NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (05/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 66
El Peruano Viernes 5 de setiembre de 2014 531868 Estando a lo solicitado, Ley 30114, Resolución N° CU- 3918-2008-GT y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE, la petición presentada por la Srta. IRMA MAMANI CASTILLO, sobre otorgamiento de duplicado de Diploma que le confi rió el Título Profesional de Ingeniero Informático y de Sistemas, de la Facultad de Ciencias Químicas Físicas y Matemáticas de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Segundo.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA, POR MOTIVO DE PERDIDA a favor de doña IRMA MAMANI CASTILLO, confi riéndole el Título Profesional de Ingeniero Informático y de Sistemas, de la Facultad de Ciencias Químicas Físicas y Matemáticas de la UNSAAC, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO, que en el diploma a que se refi ere el numeral segundo de la presente resolución, se deberá consignar en el margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Cuarto.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores en ejemplar de la presente Resolución para su registro respectivo. Quinto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. GERMAN ZECENARRO MADUEÑO Rector 1132503-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: RESOLUCIÓN Nº CU-126-2014-UNSAAC. Cusco, 5 de junio del 2014 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente, signado con el Nro. 411225, presentado por la Srta. CLAUDIA MONTEAGUDO NUÑEZ, solicitando emisión de duplicado de Diploma que le confi rió el Título Profesional de Ingeniero Civil de la Facultad de Ingeniería Civil de la UNSAAC, por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nro. 28626, faculta a las Universidades Públicas y Privadas del País, expedir duplicado de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, en este sentido la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución N° CU-224-2006-UNSAAC de 09 de Noviembre de 2006; Que, la administrada por expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma que le confi rió el Título Profesional de Ingeniero Civil de la Facultad de Ingeniería Civil de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4° de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es 1) Recibo de Caja por Derecho de Duplicado de Diploma; 2) Constancia de denuncia policial; 3) Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) Copia Certifi cada por la Secretaría General de la UNSAAC de la Resolución de Consejo Universitario que confi ere el Título Profesional de Ingeniero Civil; 5) Publicación en un diario de mayor circulación de la ciudad, del aviso de la pérdida del diploma; 6) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 7) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, conforme a dicha petición, a través del Informe N° 007-2014-GT, la responsable de Rotulado de Diplomas de Grados y Títulos de la Ofi cina de Secretaría General de la UNSAAC, informa que revisando la Base de Datos, Doña Claudia Monteagudo Núñez, ha optado el Título Profesional de Ingeniero Civil, conforme obra en el libro de Registro de Grados y Títulos Nro. 11-B, inscrito en el folio N° 753 y con Resolución N° CU-1079-2007-GT, de fecha 28 de Marzo de 2007; Que, obra en el expediente la conformidad otorgada por la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 08 de Abril de 2014. Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el día 27 de Mayo de 2014, se puso a consideración del pleno la petición presentada por Doña: Claudia Monteagudo Núñez, solicitando duplicado de Diploma que le confi rió el Título de Ingeniero Civil de la Facultad de Ingeniería Civil, siendo aprobado por unanimidad; Estando a lo solicitado, Ley 30114, Resolución N° CU- 1079-2007-GT y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR PROCEDENTE, la petición presentada por la Srta. Claudia Monteagudo Núñez, sobre otorgamiento de duplicado de Diploma que le confi rió el Título Profesional de Ingeniero Civil de la Facultad de Ingeniería Civil de la UNSAAC, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. SEGUNDO.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA, POR MOTIVO DE PERDIDA a favor de doña Claudia monteagudo nuñez, confi riéndole el Título Profesional de Ingeniero Civil de la Facultad de Ingeniería Civil de la UNSAAC, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. TERCERO.- DEJAR ESTABLECIDO, que en el diploma a que se refi ere el numeral segundo de la presente Resolución, se deberá consignar en el margen izquierdo el sello de DUPLICADO. CUARTO.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores un ejemplar de la presente Resolución para su registro respectivo. QUINTO.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. GERMÁN ZECENARRO MADUEÑO Rector 1132503-2 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-127-2014-UNSAAC Cusco, 5 de junio de 2014 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: