Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2014 (30/10/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano Jueves 30 de octubre de 2014

536339
VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por Esmerio MORDAZA MORDAZA en contra del acuerdo de concejo adoptado en la sesion extraordinaria, de fecha 26 de febrero de 2014, que rechazo la solicitud de vacancia que presento contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cajaruro, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 8 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con los Expedientes acompanados Nº J-2013-0805 y Nº J-2013-01055, y oido el informe oral. ANTECEDENTES La solicitud de vacancia Con fecha 3 de junio de 2013, Esmerio MORDAZA MORDAZA solicito la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por considerarlo incurso en infraccion del articulo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), bajo el argumento de que este habria incurrido en causal de nepotismo por haber permitido que la Municipalidad Distrital de Cajaruro contrate a su sobrino MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como chofer de la camioneta de placa Nº OD-2269, desde el 1 al 30 de setiembre de 2011 (fojas 75 a 80 del expediente principal). Cabe senalar que estos hechos sucedieron cuando MORDAZA MORDAZA MORDAZA ocupaba el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Cajaruro, ya que, mediante Resolucion Nº 801-2013-JNE, de fecha 22 de agosto de 2013, este MORDAZA organo electoral dispuso suspender a MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de MORDAZA de dicha comuna, asumiendo aquel, provisionalmente, el cargo de MORDAZA autoridad edil. Descargos de la autoridad Por medio del escrito, de fecha 25 de MORDAZA de 2013 (fojas 45 a 49 del principal), la citada autoridad formulo sus descargos, senalando como principales argumentos los siguientes: i) Resulta MORDAZA que mantiene vinculo de parentesco, en tercer grado de consanguinidad, con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ya que es hijo de su hermana MORDAZA MORDAZA Vasquez. Asimismo, se encuentra acreditada la existencia de una relacion laboral entre su sobrino y la entidad MORDAZA a la cual representa. ii) Una vez enterado de la contratacion de su sobrino como chofer de la municipalidad distrital, comunico dicha situacion al MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a traves de la carta con numero de registro 3781, de fecha 2 de setiembre de 2011, en la cual formulo su oposicion a dicha contratacion. Adjunto como medios probatorios los siguientes: i) MORDAZA autenticada del escrito de oposicion, recibido por la unidad de tramite documentario a las 10:00 horas del 2 de setiembre de 2011 (fojas 52). ii) MORDAZA autenticada del libro de recepcion de documentos de la mesa de partes de la Municipalidad Distrital de Cajaruro, correspondiente al 2 de setiembre de 2011, en el que se registro su escrito de oposicion, con el Nº 3781 (fojas 53). Posicion del Concejo Distrital de Cajaruro En sesion extraordinaria, de fecha 6 de agosto de 2013, a la cual asistieron siete de sus ocho miembros, el citado concejo distrital acordo, por unanimidad, rechazar la solicitud de vacancia presentada contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 20 a 23). Recurso de apelacion y decision del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones Con fecha 15 de agosto de 2013, Esmerio MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de apelacion en contra del acuerdo de concejo adoptado en la sesion extraordinaria del 6 de agosto de 2013 (fojas 5 a 13). Es asi que mediante Resolucion Nº 1036-2013-JNE, de fecha 19 de noviembre de 2013, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones declaro nulo todo lo actuado en el procedimiento de vacancia contra la citada autoridad (fojas 113 a 118),

ambito de competencia de las Oficinas de Coordinacion Regional, dependientes de las Gerencias de Control Descentralizado, corresponde designar a los funcionarios titulares de las mencionadas oficinas, como responsables de brindar la informacion solicitada en virtud a la normativa MORDAZA descrita; En uso de las facultades conferidas por el articulo 32º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003PCM, sus modificatorias, asi como su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-2003-PCM y su modificatoria, y el articulo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar al Gerente de MORDAZA de Atencion, con eficacia al 27 de octubre de 2014, como funcionario responsable en la sede central de la entrega de la informacion de aquellas solicitudes de acceso a la informacion publica en el MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, relacionadas a la competencia funcional de la Gerencia de Control Sectorial, Gerencia de Auditoria Especializada, la Gerencia Central de Calidad y Control Previo, las Gerencias de Control Descentralizado y la Gerencia de Estudios y Gestion Publica. Articulo Segundo.- Ratificar a la Secretaria General como funcionaria responsable, en la sede central, de la entrega de informacion de caracter administrativo que no sea de competencia de las unidades organicas senaladas en el articulo primero. Articulo Tercero.- Ratificar a los Jefes de las Oficinas Regionales de Control y los Gerentes de la Oficinas de Coordinacion Regional, dentro de su ambito de competencia de control, como funcionarios responsables de la entrega de la informacion a que se refiere el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su Reglamento. Articulo Cuarto.- Las unidades organicas de la Contraloria General de la Republica deberan, bajo responsabilidad, facilitar la documentacion y/o informacion solicitada por los funcionarios competentes de atender las solicitudes de acceso a la informacion publica, dentro de los plazos establecidos en las normas de la materia. Articulo Quinto.- Dejar sin efecto la Resolucion de Contraloria Nº 187-2014-CG y las demas disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Sexto.- Disponer la actualizacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Contraloria General de la Republica, en lo que resulte pertinente, a consecuencia de lo establecido en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA ZARZAR Contralor General de la Republica 1157218-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de regidores de la Municipalidad Distrital de Cajaruro, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas
RESOLUCION Nº 401-2014-JNE Expediente Nº J-2014-0300 CAJARURO - UTCUBAMBA - AMAZONAS RECURSO DE APELACION MORDAZA, quince de MORDAZA de dos mil catorce.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.