I DESCRIPCION DEL AREA Titular Ministerio de Agricultura y Riego. Ubicacion Predio ubicado en el distrito de Lurin, provincia y departamento de Lima. Area total del terreno afectada 0.228013 ha

02332). Sin embargo, dado que el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0402008-EM, senala que en caso de predios de propiedad del Estado se debera solicitar el pronunciamiento de la entidad a la cual se encuentra adscrito, teniendo en cuenta que esta no ha planteado observaciones -respecto de la existencia de un fin economico o util-, y ademas, considerando que la Unidad Catastral no involucra derechos de propiedad, la Direccion General de Hidrocarburos emitio el Oficio Nº 383-2013-MEM/DGH de fecha 27 de marzo de 2013, mediante el cual comunica al Ministerio de Agricultura y Riego que habiendo trascurrido el plazo otorgado sin que MORDAZA planteado dichas observaciones, continuara con el tramite solicitado por la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A.; Que, de acuerdo a la Clausula Cuarta del Contrato BOOT de Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, el plazo de imposicion de la concesion es de treinta y tres (33) anos, contados a partir de la Fecha de Cierre, por lo que el periodo de imposicion de servidumbre sobre el area descrita se debera prolongar hasta la culminacion de la concesion, sin perjuicio de las causales de extincion previstas en el referido Contrato y de las que correspondan de acuerdo a las normas aplicables; Que, la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, ha emitido opinion favorable a la imposicion del derecho de servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA sobre el predio MORDAZA descrito, a favor de la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A., cumpliendo con expedir el Informe Tecnico N° 057-2013-MEM/DGHGGN y el Informe Legal N° 0023-2014-MEM/DGH-DNH; Que, atendiendo a la solicitud efectuada por la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A. y de acuerdo a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, asi como a lo dispuesto por el Titulo IV "Uso de bienes publicos y de terceros" del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM, se ha dado cumplimiento al procedimiento de constitucion de derecho de servidumbre sobre bienes privados, razon por la cual corresponde imponer el derecho de servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA solicitado a favor de la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A.; De conformidad con lo establecido por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-EM, el Titulo IV del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0402008-EM, el Decreto Supremo Nº 062-2010-EM y por el Contrato BOOT de Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir el derecho de servidumbre legal de ocupacion, paso y MORDAZA a favor de la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A. sobre un predio de propiedad del Ministerio de Agricultura y Riego, inscrito en la Partida Registral N° 46242653 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA, ubicado en el distrito de Lurin, provincia y departamento de MORDAZA, correspondiendole las coordenadas geograficas UTM senaladas en el Anexo I y el plano de servidumbre del Anexo II que forman parte integrante de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- El plazo de afectacion del area de servidumbre a la que hace referencia el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, se prolongara hasta la culminacion del Contrato BOOT de Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, sin perjuicio de las causales de extincion que correspondan segun el referido Contrato y las previstas en el articulo 103 del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-EM. Articulo 3º.- La aprobacion de la presente servidumbre no constituye el otorgamiento de autorizaciones, permisos

COORDENADAS UTM (PREDIO) AREA DE SERVIDUMBRE (0.228013 ha) CA-LU-08-A MORDAZA A COORDENADAS UTM LONGITUD - PSAD56 LADO (m) ESTE NORTE 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-7 7-8 8-9 9-10 38.24 29.10 8.84 5.32 26.41 31.84 5.16 0.42 10.14 301288.5098 301308.3834 301322.4527 301316.3200 301312.4970 301299.7310 301283.1853 301280.5056 301280.1973 8642234.1483 8642201.4786 8642176.0015 8642169.6400 8642173.3437 8642196.4607 8642223.6596 8642228.0647 8642228.3447

VERTICE 1 2 3 4 5 6 7 8 9

CA-LU-08-A MORDAZA B VERTICE 1 2 3 4 5 6 LADO 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-1 LONGITUD (m) 184.07 55.06 31.10 9.90 269.41 6.02 COORDENADAS UTM - PSAD56 ESTE 300809.9659 300941.3262 300982.1787 301006.4274 300999.1389 300805.8200 NORTE 8642668.9595 8642540.0206 8642503.1083 8642483.6419 8642476.9418 8642664.5900

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