Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2014 (30/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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y Finanzas, y la Gerencia de Imagen Institucional el fiel cumplimiento de la presente. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el palacio Municipal a los dieciseis dias del mes de octubre del ano dos mil catorce. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA 1156992-1

El Peruano Jueves 30 de octubre de 2014

Los Libertadores ­ Jr. MORDAZA MORDAZA Mariategui) con un ancho vial de 12.30 metros lineales, conforme al diseno que Anexo 1, Anexo 2 y Anexo 3, respectivamente, forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA y la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa 1156887-1

PROVINCIAS MORDAZA MORDAZA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAJACAY
Disponen el saneamiento fisico legal de diversos predios ubicados en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 090-2014-MDC/A Cajacay, 10 de MORDAZA del 2014 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CAJACAY VISTO: El Informe Nº 111-2014-A-MDC/BHTJ-J emitido por la Oficina de Desarrollo MORDAZA Rural y el expediente administrativo Nº 710; y, CONSIDERANDO: Que, es de interes de la Municipalidad Distrital de Cajacay, obtener el saneamiento fisico legal y la inscripcion Registral de los bienes inmuebles de su propiedad. Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-96-PCM de 20-junio -96 se dispuso que los Gobiernos Locales entre otros organismos de la administracion publica deberan dictar las medidas especificas para obtener el Saneamiento Fisico Legal de los bienes inmuebles de su propiedad, cuyo dominio no se encontrara inscrito en el registro de propiedad de la oficina registral pertinente; Que, la Ley Nº 26512 de -27-Julio-95 declaro necesidad y utilidad publica el saneamiento fisico legal de los bienes inmuebles del sector educacion y el sector transportes, comunicaciones, vivienda y construccion; Que, mediante la Ley Nº 27493 de 11-junio-01 se ha hecho extensivo a favor de las municipalidades los alcances de la ley 26512; Que, la Municipalidad Distrital de Cajacay es propietaria de predios urbanos y rusticos, asi como bienes de dominio publico, que no se encuentran debidamente inscritos en el registro de propiedad inmueble de la oficina registral de Cajacay, requiriendose para el efecto disponer el saneamiento fisico legal de dichos predios; Que, la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de bienes estatales, en el parrafo tercero de su Art. 9º, establece textualmente "los actos que realizan los gobiernos locales, respecto de los bienes de su propiedad, asi como los de dominio publico que se encuentran bajo su administracion, se ejecutan conforme a la Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y a la presente ley y su reglamento, en los que fuera aplicable, estando obligados a remitir a la Superintendencia Nacional de bienes estatales SBN informacion de los referidos bienes para su registro en el Sistema de Informacion Nacional de bienes estatales - SINABIP, por lo que corresponde a la Municipalidad dictar las normas pertinentes sobre la materia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece en su articulo 58º, inscripcion de bienes municipales en el registro de la propiedad que "los bienes

MUNICIPALIDAD DE
Modifican la seccion vial normativa de la MORDAZA MORDAZA Sandino del distrito
ORDENANZA Nº 00151/MDSA MORDAZA MORDAZA, 29 de octubre del 2014 VISTO: El Memorandum Nº 1111-2014-GODU/MDSA de la Gerencia de Obras, el Informe Nº 790-2014SGCHU-GODU/MDSA de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas y el Informe Nº 689-2014-GAJ/ MDSA de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre el proyecto de Ordenanza que aprueba la modificacion de la seccion vial normativa de la MORDAZA MORDAZA Sandino, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso 6) del articulo 195º de la MORDAZA constitucional, las municipalidades son competentes para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones. Por su parte, Numeral 3.1, inciso 3) del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades ­ 27972, senala que las Municipalidades Distritales en materia de organizacion del espacio fisico y del uso del suelo, son competentes para aprobar el plan MORDAZA o rural distrital, segun corresponda, son sujecion al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia; Que, el articulo 5º de la Ordenanza Nº 341-MML que aprueba el Plan del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, senala que "...corresponde a las Municipalidades Distritales la definicion y aprobacion de las Secciones Viales Normativas y de los Derechos de Via de las Vias Locales"; Es decir, que la aprobacion y modificacion de la seccion normativa de las vias locales es competencia exclusiva de la Municipalidad Distrital; Que, la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA, mediante el Informe 790-2014-SGCHU-GODU/MDSA, ha planteado la sustentacion para la modificacion en toda su extension de la Seccion Vial Normativa de la MORDAZA MORDAZA Sandino, de tal manera que quede acondicionado el espacio MORDAZA, para tal efecto acompana el Diseno de la Seccion Vial de toda la via; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la ley Organica de Municipalidades ­ 27972, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA SECCION VIAL NORMATIVA DE LA MORDAZA MORDAZA SANDINO DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- MODIFICAR en toda su extension la Seccion Vial de la MORDAZA MORDAZA Sandino en la Seccion A-A (Tramo Jr. Camana ­ Jr. MORDAZA Bastidas) con un ancho vial de 10.30 metros lineales, Seccion B-B (Tramo Jr. MORDAZA MORDAZA ­ Jr. Los Libertadores) con un ancho vial de 10.55 metros lineales y Seccion C-C (Tramo Jr.

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