Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2014 (03/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Miercoles 3 de setiembre de 2014

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en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1131863-1

Designan representantes titular y alterno del Ministerio de Agricultura y Riego ante la Comision Multisectorial creada mediante D.S. Nº 018-2014SA, encargada de cumplir funciones de emision de informes tecnicos y seguimiento de acciones relacionadas a la implementacion del Riego con Secas intermitentes
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0497-2014-MINAGRI MORDAZA, 1 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2014-SA, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 12 de MORDAZA de 2014, se declaro de interes nacional la implementacion del Riego con Secas Intermitentes en el Cultivo de Arroz bajo riego a nivel nacional para el Control Vectorial de la Malaria y se constituyo la Comision Multisectorial de naturaleza permanente, encargada de cumplir funciones de emision de informes tecnicos y seguimiento de acciones relacionadas a la implementacion del Riego con Secas intermitentes, la misma estara adscritas al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el articulo 2 del citado Decreto Supremo, establece que la Comision Multisectorial estara integrada, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Agricultura y Riego, siendo uno de ellos de la Alta Direccion, quien la presidira; Que, asimismo, el articulo 4 de la mencionada MORDAZA establece que los integrantes de la Comision Multisectorial deberan contar con un representante titular y otro alterno, designados mediante resolucion del titular de la entidad a la que pertenecen, dentro del plazo de cinco (05) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de su publicacion; por lo que, resulta necesario emitir el acto resolutivo que designa a los representantes del Ministerio de Agricultura y Riego ante dicha Comision; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar a los representantes titular y alterno del Ministerio Agricultura y Riego, ante la Comision Multisectorial de naturaleza permanente, creada mediante Decreto Supremo N° 018-2014-SA, segun detalle: - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, quien lo presidira. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gueudet, Jefe del Instituto Nacional de Innovacion Agraria - INIA, representante titular. - Sr. MORDAZA MORDAZA Vinelli MORDAZA, Director General de Negocios Agrario, representante alterno. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de la Direccion de Extension Agraria del Instituto Nacional de Innovacion Agraria ­ INIA, representante alterno. Articulo 2.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y

Aprueban precios de venta de tablillas para pisos de parquet de las especies Shihuahuaco y Azucar Huayo, tablas y listones semi duras, asi como MORDAZA aserrada y trabajada en sus diferentes especies
RESOLUCION DIRECTORAL 0218-2014-MINAGRI-PEDICP Iquitos, 24 de MORDAZA del 2014 VISTO, el Oficio Nº 245-2014-MINAGRI-PEDICPDRNMA, de fecha 25 de Junio del 2014, y el Oficio Nº 266-2014-MINAGRI-PEDICP-DRNMA del 11 de MORDAZA del 2014, emitido por el Director de Recursos Naturales y Medio Ambiente MINAGRI ­PEDICP, por la cual remite informacion sobre los bienes (Tablillas de MORDAZA AD y MORDAZA aserrada) objeto de comercializacion en las Subsedes del PEDICP a cargo de la Direccion de Recursos Naturales y Medio Ambiente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2008-AG, del 11de Diciembre del 2008, se aprueba la fusion de INADE y sus Proyectos Especiales en el Ministerio de Agricultura, siendo este ultimo el ente absorbente. El Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la MORDAZA del Rio Putumayo - PEDICP, la cual se creo por merito del Decreto Supremo Nº 153-91-PCM, el 27 de Setiembre de 1991, constituyendose como Unidad Ejecutora 018: Binacional del Rio Putumayo, del Pliego 013: Ministerio de Agricultura - MINAG; Que, el Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la MORDAZA del Rio Putumayo ­ PEDICP, a traves de la Direccion de Recursos Naturales y Medio Ambiente, viene ejecutando proyectos en convenio con las comunidades de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, sobre actividad de manejo, aprovechamiento y transformacion de recursos forestales maderables, principalmente en lo que se refiere a tablillas de MORDAZA AD y MORDAZA aserradas trabajada a nivel de tablas y listones en sus diferentes medidas y especies. Que, el Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral de la MORDAZA del Rio Putumayo ­ PEDICP, a traves de sus oficinas descentralizadas viene ejecutando actividades relacionados a la actividad de manejo, aprovechamiento, transformacion de recursos forestales maderables, productos por el cual se obtienen tablas y listones de diferentes medidas, especies y la produccion de tablillas para piso de parquet, con fines de comercializacion el mismo que vienen siendo manejados y aprovechados sobre el Plan de Manejo, con los permisos de aprovechamiento forestal en las comunidades de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA (Medio y Bajo Putumayo); Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, faculta a las Entidades del Sector Publico a desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo requisito para ello que por ley se les autorice y que mediante Resolucion del Titular de la Entidad se establezca la descripcion de los bienes y servicios objeto de comercializacion, las condiciones y limitaciones para su comercializacion si las hubiere, asi como el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT debiendo publicarse la referida Resolucion en el Diario Oficio El Peruano; Que, el articulo 2ºdel Decreto Supremo Nº 0882001-PCM, Decreto Supremo establece disposiciones

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