Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2014 (28/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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Fiscal 2014, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos publicos, por supuestos distintos a los senalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos y su modificatoria; en su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; en el articulo 11º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y su modificatoria; y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del quimico farmaceutico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del economista MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, Director General y profesional de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, respectivamente; asi como del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 30 de setiembre al 4 de

El Peruano MORDAZA 28 de setiembre de 2014

octubre de 2014, para que participen, en representacion del Ministerio de Salud, en la Visita Tecnica al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA y la Visita Tecnica al Ministerio de Salud y Proteccion Social de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje de los citados profesionales en cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud, respectivamente, conforme al siguiente detalle:
Pasaje tarifa economica (incluido TUUA, para 3 personas) Viaticos por 4 dias (U$ 370 x 4, c/u U$ 1,480.00, para 3 personas) TOTAL : US$ : US$ US$ 4,045.69 4,440.00 8,485.69

Articulo 3º.- Disponer que los citados profesionales, dentro de los quince (15) dias calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con MORDAZA a la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en los eventos al que acudiran, asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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