Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2014 (23/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Martes 23 de setiembre de 2014

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La OIT y la Republica (las "Partes") acuerdan lo siguiente: 1. La OIT y la Republica colaboraran, con todos los medios a su disposicion, en la preparacion y celebracion de la Reunion y de las actividades y reuniones complementarias que en ese MORDAZA se realicen. 2. La OIT asume la responsabilidad de preparar y realizar la Reunion con arreglo al Reglamento para las reuniones regionales, las reglas y practicas de la OIT aplicables y las decisiones de sus organos. La OIT estara a cargo de la organizacion y celebracion de la Reunion, incluyendo entre otras cuestiones la elaboracion de su programa, la concesion de acreditaciones a sus participantes, el desarrollo de sus sesiones y la preparacion, produccion y distribucion de los materiales. 3. La Republica del Peru se compromete a realizar las contribuciones enumeradas en el Acuerdo Interinstitucional que al efecto suscriban la OIT y el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo de la Republica del Peru, el que podra ser modificado segun sea necesario, por dichas partes, de mutuo acuerdo. 4. La OIT, sus bienes, funcionarios, expertos y asesores y los representantes de los Miembros, segun lo define el Acuerdo Sede, disfrutaran de los privilegios e inmunidades y las facilidades de entrada, salida y MORDAZA establecidos en dicho Acuerdo, con relacion a su participacion en la Reunion. Las demas personas oficialmente invitadas por la OIT a la Reunion, disfrutaran de las facilidades de entrada, salida y MORDAZA durante el periodo senalado para la Reunion. Todo visado, permiso u otro documento de entrada o salida requerido sera concedido y expedido libre de pago y en el mas breve plazo posible. 5. La Republica se compromete a brindar apoyo protocolar y de seguridad a la OIT, incluido en relacion al recibimiento y toda atencion y trato debidos a los Jefes de Estado y de Gobierno, y Ministros de Estado que asistan a la Reunion. 6. La Republica velara mediante todo medio necesario para que la Reunion se desarrolle en un clima de seguridad, serenidad y ausencia de cualquier interferencia. La Republica coordinara toda decision o medida de seguridad o proteccion con la OIT, asegurando el respeto a los privilegios e inmunidades de la Organizacion, establecidos en el Acuerdo de Sede. 7. Para toda cuestion relacionada con la implementacion de este Acuerdo y la celebracion de la Reunion, la Republica estara representada por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. 8. Para toda cuestion relativa a la coordinacion con la Republica, la OIT estara representada por su Oficina Regional para MORDAZA Latina y el Caribe y su Departamento de Servicios de Relaciones, Reuniones y Documentos Oficiales. 9. Los derechos de propiedad intelectual que resulten de la realizacion de la Reunion seran propiedad de la OIT. Para el uso del nombre o el logotipo de la OIT o de la XVIII Reunion Regional Americana sera necesaria la autorizacion previa por escrito de la OIT. 10. Si las Partes deciden de mutuo acuerdo terminar o cancelar la Reunion, incluyendo el caso de fuerza mayor, este Acuerdo se MORDAZA por terminado inmediatamente. Si la OIT decide cancelar, interrumpir o posponer la Reunion, tendra el derecho a terminar este Acuerdo, previa consulta con la Republica con un minimo de quince (15) dias MORDAZA de su terminacion, excepto en caso de fuerza mayor. En caso de terminacion, cada Parte se MORDAZA cargo de sus propios gastos. Las obligaciones contraidas en virtud del presente Acuerdo mantendran su vigencia durante el tiempo necesario para permitir la extincion de las obligaciones contractuales y permaneceran vigentes en todo caso las clausulas 4, 6, 9, 10 y 11. 11. Las Partes pondran todo su empeno en resolver de forma amistosa, privilegiandose la via diplomatica, todos los litigios, controversias o reclamaciones surgidas entre ellas a raiz del presente Acuerdo, o en relacion con el o con su interpretacion.

Departamento de Analisis Estrategico de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru de la SBS, del 23 al 26 de setiembre de 2014, a la MORDAZA de Brasilia, Republica Federativa de Brasil, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos US$ Viaticos US$ 1 620,94 1 110,00

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 1141112-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Acuerdo entre la Organizacion Internacional del Trabajo y la Republica del Peru para la realizacion de la XVIII Reunion Regional Americana de la OIT en MORDAZA, del 13 al 16 de octubre de 2014
(Ratificado por Decreto Supremo Nº 038-2014-RE de fecha 11 de setiembre de 2014) ACUERDO ENTRE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO Y LA REPUBLICA DEL PERU PARA LA REALIZACION DE LA XVIII REUNION REGIONAL AMERICANA DE LA OIT EN MORDAZA, DEL 13 AL 16 DE OCTUBRE DE 2014 CONSIDERANDO que la Republica del Peru ("la Republica") ha ofrecido a su MORDAZA como sede para la celebracion de la XVIII Reunion Regional Americana de la Organizacion Internacional del Trabajo; CONSIDERANDO que el Consejo de Administracion de la Oficina Internacional del Trabajo en su 319ª reunion (Octubre de 2013), decidio que la XVIII Reunion Regional Americana de la OIT se celebrara en la MORDAZA de MORDAZA del 13 al 16 de Octubre de 2014 (la "Reunion"); CONSIDERANDO que la Republica del Peru y la Organizacion Internacional del Trabajo representada por la Oficina Internacional del Trabajo (la "OIT"), han convenido cooperar y vienen efectuando los actos preparatorios necesarios para la realizacion de la Reunion; CONSIDERANDO el Acuerdo entre el Gobierno del Peru y la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT) firmado el 22 de Junio de 1960 (el "Acuerdo Sede"),

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