Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2015 (02/04/2015)


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en el ambito de sus jurisdicciones y en el MORDAZA de sus competencias, y compromete la participacion activa de todas las instituciones e instancias del sector privado. Articulo 5.- Financiamiento La implementacion de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial se efectuara con cargo al Presupuesto Institucional de cada entidad, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2015

1220089-4

Aprueban MORDAZA Modelo de los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Edificaciones para las Municipalidades Provinciales y Distritales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 088-2015-PCM
MORDAZA, 31 de marzo de 2015 VISTOS: El Memorandum N° 242-2015-PCM/ SGP, Informe N° 011-2015-PCM-SGP.LAHB y demas antecedentes remitidos por la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia de Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, establece en su articulo 194 que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local que cuentan con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dentro de los cuales se encuentra la creacion, modificacion y supresion de contribuciones, tasas, licencias y derechos municipales conforme a ley; Que, asimismo la Carta Fundamental en su articulo 195 reconoce que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo, teniendo competencia para fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecucion de proyectos y obras de infraestructura local; Que, asi tambien, el articulo 119 de la acotada MORDAZA, senala que la direccion y la gestion de los servicios publicos estan confiadas al Consejo de Ministros; y a cada ministro en los asuntos que competen a la cartera a su cargo; Que, el articulo 4 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, estipula que el Poder Ejecutivo tiene como parte de sus competencias exclusivas, el diseno y supervision de las politicas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2013PCM se aprueba la Politica Nacional de Modernizacion de la Gestion Publica, constituyendose en el principal instrumento orientador de la modernizacion de la gestion publica en el Peru, que establece la vision, los principios y lineamientos para una actuacion coherente y eficaz del sector publico, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del pais; Que, el dispositivo en mencion, prescribe como uno de los MORDAZA centrales de la Politica de Modernizacion de la Gestion Publica, la implementacion de la gestion por procesos, simplificacion administrativa y la organizacion institucional de las entidades publicas, a fin de que brinden a los ciudadanos servicios de manera mas eficiente y eficaz y logren resultados que los beneficien; Que, la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, como ente rector del Sistema Administrativo de Modernizacion de la Gestion Publica, viene impulsando un MORDAZA de Modernizacion de

la Gestion Publica a fin de promover en el Peru una Administracion Publica eficiente, enfocada en resultados y que rinda cuentas a los ciudadanos; Que, en ese sentido, a traves de los documentos de Vistos, la Secretaria de Gestion Publica refiere que en coordinacion con el Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres ­ CENEPRED, ha formulado un MORDAZA Modelo que comprende los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE) para los gobiernos locales, precisando que cumple con los criterios legales para la formulacion de un procedimiento a iniciativa de parte y la forma en que se determinan los plazos de atencion y derechos de tramitacion de los procedimientos ITSE y la diligencia de levantamiento de observaciones, encontrandose acorde con el MORDAZA legal previsto en el Reglamento de ITSE aprobado por Decreto Supremo N° 058-2014-PCM y la propia Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, entre otros que indica para sustentar la aprobacion del MORDAZA Modelo; Que, el MORDAZA Modelo que se aprueba contribuira con los esfuerzos relacionados a la simplificacion administrativa, ya que permitira mejorar la calidad, la eficiencia y la oportunidad de los procedimientos y servicios administrativos que la ciudadania realiza ante la administracion publica, que tiene como objetivo la eliminacion de obstaculos o costos innecesarios para la sociedad, que genera el inadecuado funcionamiento de la Administracion Publica y produce ademas una afectacion a las condiciones de predictibilidad y a los principios de legalidad, razonabilidad y uniformidad establecidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en consecuencia, atendiendo a las facultades con las que cuenta la Presidencia del Consejo de Ministros, resulta necesario aprobar el MORDAZA Modelo que uniformice las reglas para la difusion de algunos procedimientos administrativos que autorizan la realizacion de actividades sociales y economicas previstos en los MORDAZA de las municipalidades del pais; Que, la determinacion de los procedimientos de Licencia de Funcionamiento y de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Edificaciones que componen el MORDAZA Modelo ha sido formulada por la Secretaria de Gestion Publica, estos ultimos de manera consensuada y con la validacion del Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres- CENEPRED, como ente rector en la materia, segun se desprende del Oficio Nº 148-2015/CENEPRED-1.0, de fecha 13 de febrero de 2015; De conformidad con la Ley Nº 29158- Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo Nº 004-2013PCM, que aprueba la Politica Nacional de Modernizacion de la Gestion Publica; y, el Decreto Supremo Nº 063-2007PCM y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1.- Alcance Las disposiciones establecidas en la presente Resolucion, son de observancia obligatoria para todas las municipalidades provinciales y distritales del MORDAZA, a cargo de la tramitacion de los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento y de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE) que forman parte de sus Textos Unicos de Procedimientos Administrativos (TUPA). Articulo 2.- Aprobacion del MORDAZA Modelo Apruebese el Anexo Nº 1 como parte integrante de la presente Resolucion denominado "TUPA Modelo de los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Edificaciones para las Municipalidades Provinciales y Distritales", que se detallan en el citado Anexo y que las municipalidades por exigencia legal deben publicar en sus respectivos MORDAZA para su tramitacion. Articulo 3.- Contenido y uso obligatorio del MORDAZA Modelo El MORDAZA Modelo aprobado en el articulo 2 de la presente Resolucion, es de uso obligatorio en los

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