Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2014 (30/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano Jueves 30 de octubre de 2014

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CONSIDERANDOS 1. Conforme al articulo 23 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada en sesion extraordinaria por el correspondiente concejo municipal, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En tal sentido, MORDAZA de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, de acuerdo a lo prescrito en el articulo 23 de la LOM, y constatar, ademas, si durante el MORDAZA se han observado los derechos y garantias inherentes al debido procedimiento. 3. Del analisis de autos se puede apreciar que, con fecha 24 de agosto de 2014, el hasta entonces regidor del Concejo Distrital de Carania, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fallecio a los 32 anos de edad, como consta en el acta de defuncion inserta de fojas 9. 4. Posteriormente, con fecha 2 de setiembre de 2014, fue emitido el Acuerdo de Concejo Nº 04-2014-MDC-Y-RL (fojas 10 a 11), el cual declaro la vacancia del mencionado regidor. 5. Por consiguiente, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el articulo 22, numeral 1, de la LOM, corresponde aprobar la decision del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente del accesitario llamado por ley. 6. Finalmente, de conformidad con el articulo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor, este es reemplazado por el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, por lo que, en este caso, se debe acreditar a MORDAZA Gelacia MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 20117908, candidata no proclamada del Partido Democratico Somos Peru, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Carania, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, por lo que corresponde otorgarle la respectiva credencial que la faculte como tal. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo al Acta de Proclamacion de Resultados de Computo de Autoridades Municipales Distritales Electas (fojas 12 a 15), de fecha 15 de noviembre de 2010, remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Yauyos, con motivo de las elecciones municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR el Acuerdo de Concejo Nº 04-2014-MDC-Y-RL, que declaro la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en la causal de muerte, contemplada en el articulo 22, inciso 1, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como regidor de la Municipalidad Distrital de Carania, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, emitida con motivo de las elecciones municipales del ano 2010. Articulo Cuarto.- CONVOCAR a MORDAZA Gelacia MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 20117908, candidata no proclamada del Partido Democratico Somos Peru, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Carania, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiendose otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1157093-7

Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Coyllurqui, provincia de Cotabambas, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 2961-2014-JNE Expediente Nº J-2014-0572 COYLLURQUI - COTABAMBAS - MORDAZA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO MORDAZA, uno de octubre de dos mil catorce. VISTO el Oficio Nº 055-2014-A-MDC/PC/RA/vss, presentado el 2 de junio de 2014, mediante el cual MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Coyllurqui, provincia de Cotabambas, departamento de MORDAZA, solicita la convocatoria de candidato no proclamado, al haberse declarado la vacancia del regidor Nativido Sihuincha MORDAZA, por haber incurrido en la causal prevista en el articulo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES Mediante el oficio del visto (fojas 1 a 56, incluidos los anexos), el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Coyllurqui solicito la convocatoria de candidato no proclamado, para lo cual indico, en sesion extraordinaria del 16 de MORDAZA de 2014, que el Concejo Distrital de Coyllurqui, con la sola inasistencia del regidor Nativido Sihuincha MORDAZA, declaro su vacancia en el cargo (fojas 23 y vuelta). CONSIDERANDOS 1. Conforme al articulo 23 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En tal sentido, MORDAZA de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el articulo 23 de la LOM, y constatar, ademas, si durante el MORDAZA se han observado los derechos y garantias inherentes al debido procedimiento. 3. Del examen de autos se aprecia que el Concejo Distrital de Coyllurqui declaro, en sesion extraordinaria del 16 de MORDAZA de 2014 (fojas 23 y vuelta), la vacancia del regidor Nativido Sihuincha MORDAZA por inasistir injustificadamente a diez sesiones ordinarias consecutivas de concejo, decision que se plasmo en el Acuerdo de Concejo Nº 51-2014-MDC/PC/RA, de la misma fecha (fojas 24 y 25), y que le fuera notificada personalmente a la autoridad MORDAZA el 21 de MORDAZA de 2014, conforme consta del documento de fojas 27, en el que consta su nombre y firma, ademas de la fecha y hora de realizacion de la diligencia de notificacion. 4. Asimismo, a fojas 32 y 33 corre la Resolucion de Alcaldia Nº 14-2014-A-MDC/RA, de fecha 16 de MORDAZA de 2014, emitida en merito del Informe Nº 027-2014-MDCVSS, de la misma fecha (fojas 31), del secretario general de la Municipalidad Distrital de Coyllurqui, resolviendo que se declare consentido el acuerdo de concejo que aprobo la vacancia del regidor Nativido Sihuincha MORDAZA, por no haberse interpuesto recurso impugnatorio alguno. De acuerdo con ello, la declaratoria de vacancia ha quedado consentida. 5. Por consiguiente, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el articulo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decision del Concejo Distrital de Coyllurqui y emitir las credenciales correspondientes al accesitario llamado por ley. 6. De conformidad con el articulo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor, este es reemplazado por el regidor habil que sigue en su propia lista electoral.

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