Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2014 (28/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Martes 28 de octubre de 2014

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VISTO: El Expediente Nº 2084854 de fecha 14 de MORDAZA de 2011 y sus Anexos Nos. 2091860, 2113378, 2129989, 2134822, 2137229, 2140339, 2152889, 2158063, 2169014, 2191085, 2226327, 2270923, 2284578 y 2335901, presentado por la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A. sobre la solicitud de imposicion de derecho de servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA sobre un predio de propiedad del Ministerio de Agricultura y Riego, inscrito en la Partida Registral N° 46242653 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA, ubicado en el distrito de Lurin, provincia y departamento de Lima; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 103-2000EM, se otorgo a Transportadora de Gas del Peru S.A. la concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, en los terminos y condiciones que se detallan en el Contrato de Concesion correspondiente; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 015-2002-EM, se autorizo la Cesion de Posicion Contractual del Contrato BOOT de Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en MORDAZA y Callao, entre Transportadora de Gas del Peru S.A. - TGP en su calidad de Cedente y la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A. en su calidad de Cesionaria. Asimismo, se aprobo el Convenio de Cesion de Posicion Contractual correspondiente; Que, en virtud del Contrato BOOT de Concesion, la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A., asumio la obligacion de construir, instalar y operar las redes de distribucion por ductos y estaciones reguladoras y compresoras que le permitan brindar el Servicio de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; Que, conforme a lo dispuesto por los articulos 82 y 83 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, las personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades de exploracion y explotacion de hidrocarburos, construccion, operacion y mantenimiento de ductos para el transporte de hidrocarburos, asi como la distribucion de gas natural, podran gestionar permisos, derechos de servidumbre, uso de agua, derechos de superficie y otro MORDAZA de derechos y autorizaciones sobre terrenos publicos o privados, que resulten necesarios para que lleven a cabo sus actividades; Que, las mencionadas disposiciones establecen que los perjuicios economicos que genere el ejercicio del derecho de servidumbre deberan ser indemnizados por las personas que los ocasionen; asimismo, contemplan que el Reglamento de la referida Ley establecera los requisitos y procedimientos que permitiran el ejercicio de tales derechos; Que, al MORDAZA de la normativa vigente, mediante el Expediente Nº 2084854 la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A. solicito la imposicion de derecho de servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA sobre un predio de propiedad del Ministerio de Agricultura y Riego, inscrito en la Partida Registral N° 46242653 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA, ubicado en el distrito de Lurin, provincia y departamento de MORDAZA, correspondiendole las coordenadas geograficas UTM senaladas en el Anexo I y el plano de servidumbre del Anexo II que forman parte integrante de la presente Resolucion Suprema; Que, la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A., sustenta su solicitud en la necesidad de contar con la infraestructura suficiente para prestar el Servicio Publico de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos a los diversos usuarios del departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, de acuerdo a lo establecido en el Contrato BOOT de Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, suscrito con el Estado Peruano; Que, de la revision de los documentos presentados por Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A. se verifico que ha cumplido con presentar los requisitos de admisibilidad establecidos en el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos,

Que, al respecto, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las senaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificado por los Decretos Supremos N°s. 005-2006-PCM y 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar, por excepcion, el viaje del senor MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Cooperacion Financiera No Reembolsable de la Oficina de Cooperacion Internacional del Ministerio de Educacion, al canton de Arenillas, provincia de El Oro, Republica de Ecuador, del 28 al 30 de octubre de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educacion ­ Unidad Ejecutora 024, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Viaticos : US$ 1 110,00 (3 dias de evento - US$ 370.00 x dia) Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el profesional citado en el articulo anterior debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1156035-5

ENERGIA Y MINAS
Constituyen derecho de servidumbre legal de ocupacion, paso y MORDAZA a favor de Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A. sobre predio ubicado en la provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 071-2014-EM MORDAZA, 27 de octubre de 2014

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