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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (30/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 95

El Peruano Jueves 30 de octubre de 2014 536345 CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos. La licencia gozará de efi cacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta días naturales antes de la fecha de elecciones. 2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las elecciones municipales de 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 3. Con fecha 4 de julio de 2014 (fojas 04), el regidor Fernando Alcides Figueroa Calachahui, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, la cual fue concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 044-2014-MDASA, de fecha 16 de julio de 2014 (fojas 03), por el periodo comprendido entre el 6 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. Al respecto, conforme la normativa de la materia, se precisa que la vigencia de la licencia es por treinta días calendarios efi caces a partir del 5 de setiembre de 2014. 4. Teniendo en consideración que el regidor Fernando Alcides Figueroa Calachahui presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo municipal, y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, procede convocar a Pedro Ramírez Gamarra, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 29704631, candidato no proclamado del movimiento regional Arequipa Renace, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Fernando Alcides Figueroa Calachahui, regidor del Concejo Distrital de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo de la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Pedro Ramírez Gamarra, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 29704631, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa, mientras esté vigente la licencia concedida a Fernando Alcides Figueroa Calachahui, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1157093-4 Convocan a ciudadana para que asuma cargo regidora del Concejo Distrital de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque RESOLUCIÓN Nº 2688-2014-JNE Expediente Nº J-2014-02820 OLMOS - LAMBAYEQUE - LAMBAYEQUE Lima, doce de setiembre de dos mil catorce. VISTO el Oficio Nº 044-2014-MDO/SG, presentado el 8 de setiembre de 2014 por José del Carmen Chero Martínez, secretario general de la Municipalidad Distrital de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque, el cual comunica la licencia que fue concedida al regidor Luis Enrique Barandiarán Gonzaga. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos. La licencia gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta días naturales antes de la fecha de elecciones. 2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las elecciones municipales de 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 3. Con fecha 18 de junio de 2014 (fojas 05), el regidor Luis Enrique Barandiarán Gonzaga, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, la cual fue concedida mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 037-2014- MDO/A, de fecha 30 de junio de 2014 (fojas 03 y 04), por el periodo comprendido entre el 4 de setiembre y el 6 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideración que el regidor Luis Enrique Barandiarán Gonzaga presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo municipal, y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140- 2014-JNE, procede convocar a María Esther Taboada Serrato, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 80601834, candidata no proclamada del partido político Alianza para el Progreso, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Luis Enrique Barandiarán Gonzaga, regidor del Concejo Distrital de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque, por el periodo de la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a María Esther Taboada Serrato, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 80601834, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque, mientras esté vigente la licencia concedida a Luis Enrique Barandiarán