Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2014 (31/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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Articulo 3.- MORDAZA Eolico Tres Hermanas S.A.C. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 4.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1151189-1

El Peruano Viernes 31 de octubre de 2014

de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica Cusipata I, con una potencia instalada estimada de 165 MW, los cuales se realizaran en los distritos de San MORDAZA de Shuaro, Chanchamayo y Perene, provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE ESTE 470 871,18 475 397,24 480 367,36 479 690,70 473 908,78 469 232,18 NORTE 8 799 863,29 8 794 813,36 8 793 608,09 8 790 917,80 8 792 270,61 8 798 059,74

Otorgan concesion temporal a Hidroelectrica Cusipata S.A.C. para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica de futura Central Hidroelectrica Cusipata I
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 467-2014-MEM/DM MORDAZA, 20 de octubre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 21342814 sobre la solicitud de otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica Cusipata I, presentado por HIDROELECTRICA CUSIPATA S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Nº 12882872 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante documento presentado con fecha 21 de Marzo del 2014, bajo el registro Nº 2377321, HIDROELECTRICA CUSIPATA S.A.C. presento solicitud de otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica Cusipata I, para una potencia instalada estimada de 165 MW, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la concesion temporal, referida en el considerando que antecede, se desarrollara en los distritos de San MORDAZA de Shuaro, Chanchamayo y Perene, provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de conformidad con los Lineamientos para la Participacion Ciudadana en las Actividades Electricas aprobados mediante la Resolucion Ministerial Nº 2232010-MEM/DM, se realizo el Taller Informativo el dia 28 de agosto de 2014, con la participacion de los representantes de HIDROELECTRICA CUSIPATA S.A.C., de la Direccion General de Electricidad y de las principales autoridades de la MORDAZA, con el objeto de informar a la poblacion acerca del proyecto de la futura Central Hidroelectrica Cusipata I; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 509-2014-DGE-DCE de fecha 10 de setiembre de 2014, recomendando que se otorgue la concesion temporal; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93EM y el item CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar la concesion temporal a favor de HIDROELECTRICA CUSIPATA S.A.C., que se identificara con el codigo Nº 21342814, para desarrollar estudios a nivel

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Articulo 3º.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, modificado por el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 022-97-EM, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto a la ejecucion de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1153192-1

Otorgan concesion temporal a Hidroelectrica Cerro MORDAZA S.A.C., para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica de futura Central Hidroelectrica Cerro MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 468-2014-MEM/DM MORDAZA, 20 de octubre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 21342714 sobre la solicitud de otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica Cerro MORDAZA, presentado por HIDROELECTRICA CERRO MORDAZA S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Nº 13020521 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, HIDROELECTRICA CERRO MORDAZA S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 2377325 de fecha 21 de marzo de 2014 presento solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica Cerro MORDAZA, para una potencia instalada estimada de 118,7 MW, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo

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