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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (28/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Domingo 28 de setiembre de 2014 533557 Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1143745-14 PRODUCE Aceptan renuncia del Viceministro de Pesquería RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2014-PRODUCE Lima, 27 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 012-2012- PRODUCE, publicada el 26 de mayo de 2012, se designó al señor Paul Fernando Phumpiu Chang, como Viceministro de Pesquería del Ministerio de la Producción; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo que viene desempeñando; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor PAUL FERNANDO PHUMPIU CHANG al cargo de Viceministro de Pesquería del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PIERO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1143746-1 Designan Viceministro de Pesquería RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 013-2014-PRODUCE Lima, 27 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, encontrándose vacante el cargo de Viceministro de Pesquería del Ministerio de la Producción resulta necesario designar al funcionario que ejercerá el referido cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, la Resolución Ministerial N° 343-2012- PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor JUAN CARLOS REQUEJO ALEMAN como Viceministro de Pesquería del Ministerio de la Producción. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PIERO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1143746-2 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el Acuerdo relativo a la adquisición de un sistema satelital óptico de observación de la tierra de resolución submétrica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa DECRETO SUPREMO Nº 042-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo relativo a la adquisición de un sistema satelital óptico de observación de la tierra de resolución submétrica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa fue suscrito el 24 de abril de 2014, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo relativo a la adquisición de un sistema satelital óptico de observación de la tierra de resolución submétrica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa, suscrito el 24 de abril de 2014, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el Diario Ofi cial El Peruano el texto integro del referido Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República.