NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (05/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 79
El Peruano Viernes 5 de setiembre de 2014 531881 Peruano, en estricto cumplimiento de lo que dispone el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el portal electrónico del Gobierno Regional de Puno, bajo responsabilidad. POR TANTO: Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Puno para su promulgación. En Puno a los tres días del mes de julio del año dos mil catorce. VICTORIA ZARELA PINEDA MAZUELOS Consejera Delegada Mando se publique, se registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los siete días del mes de agosto del año dos mil catorce. MAURICIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Presidente del Gobierno Regional de Puno 1132471-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Amplían alcances del programa de incentivos y beneficios tributarios, establecido en la Ordenanza Nº 303/ MDC DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2014/MDC Carabayllo, 29 de agosto de 2014 VISTO: La Ordenanza Nº 303/MDC de fecha 28 de Mayo de 2014, Ordenanza Municipal que establece el Programa de Incentivos y Benefi cios Tributarios para el pago de Tributos Municipales en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo y el Decreto de Alcaldía Nº 005-2014/MDC de fecha 26 de Junio de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con Personería Jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 192º de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Locales tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, así como para crear, modifi car y suprimir Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales; Que, el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 303/ MDC, señala que el plazo para acogerse a los benefi cios descritos en el artículo segundo de citada Ordenanza que establece el Programa de Incentivos y Benefi cios Tributarios para el pago de Tributos Municipales en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo será desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, extendiéndose hasta el 30 de Junio del 2014; Que, en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 303/MDC, se establece que se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, establezca la prórroga correspondiente y dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2014/MDC de fecha 26 de Junio del 2014 se prorrogó hasta el 31 de Julio del 2014, los alcances del “Programa de Incentivos y Benefi cios Tributarios para el pago de Tributos Municipales en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo”, establecido en la Ordenanza Nº 303/MDC de fecha 28 de Mayo del 2014, entrando en vigencia este Decreto de Alcaldía el 01 de Julio del 2014, siendo obligación de la Gerencia de Administración Tributaria y de las Unidades Orgánicas que la conforman darle cumplimiento. Asimismo según Decreto de Alcaldía Nº 007-2014/MDC de fecha 30 de Julio del 2014 se prorrogó hasta el 30 de Agosto del 2014, los alcances del citado Programa; Que, mediante Informe Nº 014-2014-GAT-MDC de la Gerencia de Administración Tributaria se señala que, es necesario prorrogar mediante nuevo Decreto de Alcaldía los benefi cios instaurados en la Ordenanza Municipal que establece el Programa de Incentivos y Benefi cios Tributarios hasta el 30 de Setiembre del presente año; Estando a lo dispuesto por la Primera Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 303/MDC y las facultades conferidas en el Art. 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, con el visto bueno de los Gerentes de Administración Tributaria, Asesoría Jurídica, y del Gerente Municipal. SE DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR, hasta el 30 de Setiembre del 2014, los alcances del “Programa de Incentivos y Benefi cios Tributarios para el pago de Tributos Municipales en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo”, establecido en la Ordenanza Municipal Nº 303/MDC de fecha 28 de Mayo del 2014. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia el 01 de Setiembre del 2014, siendo obligación de la Gerencia de Administración Tributaria y de las unidades orgánicas que la conforman dar cumplimiento a la presente. Artículo Tercero.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente norma municipal; y a la Gerencia de Administración y Finanzas, su debida publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ÁLVAREZ ESPINOZA Alcalde 1133062-1 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Declaran de interés local propuesta de Cambio de Zonificación de terreno ubicado en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 051-2014-SEGE-06-MDEA. El Agustino, 21 de agosto del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO: En sesión ordinaria de la fecha, el Expediente Nº 9232-14 presentado por Inmobiliaria Nueva Centuria S.A.C, Informe Nº 467-2014-GDU-MDEA del Gerente de Desarrollo Urbano, Informe Nº 405-2014-GDPV-ALC- MDEA del Gerente de Defensoría y Participación Vecinal, Informe Nº 470-2014-GAJU-MDEA del Gerente de Asesoría Jurídica e Informe Nº 74-2014-GEMU-MDEA;