Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2015 (02/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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su aplicacion, en los casos que corresponda, se exonera al Ministerio de Educacion y a los Gobiernos Regionales de lo dispuesto en el articulo 6 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; finalmente, el numeral 18.2 del articulo bajo comentario, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Educacion, a solicitud de este ultimo, previo cumplimiento de las condiciones o disposiciones que para tal efecto establece el Ministerio de Educacion en el MORDAZA de lo establecido en la normatividad de la materia; Que, el numeral 80.2 del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, modificado por la Primera Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30281, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, salvo para las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se autoricen para la elaboracion de encuestas, censos o estudios que se requieran para el diseno, seguimiento y evaluacion del desempeno en el MORDAZA del presupuesto por resultados; asimismo se establece que, las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA del presente numeral solo se aprueban hasta el MORDAZA trimestre del ano fiscal correspondiente y de acuerdo con lo senalado en el ultimo parrafo del referido numeral 80.2, las transferencias previstas en el citado numeral se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, la Direccion de Trayectoria y Bienestar Docente de la Direccion General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educacion, a traves del Memorandum N° 022-2015MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITD, ha determinado el costo diferencial para el pago de las asignaciones temporales establecidas en los literales h) e i) del articulo 58 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, asi como de la asignacion prevista en la Octava Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de esa misma Ley, y en los articulos 1 y 2 de la Ley N° 30202, Ley que otorga asignacion especial por laborar en el MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM) a los profesores contratados y dicta otras disposiciones, en los diversos pliegos Gobiernos Regionales; asimismo, senala que se ha verificado el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 18.2 del articulo 18 de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; adicionalmente, la Unidad de Presupuesto de la Secretaria de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion, a traves del Informe N° 052-2015-MINEDU/SPE-UP, senala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educacion, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago de los conceptos MORDAZA citados; Que, en el MORDAZA de lo indicado en los considerandos precedentes, mediante Oficio N° 167-2015-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educacion solicita la aprobacion del Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, a favor de los diversos pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el costo diferencial para el pago de las asignaciones temporales establecidas en los literales h) e i) del articulo 58 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, asi como de la asignacion prevista en la Octava Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de esa misma Ley y en los articulos 1 y 2 de la Ley N° 30202 MORDAZA referida; Que, de acuerdo a la base de datos remitida por el Ministerio de Educacion y a la informacion registrada en el "Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico", el monto a transferir a los diversos pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL CIENTO SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 165 302 107,00), para financiar el costo diferencial para el pago de las asignaciones temporales establecidas en los literales h) e i) del articulo 58 de la la Ley N° 29944, Ley

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2015

de Reforma Magisterial, y de la asignacion prevista en la Octava Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial, y en los articulos 1 y 2 de la Ley N° 30202 MORDAZA citada; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL CIENTO SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 165 302 107,00), del pliego Ministerio de Educacion, a favor de los diversos pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el costo diferencial para el pago de las asignaciones temporales establecidas en los literales h) e i) del articulo 58 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, y de la asignacion prevista en la Octava Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, y en los articulos 1 y 2 de la Ley N° 30202, Ley que otorga asignacion especial por laborar en el MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM) a los profesores contratados y dicta otras disposiciones; De conformidad con los literales b) y f) del numeral 18.1 del articulo 18 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, y el numeral 80.2 del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y modificatorias; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL CIENTO SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 165 302 107,00), del pliego 010: Ministerio de Educacion, a favor de los diversos pliegos Gobiernos Regionales, para ser destinados al financiamiento del costo diferencial para el pago de las asignaciones referidas en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En nuevos soles

: Gobierno Central 010 : Ministerio de Educacion 026 : Programa Educacion Basica para Todos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educacion Basica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas Normadas ACTIVIDAD 5003107 : Contratacion oportuna y pago de personal de las instituciones educativas de II ciclo de educacion basica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 18 799 492.00

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales ACTIVIDAD

5003108 : Contratacion oportuna y pago de personal de las instituciones educativas de educacion primaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 110 361 485.00 ACTIVIDAD 5003109 : Contratacion oportuna y pago de personal de las instituciones educativas de educacion secundaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 34 829 890.00

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusion de ninos, ninas y jovenes con discapacidad

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