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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (31/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 10

El Peruano Viernes 31 de octubre de 2014 536368 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el numeral 62.3 del artículo 62° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que cada entidad es competente para realizar tareas materiales internas necesarias para el efi ciente cumplimiento de su misión y objetivos; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2014- MINAGRI, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 24 de julio de 2014, se ha aprobado el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, atendiendo a la necesidad de continuar con la óptima gestión institucional del Ministerio, y viabilizar el adecuado funcionamiento de la nueva estructura organizacional considerada en el citado Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, se aprobaron los actos de administración interna respectivos, a través de encargaturas de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio; Que, mediante el artículo 4° de la Resolución Ministerial N° 0434-2014-MINAGRI, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 06 de agosto de 2014, entre otras acciones, se encargó al señor Christian Alejandro Garay Torres, actual Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura y Riego y encargado de las funciones de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, el puesto de Director de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas, dependiente esta última de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0561-2014- MINAGRI, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 11 de octubre de 2014, se ha aprobado el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Agricultura y Riego, por lo que corresponde dar por concluida la encargatura de funciones de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas, antes indicada, y designar al personal directivo de la entidad en el cargo respectivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y la Resolución Ministerial N° 0561- 2014-MINAGRI que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Agricultura y Riego; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida Encargatura de Funciones Dar por concluida, a partir del 03 de noviembre de 2014, la encargatura del señor Christian Alejandro Garay Torres, respecto de las funciones de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas, dependiente esta última de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados, quedando vigentes la designación en el cargo de Asesor de la Alta Dirección, así como la encargatura de funciones de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 2°.- Designación Designar, a partir del 03 de noviembre de 2014, al señor Carlos Alberto Magallanes Felipe, en el cargo de Director de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3°.- Notifi cación de la Resolución Ministerial Disponer a la Ofi cina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria proceda a la notifi cación de la presente Resolución Ministerial a los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Agricultura y Riego, así como al personal directivo comprendido en sus alcances, en el plazo de Ley. Artículo 4°.- Publicación Disponer a la Ofi cina de Tecnología de la Información proceda a la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), el mismo día de producida la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1156915-1 Designan representante alterno del Ministerio ante Comisión Multisectorial para la Aplicación del Derecho a la Consulta, creada mediante D.S. Nº 021- 2013-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0597-2014-MINAGRI Lima, 24 de octubre de 2014 VISTO: El Memorándum Nº 120-2014-MINAGRI-DVPA, de fecha 24 de setiembre de 2014, del Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29785 se aprobó la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la cual desarrolla el contenido, los principios y el procedimiento del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas respecto a medidas legislativas o administrativas que los afecten directamente, la que se interpreta de conformidad con las obligaciones establecidas en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratifi cado por el Estado peruano mediante la Resolución Legislativa Nº 26253; Que, la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Supremo Nº 001-2012- MC que aprobó el Reglamento de la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), establece que la Presidencia del Consejo de Ministros creará una Comisión Multisectorial para el seguimiento de la aplicación del derecho a la consulta; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 021-2013-PCM, se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para la Aplicación del Derecho a la Consulta, cuyo objeto es efectuar el seguimiento de la aplicación del derecho a la consulta, conforme a lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2012-MC; Que, en el numeral 2.1 de su artículo 2, el mencionado Decreto Supremo establece la conformación de la Comisión Multisectorial, la misma que está integrada, entre otros, por el Viceministro de Agricultura; asimismo, el numeral 2.2, establece que los integrantes de la Comisión Multisectorial deberán contar con un representante alterno, cuyo nombramiento se efectuará mediante resolución ministerial del sector al que pertenecen; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0362-2013-MINAGRI, de fecha 24 de setiembre de 2013, se designó a la Directora General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre como representante