Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2015 (02/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2015

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Que, teniendo en consideracion los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participacion del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del MORDAZA con dos (02) dias de anticipacion; asi como, su retorno dos (02) dias despues del termino de la actividad programada, sin que estos dias adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Publico; Que, el numeral 2.1 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero, sera reducido en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru; Que, de conformidad con el articulo 26º de la Ley Nº 28359, Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23º de la referida MORDAZA, mas el tiempo compensatorio previsto en el mismo articulo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005 y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013-DE, de fecha 2 de octubre de 2013; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicios y Tratamiento Medico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015; que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Jefe Institucional de la Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Equipo de CONIDA, para que participe en el programa de transferencia de tecnologia asociado a la adquisicion de un Sistema Satelital Optico de Observacion de la Tierra de resolucion submetrica, a desarrollarse en la MORDAZA de Toulouse, Republica Francesa, del 10 de MORDAZA de 2015 al 15 de enero de 2016; asi como, autorizar su

autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 7º.- El personal designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 8º.- El mencionado Personal revistara en la Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial ­ CONIDA, por el periodo que dure la Comision de Servicio. Articulo 9º.- El Personal Militar esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 10º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 11º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

1220203-12 RESOLUCION SUPREMA Nº 129-2015-DE
MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial ­ CONIDA, Agencia Espacial del Peru, es la institucion tecnica responsable de la ejecucion del Protocolo de Aplicacion del Acuerdo relativo a la adquisicion de un Sistema Satelital Optico de Observacion de la Tierra de resolucion submetrica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Francesa; Que, en cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Compromiso de Suministro anexo al citado Protocolo de Aplicacion, un Equipo de CONIDA debe ser enviado a la Republica Francesa para recibir un programa de transferencia de tecnologia asociado al objeto de la adquisicion, el cual esta compuesto por un Equipo de Representantes y un Equipo de Especialistas de CONIDA; Que, el Jefe Institucional de CONIDA ha designado al Equipo de Representantes de CONIDA; asimismo, luego de un riguroso MORDAZA de seleccion se ha designado a los integrantes del Equipo de Especialistas compuesto por el personal de CONIDA asi como de las Instituciones Armadas; Que, es necesario que el equipo de CONIDA designado y seleccionado en cumplimiento de las obligaciones bilaterales asumidas y de los calendarios acordados, efectue un viaje a la Republica Francesa para recibir la transferencia de tecnologia de acuerdo a las obligaciones y a los calendarios acordados con el proveedor de la tecnologia; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del personal militar y civil que conforma el Equipo de CONIDA, para que se efectue el programa de transferencia de tecnologia asociado a la adquisicion del Sistema Satelital adquirido por el Gobierno de la Republica del Peru; Que, los gastos que ocasione la presente Comision de Servicio, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional Ano Fiscal 2015 de la Unidad Ejecutora Nº 006: Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002;

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